MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 84/2013
Tope Nº 503/2013
Bs. As., 10/9/2013
VISTO el Expediente Nº 116.057/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 619 del 9 de agosto de
2013, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4/5 del Expediente Nº 116.057/13, obra la escala salarial
pactada entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS y el ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS Y SANEAMIENTO, en el
marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1005/08 “E”,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del acuerdo y anexos homologados
por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo
Nº 619 del 9 de agosto de 2013 y registrado bajo el Nº 814/13, conforme
surge de fojas 41/43 y 46, respectivamente.
Que dicho acuerdo y anexos han sido ratificados a fojas 35 por la
FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.).
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)
y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las
remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la
indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de
extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe
promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus
respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 56/61, obra el informe técnico elaborado por la Dirección
de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que
se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para
el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto
de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual
se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley de Contrato de
Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión
Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el
tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo y anexos homologados por
la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº
619 del 9 de agosto de 2013 y registrados bajo el Nº 814/13 suscriptos
entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS y el ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS Y SANEAMIENTO,
ratificados a fojas 35 por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE
OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.), conforme al detalle que, como ANEXO,
forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento
Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del
tope indemnizatorio fijado por este acto.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional
de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social.
ANEXO
Expediente Nº 116.057/13
PARTES SIGNATARIAS | FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA | BASE PROMEDIO | TOPE INDEMNIZATORIO |
SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS
c/
ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS Y SANEAMIENTO
- Ratificado por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS
CCT Nº 1005/08 E |
01/06/2013
01/08/2013 |
$ 14.452,62
$ 15.982,35 |
$ 43.357,86
$ 47.947,05 |
|
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Expediente Nº 116.057/13
Buenos Aires, 13 de Septiembre de 2013
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 84/13, se ha
tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de
referencia, quedando registrado con el número 503/13 T. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.