MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS
Resolución Nº 3915/2013
Bs. As., 9/12/2013
VISTO el Expediente Nº 14205/13 del Registro de este Ministerio y el
PLAN ESTRATEGICO DE FORMACION DE INGENIEROS 2012-2016 (PEFI 2016), y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del PLAN ESTRATEGICO DE FORMACION DE INGENIEROS
2012-2016 (PEFI 2016), lanzado por la Señora Presidenta de la Nación,
Dra. Cristina FERNANDEZ de KIRCHNER en noviembre de 2012, se propone la
puesta en marcha del “PROYECTO DE ESTIMULO A LA GRADUACION DE
ESTUDIANTES DE CARRERAS DE INGENIERIA” (?G).
Que, en ese sentido, la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS, lleva a
cabo acciones, conjuntamente con el sistema nacional de formación de
ingenieros, a fin de lograr los objetivos del PEFI 2016.
Que, el Eje Estratégico A, denominado “Mejoramiento de Indicadores
Académicos”, plantea en su objetivo específico A.4. “Incrementar la
graduación de estudiantes avanzados”.
Que, en el año 2011, luego de las acciones que la SECRETARIA DE
POLITICAS UNIVERSITARIAS viene realizando, se logró mejorar los
indicadores de resultados de las carreras de Ingeniería, alcanzándose
un total de TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE (32.487)
estudiantes cursando carreras de Ingeniería que habían aprobado más de
26 materias (86% de crecimiento con respecto a 2003), y sin embargo la
graduación fue de sólo CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO (5.475)
ingenieros (33% de crecimiento con respecto a 2003).
Que, de acuerdo a relevamientos parciales realizados por las
Universidades, más del OCHENTA POR CIENTO (80%) de los estudiantes
avanzados se encuentran insertos laboralmente, la mayoría en
actividades relacionadas con su profesión y en relación de dependencia.
Que, a fin de incrementar la graduación de estudiantes avanzados, es
pertinente considerar especialmente la situación de los estudiantes
avanzados que trabajan y que, por ello, cuentan con potencialidad de
cumplimentar parte de las actividades académicas necesarias para
recibirse, a partir de competencias adquiridas en el ámbito laboral.
Que, a fin de operativizar el objetivo planteado en el Eje estratégico
A, “Mejoramiento de Indicadores Académicos” y en el Eje Estratégico B,
“Aporte al Desarrollo Territorial”, la SECRETARIA DE POLITICAS
UNIVERSITARIAS ha diseñado la presente convocatoria para que las
Universidades Nacionales y Universidades Privadas que cuenten con
carreras de Ingeniería, presenten proyectos para mejorar la tasa de
graduación en esas carreras, teniendo a la vista la necesidad de
considerar la situación de aquellos alumnos que trabajan y estudian.
Que el Proyecto prevé el estímulo a la graduación, a través de un
aporte económico de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) a cada alumno,
previéndose alcanzar a DOS MIL (2000) estudiantes avanzados
laboralmente activos.
Que, asimismo, es prioridad de esta Secretaría fomentar y patrocinar
proyectos de fin de carrera que relacionen los requerimientos
académicos con las necesidades de innovación del territorio, en
particular en el caso de los alumnos que trabajan, en su propio ámbito
laboral.
Que, a fin de lograr los objetivos propuestos, se convocará a
Universidades Públicas y Privadas a participar en la Convocatoria
denominada “PROYECTO DE ESTIMULO A LA GRADUACION DE ESTUDIANTES DE
CARRERAS DE INGENIERIA” de acuerdo con los lineamientos generales y las
bases específicas.
Que corresponde dictar el acto administrativo de aprobación de los
lineamientos citados y asignar los recursos presupuestarios destinados
a su financiamiento.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades asignadas a
esta Secretaría en el Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLITICAS UNIVERSITARIAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar los lineamientos generales y las bases de la
Convocatoria del “PROYECTO DE ESTIMULO A LA GRADUACION DE ESTUDIANTES
DE CARRERAS DE INGENIERIA (?G)” que como Anexo I se incorpora a la
presente resolución.
ARTICULO 2° — Aprobar los modelos de Convenio Programa a suscribir
entre la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS y las Universidades
Nacionales y Privadas cuyo proyecto resulte aprobado y que como ANEXO
II y III se incorporan a la presente resolución.
ARTICULO 3° — La asignación presupuestaria correspondiente al “PROYECTO
DE ESTIMULO A LA GRADUACION DE ESTUDIANTES DE CARRERAS DE INGENIERIA
(?G)” será de hasta la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000)
y destinados a asignar hasta DOS MIL (2.000) estímulos de PESOS
VEINTICINCO MIL ($ 25.000) por estudiante avanzado de carreras de
Ingeniería, del presupuesto aprobado para el ejercicio 2014.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, cumplido, archívese. — Abg. MARTIN R. GILL,
Secretario de Políticas Universitarias.
ANEXO I
Lineamientos Generales y Bases de la Convocatoria
Proyecto: Estímulo a la Graduación de Estudiantes de Carreras de Ingeniería (ΔG)
La Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) del MINISTERIO DE
EDUCACION DE LA NACION, en el marco del Plan Estratégico de Formación
de Ingenieros 2012-2016, Eje Estratégico A: “Proyectos de Mejoramiento
de Indicadores Académicos”, Objetivo A.4.: “Incrementar la graduación
de estudiantes avanzados”, convoca a las Instituciones Universitarias
de gestión pública y privada, a la presentación de propuestas para la
adjudicación de cupos de estímulo a la graduación a estudiantes
avanzados de carreras de Ingeniería.
I. OBJETIVOS DEL PROGRAMA
La presente convocatoria tiene como objetivo general apoyar el
incremento de la graduación de estudiantes avanzados que han
discontinuado o retrasado la finalización de su carrera y que se
encuentren insertos laboralmente.
Luego de la convocatoria de Becas a Estudiantes Avanzados de Carreras
de Ingeniería, realizada en el marco del Programa Nacional de Becas
Bicentenario, dirigidas especialmente a estudiantes que cursan
regularmente la carrera, la SPU en función de los datos estadísticos de
estudiantes avanzados de carreras de ingeniería relevados en el año
2012 en el marco del proyecto de Mejora de Indicadores Académicos,
considera que se debe poner en marcha un Proyecto de rescate académico
para los estudiantes que han discontinuado o retrasado la finalización
de su carrera y que se encuentren insertos laboralmente.
El nivel de complejidad para la graduación de estos estudiantes,
obedece a múltiples factores, entre los que se pueden mencionar la
incompatibilidad entre carga horaria laboral y la requerida para
abocarse a finalizar los estudios; la imposibilidad de acreditar
competencias laborales como créditos académicos; la dificultad para
realizar proyectos en la .empresa que puedan ser considerados como el
trabajo final de la carrera o tesina de grado; la indiferencia de
empleadores de contar con profesionales en sus plantas; los compromisos
y responsabilidades personales que asume el estudiante al lograr su
independencia económica, entre otros.
Por lo expuesto, si bien existen situaciones regionales y disciplinares
particulares en la potencialidad de la graduación de los estudiantes
avanzados, y en el marco del propio Plan Estratégico en su Eje dedicado
al “Aporte al Desarrollo Territorial Sostenible”, se considera que la
mejor forma de superar los condicionamientos existentes actualmente es
avanzar fuertemente en diálogos y acuerdos entre Estudiante, Unidad
Académica y Empleador que permita un beneficio asociado, en el caso de
quienes trabajan en relación de dependencia y que permita reducir
gradualmente las incompatibilidades entre trabajo y estudio, a través
de la realización de proyectos consensuados que sean de utilidad en el
trabajo y completen las actividades académicas necesarias para la
graduación.
Si bien de acuerdo al relevamiento realizado, la cantidad de
estudiantes que trabajan de forma independiente es sensiblemente menor
a los que lo hacen en relación de dependencia, también se debe
considerar esta posibilidad, y en este caso se considera conveniente
que la Unidad Académica, además de impulsar su graduación, apoye al
estudiante en la consolidación de su propio emprendimiento productivo.
Por lo expuesto, para llevar adelante esta propuesta, es de vital
importancia el compromiso y la participación de las Instituciones
Universitarias, de manera que se asegure la inserción institucional y
académica de la tarea del estudiante para obtener su graduación, así
como los acuerdos con empleadores para definir un plan de trabajo que
culmine con la graduación del estudiante.
Por ello la presente convocatoria está dirigida a las Instituciones
Universitarias, ya que las mismas serán co-responsables, en el marco de
sus propias normativas internas, del cumplimiento del plan de trabajo
propuesto para cada estudiante.
II. PROPUESTAS ELEGIBLES
Este sistema de estímulo se otorgará sobre la base de las propuestas
que las Instituciones Universitarias realicen en el marco de la
presente convocatoria y que se ajusten a la misma. La presentación
deberá contener todos los datos previstos en la presente convocatoria
en referencia a cada estudiante, teniendo en cuenta los siguientes
criterios de elegibilidad:
Criterios de Elegibilidad:
1. Podrán participar las Instituciones Universitarias de gestión pública o privada.
2. Las Instituciones Universitarias podrán proponer como beneficiarios
a estudiantes que cursen carreras de Ingeniería y Agronomía, que se
encuentren insertos laboralmente en relación de dependencia o de modo
independiente, que hayan discontinuado o retrasado su carrera y que
adeuden cuatro o menos actividades académicas.
3. Las Instituciones Universitarias deberán presentar planes de trabajo
por cada beneficiario. Los mismos deberán tener una duración máxima de
UN (1) año contados a partir del 1° de Abril de 2014 y hasta el 31 de
Marzo de 2015, lapso en el cual los estudiantes deberán graduarse.
4. El plan de trabajo presentado por la Institución Universitaria
deberá tener el acuerdo firmado del postulante y si fuera necesario por
el empleador, cuando las actividades a desarrollar se realicen en el
ámbito de la empresa.
5. La Unidad Académica deberá definir mediante Resolución de la
autoridad que corresponda, la metodología por la cual se realizará el
orden de mérito y que formará parte de la presentación. Deberán tenerse
en cuenta, al menos los siguientes factores:
a. Avance en la Carrera ordenado por actividades académicas adeudadas.
b. Fecha de realización de la última actividad académica, donde deberá
priorizarse a estudiantes que hayan perdido su regularidad y no hayan
tenido actividad académica reciente.
c. Apoyo del empleador para la graduación.
6. Entre todos los postulantes la Unidad Académica realizará el orden
de mérito, el cual deberá ser aprobado por Resolución oficial de la
autoridad que corresponda.
7. A cada estudiante se le asignará un tutor el que será co-responsable
junto a la institución universitaria del cumplimiento del plan de
trabajo previsto. En caso de que corresponda se deberá designar,
además, un tutor por parte de la empresa donde se desempeñe el
estudiante.
8. Las solicitudes deben ser presentadas por las Instituciones
Universitarias en tiempo y forma y tener completa la información
requerida en el formulario de presentación.
9. La SPU declarará una propuesta No Elegible cuando la presentación no
cumpla estrictamente con todos los puntos consignados precedentemente.
10. Teniendo en cuenta que el estudiante deberá graduarse en un lapso
máximo de UN (1) año, las Unidades Académicas deberán seleccionar
estudiantes que adeuden CUATRO (4) o menos actividades académicas
obligatorias para obtener el título.
III. APERTURA Y CIERRE DE LA CONVOCATORIA
La convocatoria 2014 cerrará el 15 de marzo de 2014, fecha límite para
la presentación de propuestas por parte de las universidades. La misma
se publicará en el Boletín Oficial.
El proyecto debe estar acompañado por una nota de elevación del Sr.
Rector de la Institución Universitaria. Asimismo toda información
deberá ser enviada a la SPU, con la firma o inicial, según corresponda,
del Rector o equivalente de la Institución Universitaria en cada de una
de las hojas de la presentación.
Debe adjuntarse el documento que contemple la orden de mérito
establecido por la Institución Universitaria para la selección de los
candidatos.
Forma de Presentación: se deberá presentar por correo electrónico y por correo postal:
• Por correo electrónico a: pefi1216@me.gov.ar
• Por correo postal a: Programa de Calidad Universitaria, Pizzurno 935,
2º Piso, Of. 205 - C1020ACA - Ciudad Autónoma de Buenos Aires (con la
fecha de envío correspondiente dentro de la fecha tope del plazo
estipulado). En caso de entregarlo personalmente, remitirse a la
Dirección de Despacho, Departamento de Mesa de Entrada sito en Pizzurno
935 1° Piso, Of. 43 (sector Marcelo T. de Alvear).
IV. FINANCIAMIENTO
Monto del estímulo a cargo de la SPU
El monto estímulo a financiar por la SPU para la presente convocatoria
será de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) por estudiante, los cuales se
pagarán en función del cumplimiento, en tiempo y forma, de los planes
de trabajo propuestos. Es decir, se otorgará el estímulo una vez que
los beneficiarios se gradúen. Para ello las Instituciones
Universitarias deberán informar a la SPU el cumplimiento de la última
actividad académica prevista en el plan de trabajo (acta de examen,
certificado de fin de carrera, etc.), mediante el acta administrativa
correspondiente.
Las becas que se otorguen serán de carácter personal e intransferible y
resultan incompatibles con otros beneficios de carácter similar.
Contrapartida de la Institución Beneficiaria
Este Programa no requiere de contrapartes financieras. No obstante, se
solicita como compromiso de las Instituciones Universitarias:
• El indispensable soporte académico y la utilización de este fondo
estímulo como una herramienta de apoyo en la política general de la
Unidad Académica de incrementar los índices de graduación de sus
carreras.
• Entrega de un Informe Final, avalado por la autoridad correspondiente
de la Universidad Nacional o Instituto Universitario, donde conste el
cumplimiento del plan de trabajo propuesto de cada uno de los alumnos
beneficiados.
V. SELECCION DE LOS BENEFICIARIOS
El PROGRAMA DE CALIDAD UNIVERSITARIA de la SPU tendrá a su cargo la
designación de una Comisión ad-hoc que evaluará las presentaciones y
recomendará las que considere con mérito suficiente para su
financiamiento, la cual estará integrada por SIETE (7) miembros, a
saber: TRES (3) por la SPU, UNO (1) por el Consejo Federal de Decanos
de Ingeniería (CONFEDI), UNO (1) por la Asociación Universitaria de
Educación Agropecuaria Superior (AUDEAS), UNO (1) por el Consejo
Interuniversitario Nacional (CIN) y UNO (1) por el Consejo de Rectores
de Universidades Privadas (CRUP).
VI. ADJUDICACION
En base a las recomendaciones formuladas por la Comisión ad-hoc, el
Secretario de Políticas Universitarias tomará la decisión final y
mediante el acto administrativo correspondiente, resolverá la
adjudicación de los cupos a las instituciones que resulten
beneficiarias.
VII. EJECUCION DE LOS FONDOS
Para la implementación se suscribirá un Convenio-Programa entre la SPU
y cada una de las instituciones que resulten beneficiarias, a las
cuales se les realizará la transferencia de fondos.
Las Instituciones Beneficiarias deberán prever los mecanismos
necesarios, en el marco de su normativa, para realizar el pago
correspondiente a cada beneficiario.
VIII. SEGUIMIENTO, MONITOREO Y EVALUACION DEL PROGRAMA
Las Instituciones Beneficiarias deberán remitir a la SPU un Informe
Final dando cuenta del desarrollo del Programa y el desempeño académico
de los beneficiarios durante el periodo lectivo. El mismo implicará un
insumo para el análisis del impacto de su implementación, para definir
el llamado a una segunda convocatoria.
ESTIMULO A LA GRADUACION DE ESTUDIANTES DE CARRERAS DE INGENIERIA (ΔG)
DESCRIPCION DEL PROYECTO
MODELO DE NOTA DE ELEVACION DEL RECTOR
Estímulo a la Graduación de Estudiantes de Carreras de Ingeniería (ΔG)
Formulario para la presentación de proyectos
ANEXO II
CONVENIO - PROGRAMA ENTRE LA SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL……………
La SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACION,
por una parte, representada en este acto por su titular,……………, en
adelante “LA SECRETARIA” y la UNIVERSIDAD NACIONAL……………, por la otra
parte, representada en este acto por el/la señor/a Rector/a ……………, en
adelante “LAS PARTES” suscriben el siguiente Convenio-Programa de UN
(1) año de ejecución, el que se sujetará a las cláusulas que se
detallan a continuación:
PRIMERA: OBJETIVOS
“LAS PARTES” reconocen como objetivos generales y específicos del
Convenio-Programa, los estipulados en el Proyecto presentado por “LA
UNIVERSIDAD” en el marco del “Proyecto de estímulo a la graduación de
estudiantes de carreras de Ingeniería (?G)” aprobado por Resolución SPU
N°…………… y que obra como ANEXO al presente Convenio.
SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA SECRETARIA
“LA SECRETARIA” asume los siguientes compromisos:
a) Cooperar con “LA UNIVERSIDAD” con el fin de contribuir al logro de
sus objetivos dentro del marco de la normativa vigente y de lo acordado
en el presente Convenio-Programa.
b) Autorizar el desembolso de los fondos previstos para “LA
UNIVERSIDAD” correspondiente al “Proyecto de estímulo a la graduación
de estudiantes de carreras de ingeniería (?G)”, de acuerdo a las
disponibilidades presupuestarias, y sujetos a la aprobación de los
informes que se requieran en la Cláusula Cuarta.
TERCERA: OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD
“LA UNIVERSIDAD” asume los siguientes compromisos:
a) Cumplir con la ejecución del proyecto presentado ante “LA SECRETARIA” y que fuera aprobado por ésta, que consta en el ANEXO.
b) Facilitar en todo momento a “LA SECRETARIA” la información necesaria
para el seguimiento y la evaluación del presente Convenio-Programa.
c) Aplicar los fondos asignados al proyecto con el destino allí establecido.
d) Declara conocer y aceptar en todos sus términos la Resolución SPU Nº …..
CUARTA: SEGUIMIENTO DEL CONVENIO-PROGRAMA
“LA UNIVERSIDAD” deberá presentar a “LA SECRETARIA” un Informe Final a
la fecha de conclusión de la ejecución del mismo. “LA SECRETARIA”
proveerá los formularios y los instructivos que deberán ser
cumplimentados por “LA UNIVERSIDAD” con este fin.
QUINTA: FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO
El monto aprobado para la ejecución del proyecto asciende a la suma de PESOS…………… ($……………-).
SEXTA: FISCALIZACION
“LA SECRETARIA” fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones
contractuales a cargo de “LA UNIVERSIDAD”. En particular, verificará si
los fondos transferidos en virtud del presente Convenio-Programa se han
aplicado estrictamente a la ejecución de las actividades aprobadas. A
esos efectos “LA SECRETARIA” podrá requerir la información que
considere pertinente o bien disponer la realización de auditorías.
SEPTIMA: INCUMPLIMIENTOS
El incumplimiento injustificado por parte de “LA UNIVERSIDAD” de
cualquiera de las obligaciones a su cargo facultará a “LA SECRETARIA”
a: A) suspender la ejecución de las obligaciones a su cargo hasta tanto
“LA UNIVERSIDAD” cumpla con las obligaciones asumidas en el presente;
B) rescindir el presente Convenio.
OCTAVA: REDUCCIONES PRESUPUESTARIAS Y/O REDUCCION DE LA CUOTA FINANCIERA
En el supuesto de que con anterioridad a la transferencia efectiva de
los fondos se produjera alguna reducción o disminución de cuota
financiera por parte de la SECRETARIA DE HACIENDA DE LA NACION, o
alguna alteración del presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION en lo
referente a transferencias a las Universidades Nacionales, “LA
SECRETARIA” deberá convocar a “LA UNIVERSIDAD” a los fines de readecuar
los términos y obligaciones del presente Convenio-Programa a la nueva
situación.
En el caso de que alguna de “LAS PARTES” no pudiera efectuar esta
readecuación, “LA SECRETARIA” podrá rescindir el Convenio-Programa con
el solo requisito de la notificación por medio fehaciente. “LA
UNIVERSIDAD” no tendrá derecho a indemnización alguna por la extinción
del vínculo. En tal caso, la situación de “LA UNIVERSIDAD” será motivo
de consideración especial por “LA SECRETARIA” en la ejecución de los
próximos ejercicios presupuestarios.
NOVENA: RESPONSABILIDAD DE LA UNIVERSIDAD
“LA UNIVERSIDAD” es la responsable única y exclusiva de la ejecución
del proyecto, y se ajustará a las disposiciones de la Resolución SPU Nº
….., y a las cláusulas del presente Convenio.
DECIMA: RENDICION DE CUENTAS
“LA UNIVERSIDAD” deberá presentar a “LA SECRETARIA” la rendición de
cuentas documentada de los recursos a los que alude la Cláusula Quinta
del presente convenio, de acuerdo con las disposiciones de la
Resolución SPU Nº 2260/10 de fecha 21 de diciembre de 2010.
UNDECIMA: CONTROVERSIAS. CONSTITUCION DE DOMICILIO
“LAS PARTES” acuerdan que para cualquier cuestión suscitada respecto
del presente acuerdo se someten a la jurisdicción de los Tribunales
Federales con asiento en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y
constituyen domicilio en los lugares que se detallan a continuación:
“LA SECRETARIA” en la calle Pizzurno Nº 935, Piso 2, de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES y LA UNIVERSIDAD en la calle ……………, de la
Ciudad de……………, Provincia de ……………
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor
y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a
los……………días del mes de ……………de……………
..............……..………………….
...........……..………………….
Por LA UNIVERSIDAD
Por LA
SECRETARIA
ANEXO III
CONVENIO - PROGRAMA ENTRE LA SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS Y LA UNIVERSIDAD……………
La SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACION,
por una parte, representada en este acto por su titular, ……………, en
adelante “LA SECRETARIA” y la UNIVERSIDAD. ……………, por la otra parte,
representada en este acto por el/la señor/a Rector/a ……………, en adelante
“LAS PARTES” suscriben el siguiente Convenio-Programa de UN (1) año de
ejecución, el que se sujetará a las cláusulas que se detallan a
continuación:
PRIMERA: OBJETIVOS
“LAS PARTES” reconocen como objetivos generales y específicos del
Convenio-Programa, los estipulados en el Proyecto presentado por “LA
UNIVERSIDAD” en el marco del “Proyecto de estímulo a la graduación de
estudiantes de carreras de ingeniería (?G)” aprobado por Resolución SPU
N°….. y que obra como ANEXO al presente Convenio.
SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA SECRETARIA
“LA SECRETARIA” asume los siguientes compromisos:
c) Cooperar con “LA UNIVERSIDAD” con el fin de contribuir al logro de
sus objetivos dentro del marco de la normativa vigente y de lo acordado
en el presente Convenio-Programa.
d) Autorizar el desembolso de los fondos previstos para “LA
UNIVERSIDAD” correspondiente al “Proyecto de estímulo a la graduación
de estudiantes de carreras de ingeniería” (?G), de acuerdo a las
disponibilidades presupuestarias, y sujetos a la aprobación de los
informes que se requieran en la Cláusula Cuarta.
TERCERA: OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD
“LA UNIVERSIDAD” asume los siguientes compromisos:
e) Cumplir con la ejecución del proyecto presentado ante “LA SECRETARIA” y que fuera aprobado por ésta, que consta en el ANEXO.
f) Facilitar en todo momento a “LA SECRETARIA” la información necesaria
para el seguimiento y la evaluación del presente Convenio-Programa.
g) Aplicar los fondos asignados al proyecto con el destino allí establecido.
h) Declara conocer y aceptar en todos sus términos la Resolución SPU Nº …..
CUARTA: SEGUIMIENTO DEL CONVENIO-PROGRAMA
“LA UNIVERSIDAD” deberá presentar a “LA SECRETARIA” un Informe Final a
la fecha de conclusión de la ejecución del mismo. “LA SECRETARIA”
proveerá los formularios y los instructivos que deberán ser
cumplimentados por “LA UNIVERSIDAD” con este fin.
QUINTA: FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO
El monto aprobado para la ejecución del proyecto asciende a la suma de PESOS …………… ($ ……………-).
SEXTA: FISCALIZACION
“LA SECRETARIA” fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones
contractuales a cargo de “LA UNIVERSIDAD”. En particular, verificará si
los fondos transferidos en virtud del presente Convenio-Programa se han
aplicado estrictamente a la ejecución de las actividades aprobadas. A
esos efectos “LA SECRETARIA” podrá requerir la información que
considere pertinente.
SEPTIMA: INCUMPLIMIENTOS
El incumplimiento injustificado por parte de “LA UNIVERSIDAD” de
cualquiera de las obligaciones a su cargo facultará a “LA SECRETARIA”
a: A) suspender la ejecución de las obligaciones a su cargo hasta tanto
“LA UNIVERSIDAD” cumpla con las obligaciones asumidas en el presente;
B) rescindir el presente Convenio.
OCTAVA: REDUCCIONES PRESUPUESTARIAS Y/O REDUCCION DE LA CUOTA FINANCIERA
En el supuesto de que con anterioridad a la transferencia efectiva de
los fondos se produjera alguna reducción o disminución de cuota
financiera por parte de la SECRETARIA DE HACIENDA DE LA NACION, o
alguna alteración del presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION en lo
referente a transferencias a las Universidades Privadas, “LA
SECRETARIA” deberá convocar a “LA UNIVERSIDAD” a los fines de readecuar
los términos y obligaciones del presente Convenio-Programa a la nueva
situación.
En el caso de que alguna de “LAS PARTES” no pudiera efectuar esta
readecuación, “LA SECRETARIA” podrá rescindir el Convenio-Programa con
el solo requisito de la notificación por medio fehaciente. “LA
UNIVERSIDAD” no tendrá derecho a indemnización alguna por la extinción
del vínculo. En tal caso, la situación de “LA UNIVERSIDAD” será motivo
de consideración especial por “LA SECRETARIA” en la ejecución de los
próximos ejercicios presupuestarios.
NOVENA: RESPONSABILIDAD DE LA UNIVERSIDAD
“LA UNIVERSIDAD” es la responsable única y exclusiva de la ejecución
del proyecto, y se ajustará a las disposiciones de la Resolución SPU
N°……, y a las cláusulas del presente Convenio.
DECIMA: RENDICION DE CUENTAS
“LA UNIVERSIDAD” deberá presentar a “LA SECRETARIA” la rendición de
cuentas documentada de los recursos a los que alude la Cláusula Quinta
del presente convenio, de acuerdo con las disposiciones de la
Resolución SPU Nº 2260/10 de fecha 21 de diciembre de 2010. En el caso
de destinar fondos para la compra de combustibles y pasajes aéreos,
deberán respetarse las previsiones de los Decretos Nros. 1189 y 1191 de
fecha 17 de julio de 2012.
UNDECIMA: CONTROVERSIAS. CONSTITUCION DE DOMICILIO
“LAS PARTES” acuerdan que para cualquier cuestión suscitada respecto
del presente acuerdo se someten a la jurisdicción de los Tribunales
Federales con asiento en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y
constituyen domicilio en los lugares que se detallan a continuación:
“LA SECRETARIA” en la calle Pizzurno Nº 935, Piso 2, de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES y LA UNIVERSIDAD en la calle ……………, de la
Ciudad de ……………, Provincia de ……………
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor
y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los ……………
días del mes de ……………de ……………
..............……..………………….
.................……..………………….
Por LA
UNIVERSIDAD
Por LA SECRETARIA
e. 20/12/2013 N° 104206/13 v. 20/12/2013