JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1663/2013
Dase por prorrogada designación del
Director Nacional del Instituto Nacional de la Administración Pública
de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la Secretaría de
Gabinete y Coordinación Administrativa.
Bs. As., 23/10/2013
VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM 0036422/2013 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.784, los Decretos Nros.
491 del 12 de marzo de 2002, 812 del 29 de mayo de 2012 y 2849 del 28
de diciembre de 2012, y lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE GESTION Y
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.
Que por el Decreto Nº 812 del 29 de mayo de 2012 se dio por designado
transitoriamente al Licenciado D. Rafael Ignacio RUFFO como Director
Nacional del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA de la
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE
Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº 2849 del 28 de
diciembre de 2012 por el mismo término.
Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación
citada precedentemente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció,
entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de
la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de
planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, y su modificatorio, en
su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien
designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y
reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública
Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la
Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION Nº 4 del 15 de marzo de 2002.
Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra
exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº
601/02 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491/02, por
haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a
tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a
partir del 27 de agosto de 2013, la designación transitoria efectuada
en los términos del Decreto Nº 812 del 29 de mayo de 2012 y cuya
prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº 2849 del 28 de diciembre de
2012 por el mismo término, del Licenciado D. Rafael Ignacio RUFFO
(D.N.I. Nº 16.945.155) en un cargo Nivel A - Grado 0, como Director
Nacional del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente pago de la
Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, y con autorización excepcional por no cumplir con los
requisitos mínimos del artículo 14 del Convenio citado precedentemente.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV, y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por
el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 27 de agosto de 2013.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la
Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina.