MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1150/2013
Registro N° 983/2013
Bs. As., 5/9/2013
VISTO el Expediente N° 1.100.397/04 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del Acuerdo suscripto entre la
ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE FABRICAS ARGENTINAS TERMINALES
DE ELECTRONICA, obrante a fojas 420 de autos, conforme lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad principal de la entidad empresaria signataria y la
representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de
la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta
Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado
Acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la
ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE FABRICAS ARGENTINAS TERMINALES
DE ELECTRONICA, obrante a fojas 420 del Expediente N° 1.100.397/04,
conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la
Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente
de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 420 del Expediente N°
1.100.397/04.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.100.397/04
Buenos Aires, 09 de Septiembre de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1150/13 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 420 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 983/13. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
EXPEDIENTE N° 1.100.397/04
En la ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de Noviembre de
2012, siendo las 14.00 horas, comparecen en forma espontánea al
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante mí, Dr. Raúl
Osvaldo FERNANDEZ, Jefe del Departamento de Relaciones Laborales N° 3,
de la DIRECCION NACIONAL DE TRABAJO DE RELACIONES DEL TRABAJO, por una
parte, la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA MATALMECANICA DE
LA REPUBLICA ARGENTINA —ASIMRA— representada en este acto por el señor
Héctor Mario Matanzo (Secretario Gremial Nacional), y por la otra
parte, el Ing. Eduardo LAPIDUZ, Gerente en representación de la
ASOCIACION DE FABRICAS ARGENTINAS TERMINALES ELECTRONICAS (AFARTE) con
la asistencia letrada del Dr. Ignacio Capurro.
Abierto el acto por el funcionario actuante, la parte sindical solicita
que el salario básico correspondiente a la categoría de supervisor
administrativo rama 4, establecido en el Acuerdo suscripto el pasado 9
de agosto de 2012 en el Expediente Nro. 1-100397/04 se equipare al
establecido para idéntica categoría y rama en el Acuerdo salarial
suscripto en fecha 4/6/2012 en el expediente 1.502850/12.
En esta instancia ambas partes y luego de prolongadas deliberaciones
sobre el punto planteado y como consecuencia de la vocación de diálogo
que siempre ha caracterizado a la relación entre las partes se ha
arribado al siguiente acuerdo
1- Establecer como salario básico de Convenio, para la categoría de
Supervisor Administrativo rama 4 que presten servicios en Tierra del
Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur la suma establecida en el
Anexo I que se adjunta al presente.
Lo acordado en el presente tendrá vigencia a partir del mes de
noviembre de 2012 dejándose establecido que la solución alcanzada no
generará derecho de reclamo retroactivo alguno por parte de aquellos a
quienes alcance este acuerdo.
No siendo para más, siendo las 14.00 horas, se da por terminado el acto
por ante mí que previa lectura y ratificación que Certifico.
ANEXO
Rama 4 Autopartista
CATEGORIA | BASICO | AD. ZONA | TOTAL |
Sup. Administrativo | 7157 | 9240 | 16397 |