MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1150/2013

Registro N° 983/2013

Bs. As., 5/9/2013

VISTO el Expediente N° 1.100.397/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE FABRICAS ARGENTINAS TERMINALES DE ELECTRONICA, obrante a fojas 420 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto,  corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE FABRICAS ARGENTINAS TERMINALES DE ELECTRONICA, obrante a fojas 420 del Expediente N° 1.100.397/04, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 420 del Expediente N° 1.100.397/04.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.100.397/04

Buenos Aires, 09 de Septiembre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1150/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 420 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 983/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

EXPEDIENTE N° 1.100.397/04

En la ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de Noviembre de 2012, siendo las 14.00 horas, comparecen en forma espontánea al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante mí, Dr. Raúl Osvaldo FERNANDEZ, Jefe del Departamento de Relaciones Laborales N° 3, de la DIRECCION NACIONAL DE TRABAJO DE RELACIONES DEL TRABAJO, por una parte, la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA MATALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA —ASIMRA— representada en este acto por el señor Héctor Mario Matanzo (Secretario Gremial Nacional), y por la otra parte, el Ing. Eduardo LAPIDUZ, Gerente en representación de la ASOCIACION DE FABRICAS ARGENTINAS TERMINALES ELECTRONICAS (AFARTE) con la asistencia letrada del Dr. Ignacio Capurro.

Abierto el acto por el funcionario actuante, la parte sindical solicita que el salario básico correspondiente a la categoría de supervisor administrativo rama 4, establecido en el Acuerdo suscripto el pasado 9 de agosto de 2012 en el Expediente Nro. 1-100397/04 se equipare al establecido para idéntica categoría y rama en el Acuerdo salarial suscripto en fecha 4/6/2012 en el expediente 1.502850/12.

En esta instancia ambas partes y luego de prolongadas deliberaciones sobre el punto planteado y como consecuencia de la vocación de diálogo que siempre ha caracterizado a la relación entre las partes se ha arribado al siguiente acuerdo

1- Establecer como salario básico de Convenio, para la categoría de Supervisor Administrativo rama 4 que presten servicios en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur la suma establecida en el Anexo I que se adjunta al presente.

Lo acordado en el presente tendrá vigencia a partir del mes de noviembre de 2012 dejándose establecido que la solución alcanzada no generará derecho de reclamo retroactivo alguno por parte de aquellos a quienes alcance este acuerdo.

No siendo para más, siendo las 14.00 horas, se da por terminado el acto por ante mí que previa lectura y ratificación que Certifico.

ANEXO

Rama 4 Autopartista

CATEGORIABASICOAD. ZONATOTAL
Sup. Administrativo7157924016397