TRANSPORTE FERROVIARIO
Decisión Administrativa 16/2014
Apruébase Contrato para el Suministro
de Unidades Múltiples Diésel, Repuestos, Herramientas, Documentación
Técnica, Servicio Técnico y Capacitación Técnica.
Bs. As., 16/1/2014
VISTO el Expediente N° S02:0136778/2013 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 7 de junio de 1980, se celebró el Convenio de Cooperación
Económica entre el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA y el Gobierno de
la REPUBLICA POPULAR CHINA.
Que con fecha 7 de noviembre de 1985, se suscribió el Protocolo
Adicional al Convenio de Cooperación Económica antes mencionado entre
el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la REPUBLICA
POPULAR CHINA.
Que con fecha 15 de noviembre de 1990, se celebró el Acuerdo para
Promover la Formación de Empresas Binacionales entre el Gobierno de la
REPUBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la REPUBLICA POPULAR CHINA.
Que con fecha 29 de junio de 2004 se firmó el ACTA FINAL DE LA XV
REUNION DE LA COMISION MIXTA ECONOMICO COMERCIAL entre la REPUBLICA
ARGENTINA y la REPUBLICA POPULAR CHINA, en la que se plasmó el interés
de ambas partes con relación a inversiones, colaboración e intercambios.
Que con fecha 16 de noviembre de 2004, se suscribió el MEMORANDUM DE
ENTENDIMIENTO SOBRE LA COOPERACION EN ACTIVIDADES FERROVIARIAS entre el
MINISTERIO DE COMERCIO de la REPUBLICA POPULAR CHINA y el MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de la REPUBLICA
ARGENTINA, en el que se acordó apoyar y promover la participación de
empresas de ambos países en el mejoramiento del sistema ferroviario.
Que cabe señalar en esta instancia que mediante el Decreto N° 2075 del
16 de octubre de 2002 se declaró en estado de emergencia a la
prestación de los servicios emergentes de los contratos de concesión en
vías de ejecución correspondientes al sistema público de transporte
ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneo del AREA
METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.
Que en virtud de la sanción de la Ley N° 26.352 de Reordenamiento de la
Actividad Ferroviaria y con el objeto de profundizar las acciones que
el PODER EJECUTIVO NACIONAL viene llevando a cabo a los fines de
garantizar la prestación de los servicios de transporte público
ferroviario, en un contexto de sustentabilidad y donde se prioricen
conceptos cualitativos tales como la seguridad y la operatividad, se
requieren inversiones en renovación del material tractivo y rodante
para la Línea BELGRANO SUR.
Que con fecha 1 de noviembre de 2013 se suscribió el CONTRATO PARA EL
SUMINISTRO DE UNIDADES MULTIPLES DIESEL (UMD), REPUESTOS, HERRAMIENTAS,
DOCUMENTACION TECNICA, SERVICIO TECNICO Y CAPACITACION TECNICA entre el
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y CNR IMPORT & EXPORT
CORPORATION LIMITED (CNR), empresa estatal de la REPUBLICA POPULAR
CHINA.
Que en el expediente consignado en el Visto de la presente medida se
encuentran agregados sendos informes legales, técnicos y económicos que
motivan y/o justifican la contratación efectuada.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo
35 inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 aprobado por el Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007 y su
modificatorio.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase el
CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE UNIDADES MULTIPLES DIESEL (UMD),
REPUESTOS, HERRAMIENTAS, DOCUMENTACION TECNICA, SERVICIO TECNICO Y
CAPACITACION TECNICA suscripto el 1 de noviembre de 2013, entre el
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y CNR IMPORT & EXPORT
CORPORATION LIMITED (CNR), empresa estatal de la REPUBLICA POPULAR
CHINA, que como ANEXO I en copia autenticada forma parte integrante de
la presente medida.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.
_______
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).