MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución Nº 774/2013
Bs. As., 15/11/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0368500/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 formulado por
NACION ADMINISTRADORA DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES SOCIEDAD
ANONIMA, empresa actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley Nº
24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del suscripto
la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2013 de NACION ADMINISTRADORA DE FONDOS DE JUBILACIONES Y
PENSIONES SOCIEDAD ANONIMA, empresa actuante en el área del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el detalle que figura
en los Anexos I y II adjuntos a la presente resolución, respectivamente.
ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de
operación y fíjanse en la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS
CUARENTA MIL CIENTO TRECE ($ 21.840.113) los gastos de operación, y
como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE
OPERACION) estimado en PESOS VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL
CIENTO TRECE ($ 21.840.113) de acuerdo con el detalle que figura en las
planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES
DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO ($ 22.284.231)
los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES
OCHOCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO TRECE ($ 21.840.113) los gastos
corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (AHORRO) estimado en PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO
MIL CIENTO DIECIOCHO ($ 444.118) de acuerdo con el detalle que figura
en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL
DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 58.225) los ingresos de capital y fíjanse en
la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia
de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el
Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero
(SUPERAVIT) para el Ejercicio 2013 en PESOS QUINIENTOS DOS MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 502.343) de acuerdo con el detalle
obrante en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — HERNAN G. LORENZINO, Ministro de
Economía y Finanzas Públicas.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 21/11/2013 Nº 94567/13 v. 21/11/2013