AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº 1220/2013
Bs. As., 8/10/2013
VISTO el Expediente Nº 2628/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.522 en su artículo 97 inciso f) establece que, de los
fondos recaudados se destinará el DIEZ POR CIENTO (10%) para proyectos
especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de
comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos
Originarios, con especial atención a la colaboración en los proyectos
de digitalización.
Que la Ley Nº 26.522 en su artículo 2° establece que “la comunicación
audiovisual en cualquiera de sus soportes resulta una actividad social
de interés público, en la que el Estado debe salvaguardar el derecho a
la información, a la participación, preservación y desarrollo del
Estado de Derecho, así como los valores de la libertad de expresión.” Y
en su artículo 4, la ley define a la comunicación audiovisual como
“(...) La actividad cultural cuya responsabilidad editorial corresponde
a un prestador de un servicio de comunicación audiovisual, o productor
de señales o contenidos cuya finalidad es proporcionar programas o
contenidos, sobre la base de un horario de programación, con el objeto
de informar, entretener o educar al público en general a través de
redes de comunicación electrónicas. (...)”
Que la actividad realizada por los servicios de comunicación
audiovisual se considera una actividad de interés público, de carácter
fundamental para el desarrollo sociocultural de la población por el que
se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir,
difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.
Que la reglamentación del artículo 97 dispuesta por el Decreto Nº
1225/2010 establece que la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la
administración y gestión de los fondos previstos en el inciso f) del
artículo 97 de la Ley Nº 26.522, debiendo para su afectación proceder a
la selección de proyectos por concurso, a cuyo fin constituirá un
Comité de evaluación el que invitará a participar a representantes del
CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.
Que por medio de dicho fondo se persigue contribuir económica y
financieramente a la concreción y sostenimiento de proyectos que
impulsen el desarrollo y la sustentabilidad de los medios de
comunicación audiovisual bajo su titularidad.
Que conforme lo dispone la Ley Nº 26.522 constituye un objetivo
específico de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL, diseñar e implementar políticas, normas, proyectos y obras
que tengan por objeto apoyar las acciones encaminadas a desarrollar y
utilizar tecnologías de la sociedad de la información para la
conservación del acervo natural y cultural.
Que son objetivos de la mencionada Ley, el fortalecimiento de acciones
que contribuyan al desarrollo cultural, artístico y educativo de las
localidades donde se insertan; así como el desarrollo equilibrado de
una industria nacional de contenidos que preserve y difunda el
patrimonio cultural y la diversidad de todas las regiones y culturas
que integran la Nación, y la preservación y promoción de la identidad y
de los valores culturales de los Pueblos Originarios.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Nº 26.522 y
el Decreto 904/2010, se ha creado —entre otros— un registro de
productoras, de carácter público.
Que en el mencionado Decreto, se considera “productora” a la persona de
existencia visible o ideal responsable y titular o realizadora del
proceso de operaciones por las que se gestionan y organizan
secuencialmente diversos contenidos sonoros o audiovisuales, para
configurar una señal o programa, o productos audiovisuales.
Que la condición de actividad de interés público importa la
preservación y el desarrollo de las actividades previstas en la Ley Nº
26.522 como parte de las obligaciones del Estado nacional establecidas
en el artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional.
Que en el cumplimiento de los mencionados objetivos, resulta necesario
convocar a concurso para el otorgamiento de subsidios a diversos
actores que constituyen el universo de los medios audiovisuales
comunitarios y de pueblos originarios atendiendo para ello a diversos
factores tales como la sustentabilidad económica de la actividad a
promocionar, su importancia histórica, cultural, y su distribución
geográfica en el territorio nacional.
Que, consiguientemente, corresponde el dictado del acto administrativo
por el cual se apruebe el procedimiento de los concursos, requisitos y
condiciones para la presentación de los proyectos mencionados, su
posterior selección y ejecución.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL acordó el dictado del
presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1) de la Ley Nº 26.522.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Convócase a concurso abierto en todo el territorio
nacional a personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos
originarios, con licencia de radio, reconocimiento vigente o
autorización, según corresponda; y a personas jurídicas sin fines de
lucro o de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de
Señales y Productoras, asociadas a radios sin fines de lucro o de
pueblos originarios con licencia, autorización o reconocimiento
vigente, según corresponda; para la realización de TREINTA (30)
producciones para formato radiofónico correspondientes al FONDO DE
FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL —FOMECA—
PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 - FORMATO RADIOFONICO.
ARTICULO 2° — Convócase a concurso abierto en todo el territorio
nacional a personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos
originarios, con autorización precaria o autorización de servicios de
televisión, según corresponda; y a personas jurídicas sin fines de
lucro o de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de
Señales y Productoras, asociadas a personas jurídicas sin fines de
lucro y de pueblos originarios, con autorización precaria o
autorización de servicios de televisión, según corresponda; para la
realización de TREINTA (30) producciones en formato audiovisual,
correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL —FOMECA— PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 -
FORMATO AUDIOVISUAL.
ARTICULO 3° — Apruébanse los Reglamentos para los llamados a concurso
del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES que, como Anexos I y II forman
parte de la presente.
ARTICULO 4° — Encomiéndase al Presidente del Directorio la designación de los integrantes del COMITE DE EVALUACION.
ARTICULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento del presente, no
excederá de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000) y se imputará
a la partida correspondiente del presupuesto para el Ejercicio 2013.
ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese a la Dirección Nacional de
Delegaciones, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL, y cumplido, archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del
Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
ANEXO I
REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A CONCURSO DEL FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES
FORMATO RADIOFONICO
1. Nombre del Concurso
Se denomina FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUALES —FOMECA— PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 - FORMATO
RADIOFONICO al concurso cuyas bases y condiciones se encuentran
establecidas en el presente Reglamento.
2. Objetivo formato Radiofónico
El objetivo del FOMECA/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 EN EL FORMATO
RADIOFONICO es fomentar la producción de programas de radio, realizados
por personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos originarios, con
licencia de radio, reconocimiento vigente o autorización, según
corresponda; y a personas jurídicas sin fines de lucro o de pueblos
originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras,
asociadas a radios sin fines de lucro o de pueblos originarios con
licencia, autorización o reconocimiento vigente, según corresponda. Se
buscará fomentar la producción de contenidos de calidad, que aporten a
la diversidad, la pluralidad, la construcción de ciudadanía y la
inclusión social a través de la federalización de la producción.
3. Presentación del proyecto
El Formulario de Presentación al concurso Formato Radiofónico
(Formulario 1 / FORMATO RADIOFONICO) y los formularios complementarios,
podrán obtenerse de la página web del AFSCA (www.afsca.gob.ar).
Durante el período que esté abierto el concurso para la presentación de
proyectos funcionará una mesa de ayuda virtual cuya dirección de
contacto será: fondoconcursable@afsca.gob.ar
La presentación del proyecto importa por parte de los solicitantes el
pleno conocimiento y conformidad con este Reglamento. El proyecto no
podrá ser modificado con posterioridad a su presentación.
4. Requisitos para la presentación del proyecto
Sólo serán admisibles los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Realizar la presentación mediante el Formulario 1 / FORMATO RADIOFONICO, según lo establecido en el presente Reglamento.
2. El proyecto debe presentarse en un sobre cerrado, en cuyo frente se
escribirá la leyenda “Fondo de Fomento Concursable/Producciones
Audiovisuales 2013, Formato Radiofónico”, Nombre del proyecto, Región
por la que participa, denominación de la Entidad solicitante y de la
titular del servicio asociado, Localidad y Provincia.
Se sugiere el siguiente formato: El sobre debe contener una carpeta
impresa y anillada que conste de 3 partes: 1. Documentación; 2.
Proyecto 3. Sobre con CD incluyendo el contenido de la carpeta
digitalizado y demo. Cada una de las hojas de la carpeta deberá estar
foliada (numerada), y firmada por el presidente o apoderado legal de la
entidad.
3. Documentación Requerida:
3.1. Fotocopia certificada de la Resolución de otorgamiento de la Personería Jurídica, en caso de corresponder.
3.2. Fotocopia certificada de los Estatutos.
3.3. Fotocopia certificada del Acta donde conste la última designación de autoridades.
3.4. Constancia de CUIT.
3.5. Fotocopia de la Resolución de autorización, licencia, o reconocimiento vigente.
3.6. Fotocopia de la inscripción en el Registro Público de Señales y
Productoras, si se trata de productoras. Aquellas entidades que no se
encuentren inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras,
podrán hacerlo de manera excepcional por esta vía, adjuntando en la
documentación a presentar el Formulario completo para la Inscripción de
Productoras del Registro Público de Señales y Productoras, certificado
por escribano público. (Formulario 3)
3.7. Compromiso irrevocable de emisión de la producción con una radio
sin fines de lucro o de pueblos originarios, con licencia,
reconocimiento o autorización, si se trata de productoras.
3.8. Autorización de acreditación de pagos del tesoro nacional en
cuenta bancaria. En el caso de no contar con la mencionada
autorización, deberán entregar los formularios completos para el alta
de beneficiario de la cuenta autorizada para la acreditación de pagos
del Tesoro de la Nación. (Formularios 2)
4.-Todas las hojas deberán estar firmadas por el representante legal de
la entidad y/o por la autoridad de mayor jerarquía según corresponda, o
en su defecto por el apoderado. En este caso deberá presentar copia del
poder que lo acredite como tal, en los términos del artículo 31 y
siguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº
1759/72 (T.O. 1991). La certificación de las copias deberá ser
realizada por Entidad Bancaria, Registro Civil, Juzgado de Paz,
Escribano Público, o por funcionarios del AFSCA.
5. Postulantes
Podrán ser postulantes al FOMECA / PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 - FORMATO RADIOFONICO
a) Radios sin fines de lucro y de pueblos originarios, con licencia, reconocimiento vigente o autorización, según corresponda.
b) Productoras de contenidos sin fines de lucro o de pueblos
originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras,
asociadas a radios sin fines de lucro o de pueblos originarios con
licencia, autorización o reconocimiento vigente.
6. Proyectos elegibles y montos
Se entregarán montos de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000) para cada uno de
los TREINTA (30) proyectos de pueblos originarios o personas jurídicas
sin fines de lucro que resulten ganadores.
Los participantes deberán presentar un guión para el desarrollo de un
programa radial que tendrá una duración al aire de no más de SEIS (6)
meses. Tanto el formato radial (documental, reportaje, radioteatro,
magazine, entrevista, documental, etc.) como la cantidad de horas
semanales de emisión que tendrá el programa quedará a criterio del
participante, en virtud de lo que considere más conveniente en relación
al monto que el subsidio otorga.
7. Temáticas
Con el objeto de brindar una orientación temática para el desarrollo de
los contenidos, se sugiere la lista de temas que se enumera a
continuación, sin que ello signifique de modo alguno, que otras
temáticas que el participante considere relevantes puedan ser
incorporadas:
A. Geografía
B. Historia Argentina. Historia de los pueblos originarios e Historia Latinoamericana.
C. Derechos Humanos.
D. Perspectiva de género
E. Niñez y Adolescencia
F. Lucha contra la violencia
G. Valores sociales (solidaridad, asociativismo, etc.)
H. Diversidad cultural.
I. Otras.
8. Presentación del Proyecto.
Los proyectos deberán ser presentados a través de un guión, que se
completará en el formulario que se anexa para tal fin (Formulario 1 /
FORMATO RADIOFONICO), el cual deberá estar acompañado de una ‘demo’ de
no más de 5 minutos, de buena calidad (no menor a 256 KBPS, stéreo,
MP3) que dé cuenta de la calidad estética de la propuesta, la que
deberá entregarse en un CD/DVD, dentro de la carpeta.
En el formulario de presentación se consignarán:
I. Datos de la emisora y/o productora
II. Objetivos y motivación del proyecto.
III. Sinopsis general del proyecto (no más de 100 palabras)
IV. Guión
V. Propuesta estética/narrativa
VI. Etapas y cronograma
VII. Asociativismo
VIII. Acuerdo con algún medio para emitir el proyecto
IX. Antecedentes del Director y del Equipo Técnico
9. Subsidio
Los proyectos que resultaren elegidos serán beneficiados con un aporte
no reembolsable que sólo podrá ser utilizado para la ejecución del
proyecto presentado.
10. Destino de los fondos del subsidio.
El subsidio deberá aplicarse a gastos de producción, pudiéndose
incluir, honorarios, equipos, derechos de autor, servicios
tercerizados, etc.
11. Gastos excluidos.
No podrán incluirse en los gastos aplicados al proyecto correspondientes ninguno de los ítems que se señalan a continuación:
1. Reestructuración de deudas.
2. Recuperaciones de inversiones ya realizadas previamente a la selección de los ganadores del concurso
3. Pago de cesantías.
4. Compras de inmuebles.
5. Impuestos, tasas, etc.
6. Compensación de facturas correspondientes a gastos que no correspondan al objetivo del Concurso.
Si se detectaran gastos de esta naturaleza durante la ejecución, los
mismos serán detraídos del monto del subsidio, aún en el supuesto en
que se encuentren previstos en la formulación del proyecto.
12. Cronograma
El cronograma de implementación del FOMECA/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES prevé las siguientes etapas:
Etapa | Fecha |
Inicio del Concurso | 10 de Octubre |
Cierre de presentación proyectos | 11 de Noviembre de 2013 |
Anuncio de los seleccionados | 5 de Diciembre de 2013 |
Entrega Subsidio | 16 de Diciembre de 2013 |
Fecha límite de ejecución del proyecto | Hasta el 31 de Agosto de 2014 |
Rendición del Subsidio | Hasta el 30 de Setiembre de 2014 |
13. Competencia y distribución regional
Con el fin de garantizar una distribución federal en el fondo
establecido para este concurso, competirán los proyectos que
pertenezcan a la misma región del país. A los fines expuestos se
establecerán SEIS (6) regiones conformadas, en cada caso, por las
provincias que se detallan a continuación: 1) Región Centro
Metropolitano: Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos
Aires; 2) Región Centro Norte: Córdoba, Santa Fe; 3) Región Noreste
Argentino - Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Entre Ríos; 4)
Región Noroeste Argentino - Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán y Santiago
del Estero. 5) Región Nuevo Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza y La
Rioja; 6) Región Patagonia: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa
Cruz y Tierra del Fuego, Antártida, Islas Malvinas y del Atlántico Sur.
Con el objetivo de garantizar el federalismo en la distribución de los
fondos, se garantiza a cada una de estas regiones un mínimo de DOS (2)
proyectos ganadores, salvo que se presenten un número inferior de
proyectos en una región.
14. Plazo de ejecución
El plazo total de ejecución del proyecto no podrá exceder los OCHO (8)
meses, siendo la fecha límite para la presentación del proyecto
terminado el 31 de Agosto de 2014, considerando como modelo base para
las etapas de ejecución del proyecto, 2 meses de preproducción y
producción, y 6 meses de ejecución.
15. Entrega del producto
Los beneficiarios del subsidio deberán entregar en el plazo establecido
(hasta el 31 de Agosto de 2014), los DVDs con los programas producidos,
cuya duración no podrá ser menor al equivalente de DOCE (12) horas de
emisión en total.
16. Comité Evaluador Formato Radiofónico
El Comité Evaluador estará compuesto por CINCO (5) miembros con
experiencia en el sector de radiofónico, DOS (2) de los cuales son
propuestos por el Consejo Federal de la Comunicación Audiovisual. Su
conformación será comunicada públicamente en fecha previa al cierre de
presentación de proyectos. Ningún miembro del Comité Evaluador podrá
integrar ni haber integrado en el último año (tomando como fecha de
referencia el cierre de la presentación de los trabajos) los órganos
administrativos de cualquiera de las entidades participantes del
Concurso, ni mantener vínculos de consanguinidad o afinidad en primero
y segundo grado con personas que formen parte, o lo hayan hecho el
último año (a partir de la fecha del cierre de la presentación de los
trabajos), de los órganos de administración o fiscalización de
cualquiera de las entidades participantes del Concurso. En caso de
corroborarse el mencionado vínculo la entidad resultará excluida del
proceso de evaluación. Si ésta situación fuera detectada luego de ser
elegida ganadora, la entidad deberá devolver la totalidad del subsidio
a la AFSCA, independientemente de que hubiese realizado o no las
erogaciones correspondientes a la producción del proyecto.
17. Autoría del proyecto y derechos de autor.
La autoría del proyecto deberá ser propiedad de las entidades
participantes. Para ello todas aquellas personas que hayan participado
en calidad de autoras del proyecto deberán ceder los mismos a la
entidad, eximiendo a la AFSCA de cualquier tipo de reclamo en el uso y
reproducción del proyecto. Con el objeto de poder mantener los derechos
de autor y al mismo tiempo, dado el carácter subsidiado y el origen
público de los fondos, deben permitir a otros medios, entidades y
personas en general, copiar, distribuir, y hacer uso del trabajo
presentado en forma parcial o total. A tal fin los ganadores
autorizarán a la AFSCA a inscribir sus respectivos proyectos en las
licencias Creative Commons en la categoría Atribución-Compartir Obras
Derivadas Igual (http://creativecommons.org/licenses/by-sa/2.5/ar/).
Esta licencia permite, copiar, distribuir, exhibir y ejecutar la obra,
hacer obras derivadas de la obra original y usar la obra
comercialmente; todo ello a condición de que se atribuya la autoría
sobre la obra en la forma en que haya sido especificada por el autor o
el licenciante de la obra, o las obras derivadas se compartan bajo la
misma licencia de la obra original.
18. Lugar y fecha de presentación de los proyectos
La presentación de los proyectos deberá realizarse en la Mesa de
Entradas de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL, Suipacha 765, Piso 3º Frente, de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, en el horario de 9 a 17 horas o en cualquiera de las
delegaciones de este Organismo del interior del país o por vía postal.
Los proyectos se recibirán hasta las 12 horas del 11 de Noviembre de
2013. Los proyectos que se presenten a través de las delegaciones
deberán contar con el sello en el sobre que acredita el día de
recepción de los mismos, considerándose esta fecha como la única válida
a los fines de la presentación. Los proyectos pueden presentarse por
vía postal hasta el 11 de Noviembre de 2013; a tal fin se considerará
como válida la fecha del matasellos postal. No se aceptarán
presentaciones electrónicas o luego del horario y la fecha de cierre
del concurso.
19. Instancias y criterios generales de evaluación
La evaluación de los proyectos tendrá DOS (2) instancias. En la primera
se considerará la presentación del proyecto y la documentación de
acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento. Aquellos proyectos
que no cumplan con los requerimientos establecidos para la presentación
serán excluidos y no pasarán a la instancia del Comité Evaluador.
La segunda instancia, estará a cargo del Comité Evaluador quien elegirá
a los 30 mejores guiones y proyectos de acuerdo a su mejor juicio y
consideración. Las propuestas contendrán la información necesaria para
que su evaluación sea posible a través del análisis de la calidad, y el
aporte a la diversidad cultural y comunicacional del proyecto.
El Comité Evaluador juzgará los diferentes proyectos de acuerdo a la siguiente grilla:
1. Pertinencia y solidez de la temática | 10 |
2. Metodología de investigación para el tratamiento de los temas y la producción | 15 |
3. Tratamiento sonoro y narrativo. | 25 |
4. Originalidad de la propuesta | 25 |
5. Asociativismo. Nivel de participación de diferentes sectores en la etapa de producción | 10 |
6. Antecedentes equipo humano responsable de desarrollar el proyecto | 15 |
Con respecto al punto 5 se considerará asociativismo a la participación
de otras entidades, diferentes a quien presenta el proyecto, en las
etapas de pre y producción del proyecto, aportando conocimiento,
experiencia, recursos, etc. En el caso de existir esta forma de
producción colaborativa deberá ser desarrollada en la formulación del
proyecto.
Las productoras participantes deben acreditar el compromiso irrevocable
de emisión con una radio con licencia, autorización o reconocimiento
vigente. A tal fin, deberá ser completado el Formulario 4 COMPROMISO
IRREVOCABLE DE EMISION y firmado por el representante de la entidad que
presenta el proyecto y la radio (con licencia, autorizada o
reconocimiento vigente) que cede su espacio para emitirlo.
20. Irrecurribilidad de la decisión
Aprobado el proyecto por el Comité Evaluador, el Directorio emitirá el
acto administrativo de otorgamiento del subsidio, el que es
irrecurrible en sede administrativa.
21. Convenio, desembolsos y rendición de cuentas
1. Convenio: Una vez seleccionados los ganadores y publicado en el
boletín oficial, los beneficiarios deberán suscribir con la AFSCA el
convenio correspondiente. El convenio debe ser suscripto por el
representante de la entidad beneficiaria dentro del plazo de QUINCE
(15) días corridos contados a partir de la notificación de la
resolución que otorga el beneficio. En caso de que alguno de los
seleccionados no se presente a la firma del convenio, se dará por
decaído el derecho sobre el subsidio otorgado. El convenio incluirá la
firma de una declaración jurada por parte de los ganadores, en la que
se autorice a la AFSCA a gestionar (sin costo alguno para los
ganadores), las respectivas licencias Creative Commons, para el uso
compartido de los derechos de los trabajos presentados.
2. Desembolsos: El subsidio se efectuará mediante un único desembolso.
3. Evaluaciones: El proyecto contará con una evaluación intermedia, que
realizará el área competente de la AFSCA, que se realizará entre el 1 y
30 de Marzo de 2014. La evaluación intermedia establecerá el grado de
avance del proyecto a partir de un informe preeliminar realizado por
los seleccionados, que tendrá el carácter de declaración jurada,
suscripta por el Presidente o Apoderado de la entidad. Finalizada dicha
evaluación, se procederá a realizar las recomendaciones
correspondientes para ajustar el desarrollo del proyecto.
La evaluación final del proyecto deberá realizarse hasta el 30 de
Setiembre de 2014, debiendo los seleccionados concretar la entrega de
los programas producidos hasta el 31 de Agosto de 2014.
22. Obligaciones de los beneficiarios
Es obligación de los beneficiarios cumplir con las responsabilidades
que emanan del presente Reglamento. En caso de que la AFSCA considere
que la aplicación de los fondos no corresponda con la presentación del
proyecto aprobado, podrá rescindir unilateralmente el convenio por
incumplimiento. Los beneficiarios que no hayan realizado correctamente
las presentaciones correspondientes a la ejecución del subsidio
quedarán inhibidos para participar de los concursos siguientes.
23. Otras obligaciones y condiciones para los participantes
Sin perjuicio de las obligaciones que expresamente pudieran
establecerse, corre por cuenta y exclusiva responsabilidad de los
participantes la contratación de los artistas, intérpretes o
ejecutantes y el pago de los derechos que resulten necesarios para el
cumplimiento del objeto del presente Concurso.
Los proyectos ganadores deberán incluir un audio, que será entregado
por la AFSCA junto con la firma del convenio, cuyo contenido será “Este
proyecto ha sido ganador del Concurso FOMECA para producciones
Audiovisuales y subsidiado por la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual con fondos públicos”.
24. Difusión de los proyectos ganadores
La participación en el Concurso implica para los participantes, cuyos
proyectos hayan resultado ganadores, la autorización a favor de la
AFSCA para la difusión y reproducción del trabajo producido, para todo
tipo de comunicación vinculada al concurso y sus resultados.
Todos los ganadores autorizan a la AFSCA la utilización de su nombre,
imagen y proyecto sin limitación alguna para ser difundido con
finalidad comunicacional por los medios que la AFSCA considere
convenientes, sin que tal utilización les otorgue derecho a percibir
retribución alguna, más allá del subsidio recibido. En tal sentido, se
comprometen a suscribir todos los documentos que, a criterio de la
AFSCA, puedan resultar necesarios para instrumentar la autorización
mencionada dispuesta como condición de participación. En aquellos casos
en que los participantes presenten proyectos en colaboración o
derivadas, deberán presentar todas las autorizaciones que correspondan
por la utilización, modificación, difusión y fijación del trabajo
realizado por terceros. En caso de que no presenten dichas
autorizaciones, la AFSCA estará facultada a retirarles el subsidio del
que han resultado acreedores.
FORMULARIO 1 / FORMATO RADIOFONICO
FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUALES —FOMECA— / PRODUCCIONES AUDIOVISUALES
ANEXO II
REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A CONCURSO DEL FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES FORMATO AUDIOVISUAL
1. Nombre del Concurso
Se denomina FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUALES —FOMECA— PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 - FORMATO
AUDIOVISUAL al concurso cuyas bases y condiciones se encuentran
establecidas en el presente Reglamento.
2. Objetivo formato Audiovisual
El objetivo del FOMECA - PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 - FORMATO
AUDIOVISUAL es fomentar la producción de spots y campañas de bien
público, realizados por personas jurídicas sin fines de lucro y de
pueblos originarios, con autorización precaria o autorización de
servicios de televisión, según corresponda; y a personas jurídicas sin
fines de lucro o de pueblos originarios inscriptos en el Registro
Público de Señales y Productoras, asociadas a personas jurídicas sin
fines de lucro y de pueblos originarios, con autorización precaria o
autorización de servicios de televisión, según corresponda. Se buscará
fomentar la producción de contenidos de calidad, que aporten a la
diversidad, la pluralidad, la construcción de ciudadanía y la inclusión
social a través de la federalización de la producción.
3. Presentación del proyecto
El Formulario de Presentación Formato Audiovisual (Formulario 1 -
Formato Audiovisual) y los formularios complementarios, podrán
obtenerse de la página web del AFSCA (www.afsca.gob.ar).
Durante el período que esté abierto el concurso para la presentación de
proyectos funcionará una mesa de ayuda virtual cuya dirección de
contacto será: fondoconcursable@afsca.gob.ar
La presentación del proyecto importa por parte de los solicitantes el
pleno conocimiento y conformidad con este Reglamento. El proyecto no
podrá ser modificado con posterioridad a su presentación.
4. Requisitos para la presentación del proyecto
Sólo serán admisibles los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Realizar la presentación mediante el Formulario 1 / FORMATO AUDIOVISUAL, según lo establecido en el presente Reglamento.
2. El proyecto debe presentarse en un sobre cerrado, en cuyo frente se
escribirá la leyenda “Fondo de Fomento Concursable/Producciones
Audiovisuales 2013, Formato Audiovisual”, Nombre del proyecto, Región
por la que participa, denominación de la Entidad solicitante, Localidad
y Provincia.
Se sugiere el siguiente formato: El sobre debe contener una carpeta
impresa y anillada que conste de 3 partes: 1. Documentación; 2.
Proyecto 3. Sobre con CD/DVD incluyendo el contenido de la carpeta
digitalizado y
story board1.
Cada una de las hojas de la carpeta deberá estar foliada (numerada), y
firmada por el presidente o apoderado legal de la entidad.
3. Documentación Requerida:
Documentación
3.1. Fotocopia certificada de la Resolución de otorgamiento de la Personería Jurídica, en caso de corresponder.
3.2. Fotocopia certificada de los Estatutos.
3.3. Fotocopia certificada del Acta donde conste la última designación de autoridades.
3.4. Constancia de CUIT.
3.5. Fotocopia de la Resolución de autorización precaria o autorización del servicio de televisión.
3.6. Fotocopia de la inscripción en el Registro Público de Señales y
Productoras, si se trata de productoras. Aquellas entidades que no se
encuentren inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras,
podrán hacerlo de manera excepcional por esta vía, adjuntando en la
documentación a presentar el Formulario completo para la Inscripción de
Productoras del Registro Público de Señales y Productoras, certificado
por escribano público. (Formulario 3)
3.7. Compromiso irrevocable de emisión de la producción con un servicio
de televisión sin fines de lucro o de pueblos originarios, con
autorización o autorización precaria, si se trata de productoras.
3.8. Autorización de acreditación de pagos del tesoro nacional en
cuenta bancaria. En el caso de no contar con la mencionada
autorización, deberán entregar los formularios completos para el alta
de beneficiario de la cuenta autorizada para la acreditación de pagos
del Tesoro de la Nación. (Formularios 2)
4.- Todas las hojas deberán estar firmadas por el Presidente de la
entidad y/o por la autoridad de mayor jerarquía, según corresponda o en
su defecto por el apoderado. En este caso deberá presentar copia del
poder que lo acredite como tal, en los términos del artículo 31 y
siguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº
1759/72 (T.O. 1991). La certificación de las copias deberá ser
realizada por Entidad Bancaria, Registro Civil, Juzgado de Paz,
Escribano Público, o funcionarios de la AFSCA.
1 Un
storyboard es
un conjunto de ilustraciones mostradas en secuencia con el objetivo de
servir de guía para entender una historia, previsualizar una animación
o seguir la estructura de una película antes de realizarse o filmarse.
5. Postulantes
Podrán ser postulantes al FOMECA/Producciones Audiovisuales Formato Audiovisual
A. Personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos originarios, con
autorización precaria o autorización de servicios de televisión, según
corresponda;
B. personas jurídicas sin fines de lucro o de pueblos originarios
inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, asociadas a
personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos originarios, con
autorización precaria o autorización de servicios de televisión, según
corresponda.
6. Proyectos elegibles y montos
Se entregarán montos de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) para los TREINTA
(30) proyectos de pueblos originarios o personas jurídicas sin fines de
lucro que resulten ganadores.
Los participantes deberán presentar un guión para el desarrollo de no
menos de dos spots televisivos, de no más de CUARENTA Y CINCO (45)
segundos de duración cada uno, que deberán ser parte de una campaña de
bien público.
7. Temáticas
Con el objeto de brindar una orientación temática para el desarrollo de
los contenidos, se sugiere una lista de temas que se enumeran a
continuación, sin que ello signifique de modo alguno, que otras
temáticas que el participante considere relevantes puedan ser
incorporadas:
A. Geografía
B. Historia Argentina. Historia de los pueblos originarios e Historia Latinoamericana.
C. Derechos Humanos.
D. Perspectiva de género
E. Niñez y Adolescencia
F. Lucha contra la violencia
G. Valores sociales (solidaridad, asociativismo, etc.)
H. Diversidad cultural.
I. Otras.
8. Presentación del Proyecto.
Los proyectos deberán ser presentados a través de un guión, que se
completará en el formulario que se anexa para tal fin (Formulario 1 /
FORMATO AUDIOVISUAL) el cual deberá estar acompañado de un story board,
que permitirá evaluar la propuesta estética del spot, el que deberá
entregarse impreso en tamaño similar al de las hojas del guión, dentro
de la carpeta.
En el formulario de presentación se consignarán:
I. Datos del servicio de televisión y/o la productora
II. Objetivos y motivación del proyecto.
III. Sinopsis general del proyecto (no más de 100 palabras)
IV. Guión
V. Propuesta estética/narrativa
VI. Etapas y cronograma
VII. Asociativismo
VIII. Acuerdo con algún medio para emitir el proyecto
IX. Antecedentes del Director y del Equipo Técnico
9. Subsidio
Los proyectos que resultaren elegidos serán beneficiados con un aporte
no reembolsable que sólo podrá ser utilizado para la ejecución del
proyecto presentado.
10. Destino de los fondos del subsidio.
El subsidio deberá aplicarse a gastos de producción, pudiéndose
incluir, honorarios, equipos, derechos de autor, servicios
tercerizados, etc.
11. Gastos excluidos.
No podrán incluirse en los gastos aplicados al proyecto correspondientes ninguno de los ítems que se señalan a continuación:
1. Reestructuración de deudas.
2. Recuperaciones de inversiones ya realizadas previamente a la selección de los ganadores del concurso
3. Pago de cesantías.
4. Compras de inmuebles.
5. Impuestos, tasas, etc.
6. Compensación de facturas correspondientes a gastos que no correspondan al objetivo del Concurso.
Si se detectaran durante la ejecución gastos de esta naturaleza, los
mismos serán detraídos del monto del subsidio, aún en el supuesto en
que se encuentren previstos en la formulación del proyecto.
12. Cronograma
El cronograma de implementación del FOMECA/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES prevé las siguientes etapas:
Etapa | Fecha |
Inicio del Concurso | 10 de Octubre |
Cierre de presentación proyectos | 11 de Noviembre de 2013 |
Anuncio de los seleccionados | 5 de Diciembre de 2013 |
Entrega Subsidio | 16 de Diciembre de 2013 |
Fecha límite de ejecución del proyecto | Hasta el 30 de Abril de 2014 |
Rendición del Subsidio | Hasta el 31 de Mayo de 2014 |
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 325/2014
de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O.
28/4/2014 se prorroga al 31 de Agosto de 2014, la fecha límite de
ejecución del proyecto para el Concurso del FONDO DE FOMENTO
CONCURSABLE/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES/FORMATO AUDIOVISUAL, convocado
por la presente Resolución)
13. Competencia y distribución regional
Con el fin de garantizar una distribución federal del fondo establecido
para este concurso, competirán los proyectos que pertenezcan a la misma
región del país. A los fines expuestos se establecerán SEIS (6)
regiones conformadas, en cada caso, por las provincias que se detallan
a continuación:
1) Región Centro Metropolitano: Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
2) Región Centro Norte: Córdoba y Santa Fe;
3) Región Noreste Argentino - Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Entre Ríos;
4) Región Noroeste Argentino Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán y Santiago del Estero.
5) Región Nuevo Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza y La Rioja;
6) Región Patagonia: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida, e Islas del Atlántico Sur.
Con el objetivo de garantizar el federalismo en la distribución de los
fondos, se garantiza a cada una de estas regiones un mínimo de DOS (2)
proyectos ganadores, salvo que se presenten un número inferior de
proyectos en una región.
14. Plazo de ejecución
El plazo total de ejecución del proyecto no podrá exceder los CUATRO
(4) meses, siendo la fecha límite para la presentación del proyecto
terminado el 30 de Abril de 2014, considerando como modelo base para
las etapas de ejecución del proyecto, 3 meses de preproducción y
producción, y 1 mes de posproducción.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 325/2014
de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O.
28/4/2014 se prorroga al 31 de Agosto de 2014, la fecha límite de
ejecución del proyecto para el Concurso del FONDO DE FOMENTO
CONCURSABLE/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES/FORMATO AUDIOVISUAL, convocado
por la presente Resolución)
15. Entrega
Los beneficiarios del subsidio deberán entregar en el plazo establecido
(hasta el 31 de Agosto de 2014), uno o más DVDs, conteniendo los
archivos en calidad HD o FULL HD, con la campaña de bien público ya
producida, la cual no podrá contar con menos de 2 spots de 45 segundos
cada uno.
16. Comité Evaluador formato Audiovisual
El Comité Evaluador estará compuesto por CINCO (5) miembros con
experiencia en producción audiovisual, DOS (2) de los cuales son
propuestos por el Consejo Federal de la Comunicación Audiovisual. Su
conformación será comunicada públicamente en fecha previa al cierre de
presentación de proyectos. Ningún miembro del Comité Evaluador podrá
integrar ni haber integrado en el último año (tomando como fecha de
referencia el cierre de la presentación de los trabajos) los órganos
administrativos de cualquiera de las entidades participantes del
Concurso, ni mantener vínculos de consanguinidad o afinidad hasta
segundo grado con personas que formen parte, o lo hayan hecho el último
año (a partir de la fecha del cierre de la presentación de los
trabajos), de los órganos de administración o fiscalización de
cualquiera de las entidades participantes del Concurso. En caso de
corroborarse el mencionado vínculo la entidad resultará excluida del
proceso de evaluación. Si ésta situación fuera detectada luego de ser
elegida ganadora, la entidad deberá devolver la totalidad del subsidio
a la AFSCA, independientemente de que hubiese realizado o no las
erogaciones correspondientes a la producción del proyecto.
17. Sobre la autoría del proyecto y los derechos de autor.
La autoría del proyecto deberá ser propiedad de las entidades
participantes. Para ello todas aquellas personas que hayan participado
en calidad de autoras del proyecto deberá ceder los mismos a la
entidad, eximiendo a la AFSCA de cualquier tipo de reclamo en el uso y
reproducción del proyecto. Con el objeto de poder mantener los derechos
de autor y al mismo tiempo, dado el carácter subsidiado y el origen
público de los fondos, permitir a otros medios, entidades y personas en
general, copiar, distribuir, y hacer uso del trabajo presentado en
forma parcial o total, los ganadores autorizarán a la AFSCA a inscribir
sus respectivos proyectos en las licencias Creative Commons en la
categoría Atribución-Compartir Obras Derivadas Igual
(http://creativecommons.org/licenses/by-sa/2.5/ar/). Esta licencia
permite, copiar, distribuir, exhibir y ejecutar la obra, hacer obras
derivadas de la obra original y usar la obra comercialmente; todo ello
a condición de que se atribuya la autoría sobre la obra en la forma en
que haya sido especificada por el autor o el licenciante de la obra y
las obras derivadas se compartan bajo la misma licencia de la obra
original.
18. Lugar y fecha de presentación de los proyectos
La presentación de los proyectos deberá realizarse en la Mesa de
Entradas de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL, Suipacha 765, Piso 3º Frente, de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, en el horario de 9 a 17 horas o en cualquiera de las
delegaciones de este Organismo del interior del país o por vía postal.
Los proyectos se recibirán hasta las 12 horas del 11 de Noviembre de
2013. Los proyectos que se presenten a través de las delegaciones
deberán contar con el sello en el sobre que acredita el día de
recepción de los mismos, considerándose esta fecha como la única válida
a los fines de la presentación. Los proyectos pueden presentarse por
vía postal hasta el 11 de Noviembre de 2013; a tal fin se considerará
como válida la fecha del matasellos postal. No se aceptarán
presentaciones electrónicas o luego del horario y la fecha de cierre
del concurso.
19. Instancias y criterios generales de evaluación
La evaluación de los proyectos tendrá DOS (2) instancias. En la primera
se considerará la presentación del proyecto y la documentación de
acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento. Aquellos proyectos
que no cumplan con los requerimientos establecidos para la presentación
serán excluidos y no pasarán a la instancia del Comité Evaluador.
La segunda instancia, estará a cargo del Comité Evaluador quien elegirá
a los 30 mejores guiones y proyectos de acuerdo a su mejor juicio y
consideración. Las propuestas contendrán la información necesaria para
que su evaluación sea posible a través del análisis de la calidad, y el
aporte a la diversidad cultural y comunicacional del proyecto.
El Comité Evaluador juzgará los diferentes proyectos de acuerdo a la siguiente grilla:
1. Pertinencia y solidez de la temática | 10 |
2. Metodología de investigación para el tratamiento de los temas y la producción | 15 |
3. Tratamiento estético | 25 |
4. Originalidad de la propuesta | 25 |
5. Asociativismo. Nivel de participación de diferentes sectores en la etapa de producción | 10 |
6. Antecedentes equipo humano responsable de desarrollar el proyecto | 15 |
Con respecto al punto 5 se considerará asociativismo a la participación
de otras entidades, diferentes a quien presenta el proyecto, en las
etapas de pre y producción del proyecto, aportando conocimiento,
experiencia, recursos, etc. En el caso de existir esta forma de
producción colaborativa deberá ser desarrollada en la formulación del
proyecto.
Las productoras participantes deben acreditar el compromiso irrevocable
con un servicio de televisión con autorización precaria o autorización
vigente, según corresponda. A tal fin, deberá ser completado el
Formulario 4 COMPROMISO IRREVOCABLE DE EMISION y firmado por el
representante de la entidad que presenta el proyecto y el servicio de
televisión con autorización precaria o autorización vigente.
20. Irrecurribilidad de la decisión
Aprobado el proyecto por el Comité Evaluador, el Directorio emitirá el
acto administrativo de otorgamiento del subsidio, el que es
irrecurrible en sede administrativa.
21. Convenio, desembolsos y rendición de cuentas
1. Convenio: Una vez seleccionados los ganadores y publicado en el
boletín oficial, los beneficiarios deberán suscribir con la AFSCA el
convenio correspondiente. El convenio debe ser suscripto por el
representante de la entidad beneficiaria dentro del plazo de QUINCE
(15) días corridos contados a partir de la notificación de la
resolución que otorga el beneficio. En caso de que alguno de los
seleccionados no se presente a la firma del convenio, se dará por
decaído el derecho sobre el subsidio otorgado. El convenio incluirá la
firma de una declaración jurada por parte de los ganadores, en la que
se autorice a la AFSCA a gestionar (sin costo alguno para los
ganadores), las respectivas licencias Creative Commons, para el uso
compartido de los derechos de los trabajos presentados.
2. Desembolsos: El subsidio se efectuará mediante un único desembolso.
3. Evaluaciones: El proyecto contará con una evaluación intermedia, que
realizará el área competente de la AFSCA, que se realizará entre el 1 y
30 de Marzo de 2014. La evaluación intermedia establecerá el grado de
avance del proyecto a partir de un informe preeliminar realizado por
los seleccionados, que tendrá el carácter de declaración jurada,
suscripta por el Presidente o Apoderado de la entidad. Finalizada dicha
evaluación, se procederá a realizar las recomendaciones
correspondientes para ajustar el desarrollo del proyecto.
La evaluación final del proyecto deberá realizarse hasta el 30 de
Setiembre de 2014, debiendo los seleccionados concretar la entrega de
los programas producidos hasta el 31 de Agosto de 2014.
22. Obligaciones de los beneficiarios
Es obligación de los beneficiarios cumplir con las responsabilidades
que emanan del presente Reglamento. En caso de que el AFSCA considere
que la aplicación de los fondos no corresponda con la presentación del
proyecto aprobado, podrá rescindir unilateralmente el convenio por
incumplimiento. Los beneficiarios que no hayan realizado correctamente
las presentaciones correspondientes a la ejecución del subsidio
quedarán inhibidos para participar de los concursos siguientes.
23. Otras obligaciones y condiciones para los participantes
Sin perjuicio de las obligaciones que expresamente pudieran
establecerse, correrá por cuenta y exclusiva responsabilidad de los
participantes la contratación de los artistas, intérpretes o
ejecutantes y el pago de los derechos que resulten necesarios para el
cumplimiento del objeto del presente Concurso.
Los proyectos ganadores deberán incluir una placa al final del spot, la
que será provista por la AFSCA junto con la firma del convenio, cuyo
contenido será “Este proyecto ha sido ganador del Concurso FOMECA para
producciones Audiovisuales y subsidiado por la Autoridad Federal de
Servicios de Comunicación Audiovisual con fondos públicos”.
24. Difusión de los proyectos ganadores
La participación en el Concurso implica para los participantes, cuyos
proyectos hayan resultado ganadores, la autorización a favor de la
AFSCA para la difusión y reproducción del trabajo producido, para todo
tipo de comunicación vinculada al concurso y sus resultados.
Todos los ganadores autorizan a la AFSCA la utilización de su nombre,
imagen y proyecto sin limitación alguna para ser difundido con
finalidad comunicacional por los medios que la AFSCA considere
convenientes, sin que tal utilización les otorgue derecho a percibir
retribución alguna, más allá del subsidio recibido. En tal sentido, se
comprometen a suscribir todos los documentos que, a criterio de la
AFSCA, puedan resultar necesarios para instrumentar la autorización
mencionada dispuesta como condición de participación. En aquellos casos
en que los participantes presenten proyectos en colaboración o
derivadas, deberán presentar todas las autorizaciones que correspondan
por la utilización, modificación, difusión y fijación del trabajo
realizado por terceros. En caso de que no presenten dichas
autorizaciones, la AFSCA estará facultada a retirarles el subsidio del
que han resultado acreedores.
FORMULARIO 1 / FORMATO AUDIOVISUAL
FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUALES —FOMECA— / PRODUCCIONES AUDIOVISUALES
FORMULARIO 4
FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA LA PROMOCION DE MEDIOS
COMUNITARIOS Y DE PUEBLOS ORIGINARIOS/PRODUCCION AUDIOVISUAL
FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA LA PROMOCION DE MEDIOS
COMUNITARIOS Y DE PUEBLOS ORIGINARIOS/PRODUCCION AUDIOVISUAL
e. 11/10/2013 N° 81301/13 v. 11/10/2013