MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
Disposición Nº 52/2013
Bs. As., 1/10/2013
VISTO el Expediente Nº S04:0005629/2013 del registro de este
Ministerio, la Ley de Mediación y Conciliación Nº 26.589, el Decreto Nº
1467 del 22 de setiembre de 2011, la Resolución M.J. y D.H. Nº 1196 del
25 de Julio de 2013, las Disposiciones D.N.M. y M.P.R.C. Nros. 45 del
1° de agosto de 2013, 47 del 29 de agosto de 2013 y 51 del 30 de
septiembre de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución M.J. y D.H. Nº 1196/13, se aprobó el Sistema “MEPRE”
y se encomendó a la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS
PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS dependiente de la
SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL la implementación de
dicho sistema informático.
Que por conducto de la Disposición D.N.M. y M.P.R.C. Nº 45/13 se
estableció la fecha a partir de la cual los mediadores deberán utilizar
obligatoria y excluyentemente el sistema “MEPRE” y correlativamente el
cese de la obligación de remisión de datos en soporte papel.
Que el artículo 4° de la Disposición mencionada en el Considerando
anterior también determinó las fechas de inicio y cierre de la práctica
simulada del Sistema “MEPRE” a través de la página web del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que en orden a acompañar a los matriculados en el uso del nuevo
sistema, se han puesto a su disposición distintas herramientas de apoyo
como el Manual, CD tutorial, Mesa de ayuda, espacio de preguntas
frecuentes en pagweb, consultas personales, equipamiento informático en
la Dirección y cursos de capacitación.
Que, en idéntico sentido, a efectos de brindarles la posibilidad de
afianzar sus conocimientos sobre el nuevo sistema informático, por las
Disposiciones D.N.M. y M.P.R.C. Nros. 47/13 y 51/13 se ampliaron los
plazos previstos en la Disposición Nº D.N.M. y M.P.R.C. Nº 45/13.
Que, sin perjuicio de las medidas adoptadas, se estima conveniente
modificar los plazos establecidos en la Disposición D.N.M. y M.P.R.C.
Nº 51/13.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 2° de la Resolución M.J. y D.H. Nº 1196/13 y el artículo 1°
de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2740 de fecha 4 de diciembre de 2012.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Sustitúyese el texto del artículo 4° de la Disposición
D.N.M. y M.P.R.C. Nº 45/13 y sus modificatorias por el siguiente:
“ARTICULO 4°.- A partir de la fecha prevista en el artículo 3° de la
presente y hasta el día 31 de diciembre de 2013, los mediadores
habilitados en el sistema “MEPRE” tendrán disponible dicha aplicación,
en el entorno web del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, para
realizar prácticas simuladas”.
ARTICULO 2° — Sustitúyese el texto del artículo 5° de la Disposición
D.N.M. y M.P.R.C. Nº 45/13 y sus modificatorias por el siguiente:
“ARTICULO 5°.- Establécese el día 17 de febrero de 2014 como fecha a
partir de la cual los mediadores inscriptos en el Registro Nacional de
Mediación, creado por la Ley Nº 26.589, deberán utilizar obligatoria y
excluyentemente el sistema “MEPRE”, para registrar y remitir la
información de las mediaciones en las que fueren designados a partir de
esa fecha; todo ello conforme las previsiones de los artículos 29 de la
Ley Nº 26.589, 2° y 25 del Anexo I del Decreto Nº 1467/11, cesando a
partir de entonces la obligatoriedad de remitir las actas
correspondientes a dichas mediaciones en soporte papel, de acuerdo a lo
previsto por el artículo 25 del Anexo I del Decreto Nº 1467/11.”.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. MARIA M. UTHURRALT, Directora
Nacional, Dirección Nacional MyMPRC.
e. 08/10/2013 N° 79549/13 v. 08/10/2013