MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
Decreto 1741/2013
Declárase bien de interés histórico nacional a la sede central de la
Federación de Círculos Católicos de Obreros, ubicada en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 5/11/2013
VISTO el expediente Nº 8992/13 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por el que se propone la declaratoria
de la sede de la FEDERACION DE CIRCULOS CATOLICOS DE OBREROS, ubicada
en la calle JUNIN Nº 1063 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, como
bien de interés histórico nacional, y
CONSIDERANDO:
Que, inspirado en la Encíclica RERUM NOVARUM del Papa LEON XIII, el
sacerdote alemán Federico GROTE concibió la idea de organizar en
nuestro país una institución obrera cristiana destinada a promover,
estimular y defender el bienestar espiritual y material de los
trabajadores, de acuerdo a las enseñanzas de la IGLESIA CATOLICA
APOSTOLICA ROMANA.
Que el 2 de febrero del año 1892 fundó el Círculo de Obreros —llamado
Central por ser el primero y estar llamado a servir de modelo para las
futuras fundaciones— que obtuvo su personería jurídica en el año 1906.
Que desde los Círculos de Obreros —que crecieron hasta alcanzar más de
CUARENTA (40) filiales distribuidas en todo el país— se impulsaron
leyes sociales relativas al descanso dominical, el salario mínimo, la
prohibición del trabajo de menores, la jornada de OCHO (8) horas, la
asistencia médica y el acceso a la vivienda.
Que la sede central, a la que Monseñor Miguel DE ANDREA llamó “la casa
argentina del socialismo cristiano”, se inauguró el 30 de agosto de
1907, con la presencia del Arzobispo de Buenos Aires, doctor Mariano
Antonio ESPINOZA.
Que el edificio, diseñado por el arquitecto Arturo OCHOA, tiene una
fachada academicista en la que se distinguen claramente basamento,
desarrollo y remate, materializado por una cornisa con modillones, y un
balcón en el nivel superior que remarca la centralidad del acceso.
Que el inmueble está estructurado a partir de un eje central y cuenta
con un primer cuerpo con ambientes dispuestos alrededor de un vestíbulo
central, un espacio de transición que hace las veces de foyer y un
segundo cuerpo que aloja una sala teatral.
Que el teatro, con forma de herradura, tiene platea, UN (1) nivel de
palcos bajos, DOS (2) niveles de palcos superiores sobriamente
decorados, y la boca del escenario que remata en un arco rebajado
ornamentado con relieves.
Que la FEDERACION DE CIRCULOS CATOLICOS DE OBREROS es una institución
centenaria, de gran relevancia cultural, educativa, religiosa e
ideológica, con un fuerte carácter identitario por su vinculación con
la doctrina social de la Iglesia.
Que su SEDE CENTRAL ha sido declarada monumento histórico por Ley Nº
3819/11 de la LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Que la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS aconseja su declaratoria.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la debida intervención.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 4° de la Ley Nº 12.665 y su modificatoria.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1° — Declárase bien de
interés histórico nacional a la SEDE CENTRAL de la FEDERACION DE
CIRCULOS CATOLICOS DE OBREROS, ubicada en la calle JUNIN Nº 1063 de la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (Datos Catastrales: Circunscripción 19,
Sección 11, Manzana 54, Parcela 12).
Art. 2° — La COMISION NACIONAL
DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS realizará las gestiones
y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665, modificada por su
similar Nº 24.252, en su reglamentación y en las normas
complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes
en los Registros Catastrales y de la Propiedad.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.