Secretaría de Hacienda
ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL
Resolución 9/2014
Apruébanse comprobantes y descriptivos.
Bs. As., 15/1/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0244499/2013 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificaciones, el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus
modificaciones, y la Resolución Nº 264 de fecha 20 de septiembre de
2012 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 264 de fecha 20 de septiembre de 2012 de
la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS se aprobó el Marco Conceptual de las Deducciones y Retenciones
en el Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF),
como así también los comprobantes y descriptivos que respaldan el
registro de devengado de retenciones.
Que en el mencionado Marco Conceptual de las Deducciones y Retenciones
en el Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF) se
ha definido la generación de Comprobantes de Modificaciones de
Retenciones (CMRET) que se aplicarán cuando se requiera modificar una
retención practicada, impactando en el Comprobante de Devengado de
Retenciones asociado, considerándose la generación de CMRET de Gastos
(CMRET_GS) y CMRET de Fondo Rotatorio (CMRET_FR).
Que para su implementación, se deben aprobar los diseños de los
Comprobantes de Modificaciones de Retenciones (CMRET) dentro del
Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF) para
Gastos y para Fondo Rotatorio.
Que la presente resolución se dicta en función de las atribuciones del
Artículo 6° del Anexo al Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébanse los
comprobantes y los descriptivos que como Anexos se indican a
continuación y que forman parte de la presente resolución:
Anexo I - “Comprobante de Modificaciones de Retenciones de Gastos”
(CMRET_GS) y “Descriptivo del Comprobante de Modificaciones de
Retenciones de Gastos”.
Anexo II - “Comprobante de Modificaciones de Retenciones de Fondo
Rotatorio” (CMRET_FR) y “Descriptivo del Comprobante de Modificaciones
de Retenciones de Fondo Rotatorio”.
Art. 2° — Las disposiciones
establecidas en la presente medida serán de aplicación exclusiva para
los Organismos comprendidos en el inciso a) del Artículo 8° de la Ley
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional Nº 24.156, que se habiliten para operar en los módulos
de Gastos y Fondos Rotatorios del Sistema Integrado de Información
Financiera Internet (e-SIDIF).
Art. 3° — Facúltase a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION y a la
TESORERIA GENERAL DE LA NACION, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA
DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS, para el dictado de las normas complementarias,
aclaratorias e interpretativas a que hubiere lugar.
Art. 4° — Facúltase a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION a
realizar modificaciones en los comprobantes y descriptivos aprobados en
la presente resolución.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan C. Pezoa.
ANEXO I
DESCRIPTIVO DEL COMPROBANTE MODIFICACIONES DE RETENCIONES DE GASTOS
1. DESCRIPCION GENERICA
El Comprobante de Modificaciones de Retenciones de Gastos (CMRET_GS) se
utiliza para registrar modificaciones en el devengado de las
retenciones de los circuitos de gestión de gastos, en función de la
normativa impositiva y previsional dictada por la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, las correspondientes a deducciones
derivadas de las liquidaciones de haberes, y las asociadas a conceptos
específicos del pago a proveedores.
Este comprobante servirá como documento de modificación del registro
original de un Comprobante de Devengado de Retenciones de Gastos
(CDR-GS) que contiene retenciones mal practicadas o códigos de
deducción erróneos.
La emisión del Comprobante de Modificaciones de Retenciones de Gastos (CMRET_GS) generará los siguientes impactos:
- Una regularización en el Comprobante de Devengado de Retenciones de
Gastos (CDR-GS) que dio origen al Comprobante de Modificaciones de
Retenciones de Gastos (CMRET_GS), y
- Un nuevo Comprobante de Devengado de Retenciones de Gastos (CDR-GS)
con los cambios incorporados por el Comprobante de Modificaciones de
Retenciones de Gastos (CMRET_GS).
2. RESPONSABILIDAD
El Comprobante de Modificaciones de Retenciones de Gastos (CMRET_GS)
surge del registro de cambios en un Comprobante de Devengado de
Retenciones de Gastos (CDR-GS), y su responsabilidad recae directamente
en el Secretario, Subsecretario del Area Administrativa o Funcionario
de Nivel Equivalente, quien firmará digitalmente y certificará que se
ha tenido a la vista toda la documentación que respalda el contenido
del comprobante.
3. DISPONIBILIDAD
Los Comprobantes de Modificaciones de Retenciones de Gastos (CMRET_GS)
firmados digitalmente, estarán disponibles en el Sistema Integrado de
Información Financiera Internet (e-SIDIF).
4. DESCRIPCION DEL COMPROBANTE
4.1 Datos de la cabecera
Etd. Proceso (Entidad de Proceso): Indicará la entidad que registra la
gestión de un comprobante o transacción en el Sistema Integrado de
Información Financiera Internet (e-SIDIF) ya sea porque se trate de
operaciones originadas en su ámbito o por delegación de una Entidad
Emisora. La Entidad de Proceso se identificará con un tipo, código de
identificación y denominación.
Etd. Emisora (Entidad Emisora): Indicará la entidad responsable de
emitir el comprobante. La Entidad Emisora se identificará con un tipo,
código de identificación y denominación. Esta entidad será el SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO y se derivará del Comprobante de Devengado de
Retenciones de Origen (CDR Origen).
Nro. SIDIF: Indicará el número de identificación único asignado por el
Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF) a cada
Comprobante de Modificaciones de Retenciones de Gastos (CMRET_GS), en
estado autorizado, por ejercicio.
Id. Comprobante (Identificador del Comprobante): Indicará el tipo de
comprobante CMRET_GS seguido del año en curso y del número correlativo
propio del SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO.
Estado: Podrá ser: “Ingresado Borrador”, “Ingresado”, “En proceso de
Firma para Autorizar”, “Observado por Autorizar”, “Anulado” y
“Autorizado”.
4.2 Datos del Cuerpo
CDR Origen: Identificará al Comprobante de Devengado de Retenciones
(CDR) sobre el que se procesará el Comprobante de Modificaciones de
Retenciones de Gastos (CMRET_GS). Del Comprobante de Devengado de
Retenciones de Origen (CDR Origen) se derivarán su Entidad Emisora, su
Identificación y su Nro. SIDIF.
Datos CDR Origen: Identificará los datos correspondientes a la Cuenta
Financiadora, Beneficiario, Cuenta Beneficiario e Identificador Cuenta
Beneficiario del Comprobante de Devengado de Retenciones de Origen (CDR
Origen).
Fecha Comprobante: Indicará la de emisión del comprobante. Utilizará la
modalidad: dd/mm/aaaa, campo asignado automáticamente por el sistema.
Fecha Registro: Indicará la fecha y hora correspondiente al día en que
impacta contablemente el comprobante en el sistema. Utilizará la
modalidad: dd/mm/aaaa 00:00:00, campo asignado automáticamente por el
sistema.
Requiere Verificación del OR: Se indicará esta marca cuando la
modificación de la retención requiera la intervención del Organo
Rector, dependiendo de las características de los códigos de deducción
de origen y de destino del Comprobante de Modificaciones de Retenciones
de Gastos (CMRET_GS), y se determinará automáticamente al ingresar la
Deducción Destino.
Verificado por el OR: Esta marca indicará si el Comprobante de
Modificaciones de Retenciones de Gastos (CMRET_GS) ha sido verificado
por el Organo Rector.
Deducción Origen: Indicará el código y denominación de la deducción
origen y se derivará del Comprobante de Devengado de Retenciones de
Origen (CDR Origen).
Deducción Destino: Indicará el código y denominación de la deducción
destino y será ingresada en forma manual o a través de una lista de
valores.
Datos Deducción Destino: Identificará los datos correspondientes al
Beneficiario, Cuenta Beneficiario e Identificador Cuenta Beneficiario,
y se derivará del código de deducción destino.
CDR Destino: Identificará la Entidad Emisora, Identificación y Nro.
SIDIF del Comprobante de Devengado de Retenciones de Destino (CDR
Destino). Se completará cuando el Comprobante de Modificaciones de
Retenciones de Gastos (CMRET-GS) sea autorizado y en consecuencia se
genere el Comprobante de Devengado de Retenciones de Destino (CDR
Destino).
Datos CDR Destino: Identificará los datos correspondientes a la Cuenta
Financiadora (se derivará del Comprobante de Devengado de Retenciones
de Origen - CDR Origen), Beneficiario, Cuenta Beneficiario e
Identificador Cuenta Beneficiario (se derivarán de Datos Deducción
Destino). Se completarán cuando el Comprobante de Modificaciones de
Retenciones de Gastos (CMRET_GS) sea autorizado y en consecuencia se
genere el Comprobante de Devengado de Retenciones de Destino (CDR
Destino).
Observaciones: Campo de texto donde se indicarán las que correspondan.
Importe MCL: Se calculará por medio de la sumatoria del Importe
Modificado MCL de los Comprobantes detallados en la solapa de Detalle
Comprobante Origen, descripto en el punto 4.4 Datos de Detalle
Comprobante Origen.
4.3 Datos Adicionales
CDR a Compensar: Identificará el Comprobante de Devengado de
Retenciones a compensar (CDR a Compensar) y será editable cuando la
deducción destino tiene indicada la marca que corresponde a
compensación. Es de ingreso obligatorio. Indicará la Entidad Emisora,
Identificación y Nro. SIDIF del Comprobante de Devengado de Retenciones
a Compensar (CDR a Compensar).
Datos CDR a Compensar: Identificará los datos correspondientes a la
Cuenta Financiadora, Beneficiario, Cuenta Beneficiario e Identificador
Cuenta Beneficiario (se derivarán del Comprobante de Devengado de
Retenciones a compensar - CDR a Compensar).
4.4 Datos de Detalle Comprobante Origen
4.4.1 Detalle Comprobante Origen
Comprobante Origen: Indicará los comprobantes de gastos que originan la
retención, por ejemplo, factura o documento equivalente. Al iniciar la
carga de un Comprobante de Modificaciones de Retenciones de Gastos
(CMRET_GS) se completa el detalle con los Comprobantes Origen del
Comprobante de Devengado de Retenciones de Origen (CDR Origen) que
tengan saldo impago.
Saldo Impago MCL: Se derivará del saldo impago de la Retención correspondientes al Comprobante Origen.
Importe Modificado MCL: Se derivará del valor del comprobante de
origen, pudiéndose cambiar por un importe menor o igual al saldo
impago. Este campo deberá estar habilitado para su ingreso toda vez que
el código de deducción Origen no tenga la marca de Admite Concepto
Impositivo, en cuyo caso el cambio se realizará a través de la solapa
“Detalle por Concepto Impositivo Deducción Origen”.
4.4.2 Detalle por Concepto Impositivo
Comprobante Origen: Indicará el comprobante de gastos que origina la
Retención por ejemplo, factura o documento equivalente, y se derivará
del comprobante seleccionado.
C. Impositivo (Concepto Impositivo): Se derivará de los Conceptos
Impositivos asociados al Comprobante Origen, sólo de aquellos que
tengan saldo impago.
Descripción C. Impositivo (Descripción Concepto Impositivo): Se derivará del Concepto Impositivo.
Saldo Impago MCL: Se derivará del saldo impago de la Retención correspondiente al Comprobante Origen y Concepto Impositivo.
Importe Modificado MCL: Se derivará del valor del comprobante de
origen, pudiéndose cambiar por un importe menor o igual al saldo
impago. El Importe Modificado MCL deberá estar habilitado para su
ingreso siempre y cuando el Código de Deducción Origen tenga la marca
de Admite Concepto Impositivo.
4.5 Datos de Detalle Comprobante Destino
Esta solapa se habilitará si la Deducción Destino admite apertura por Concepto Impositivo.
C. Impositivo (Concepto Impositivo): Se ingresarán de una lista de
valores, los Conceptos Impositivos asociados al Código de Deducción
Destino.
Descripción C. Impositivo (Descripción Concepto Impositivo): Se derivará del Concepto Impositivo.
Imp. Modificado MCL (Importe Modificado MCL): Se iniciará con valor por
defecto igual a cero. El Importe Modificado MCL deberá estar habilitado
para su ingreso siempre y cuando el Código de Deducción Destino tenga
la marca de Admite Concepto Impositivo.
ANEXO II
DESCRIPTIVO DEL COMPROBANTE DE MODIFICACIONES DE RETENCIONES DE FONDO ROTATORIO
1. DESCRIPCION GENERICA
El Comprobante de Modificaciones de Retenciones de Fondo Rotatorio
(CMRET_FR) se utiliza para registrar modificaciones en el devengado de
las retenciones del circuito de gestión de Fondos Rotatorios, en
función de la normativa impositiva y previsional dictada por la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y las asociadas a
conceptos específicos del pago a proveedores.
Este comprobante servirá como documento de modificación del registro
original de un Comprobante de Devengado de Retenciones de Fondos
Rotatorios (CDR-FR) que contiene retenciones mal practicadas o códigos
de deducción erróneos.
La emisión del Comprobante de Modificaciones de Retenciones de Fondos Rotatorios (CMRET_FR) generará los siguientes impactos:
- Una regularización en el Comprobante de Devengado de Retenciones de
Fondos Rotatorios (CDR-FR) que dio origen al Comprobante de
Modificaciones de Retenciones de Fondos Rotatorios (CMRET_FR), y
- Un nuevo Comprobante de Devengado de Retenciones de Fondos Rotatorios
(CDR-FR) con los cambios incorporados por el Comprobante de
Modificaciones de Retenciones de Fondos Rotatorios (CMRET_FR).
2. RESPONSABILIDAD
El Comprobante de Modificaciones de Retenciones de Fondos Rotatorios
(CMRET_FR) surge del registro de cambios en un Comprobante de Devengado
de Retenciones de Fondos Rotatorios (CDR_FR), y su responsabilidad
recae directamente en el Responsable del SERVICIO ADMINISTRATIVO
FINANCIERO y el Responsable del Fondo Rotatorio. Los mismos se
autorizarán a través de una cadena de firmas descentralizada y
certificarán que se ha tenido a la vista toda la documentación que
respalda el contenido del comprobante.
3. DISPONIBILIDAD
Los Comprobantes de Modificaciones de Retenciones de Fondos Rotatorios
(CMRET_FR), estarán disponibles en el Sistema Integrado de Información
Financiera Internet (e-SIDIF).
4. DESCRIPCION DEL COMPROBANTE
4.1 Datos de la cabecera
Etd. Proceso (Entidad Proceso): Indicará la entidad que registra la
gestión de un comprobante o transacción en el Sistema Integrado de
Información Financiera Internet (e-SIDIF) ya sea porque se trate de
operaciones originadas en su ámbito o por delegación de una Entidad
Emisora. La Entidad de Proceso se identificará con un tipo, código de
identificación y denominación.
Etd. Emisora (Entidad Emisora): Indicará la entidad responsable de
emitir el comprobante. La Entidad Emisora se identificará con un tipo,
código de identificación y denominación. Esta entidad será el SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO y se derivará del Comprobante de Devengado de
Retenciones de Origen (CDR Origen).
Id. Comprobante (Identificador del Comprobante): Indicará el tipo de
comprobante CMRET_FR seguido del año en curso y del número correlativo
propio del SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO.
Estado: Podrá ser: “Ingresado Borrador”, “Ingresado”, “En proceso de
Firma para Autorizar”, “Observado por Autorizar”, “Anulado” y
“Autorizado”.
4.2 Datos del Cuerpo
CDR Origen: Identificará al Comprobante de Devengado de Retenciones
(CDR) sobre el que se procesará el Comprobante de Modificaciones de
Retenciones de Fondos Rotatorios (CMRET_FR). Del Comprobante de
Devengado de Retenciones de Origen (CDR Origen) se derivarán su Entidad
Emisora y su Identificación.
Datos CDR Origen: Identificará los datos correspondientes a la Cuenta
Financiadora, Beneficiario, Cuenta Beneficiario e Identificador Cuenta
Beneficiario del Comprobante de Devengado de Retenciones de Origen (CDR
Origen).
Fecha Comprobante: Indicará la del día de emisión del comprobante.
Utilizará la modalidad: dd/mm/aaaa, campo asignado automáticamente por
el sistema.
Fecha Autorización: Indicará la fecha y hora correspondiente al día de
autorización del comprobante. Utilizará la modalidad: dd/mm/aaaa
00:00:00, campo asignado automáticamente por el sistema.
Deducción Origen: Indicará el código y denominación de la deducción
origen y se derivará del Comprobante de Devengado de Retenciones de
Origen (CDR Origen).
Deducción Destino: Indicará el código y denominación de la deducción
destino y será ingresada en forma manual o a través de una lista de
valores.
Datos Deducción Destino: Identificará los datos correspondientes al
Beneficiario, Cuenta Beneficiario e Identificador Cuenta Beneficiario,
y se derivará del código de deducción destino.
CDR Destino: Identificará la Entidad Emisora e Identificación del
Comprobante de Devengado de Retenciones de Destino (CDR Destino). Se
completará cuando el Comprobante de Modificaciones de Retenciones de
Fondos Rotatorios (CMRET_FR) sea autorizado y en consecuencia se genere
el Comprobante de Devengado de Retenciones de Destino (CDR Destino).
Datos CDR Destino: Identificará los datos correspondientes a la Cuenta
Financiadora (se derivará del Comprobante de Devengado de Retenciones
de Origen - CDR Origen), Beneficiario, Cuenta Beneficiario e
Identificador Cuenta Beneficiario (se derivarán de Datos Deducción
Destino). Se completarán cuando el Comprobante de Modificaciones de
Retenciones Fondos Rotatorios (CMRET_FR) sea autorizado y en
consecuencia se genere el Comprobante de Devengado de Retenciones de
Destino (CDR Destino).
Observaciones: Campo de texto donde se indicarán las que correspondan.
Importe MCL: Se calculará por medio de la sumatoria del Importe
Modificado MCL de los Comprobantes detallados en la solapa de Detalle
Comprobante Origen, descripto en el punto 4.4 Datos de Detalle
Comprobante Origen.
4.3 Datos Adicionales
Esta solapa se habilitará si la Deducción Destino tiene indicada la marca que corresponde a compensación.
CDR a Compensar: Identificará el Comprobante de Devengado de
Retenciones a compensar (CDR a Compensar) y será editable cuando la
deducción destino tiene indicada la marca que corresponde a
compensación. Además es de ingreso obligatorio. Indicará la Entidad
Emisora e Identificación del Comprobante de Devengado de Retenciones a
Compensar (CDR a Compensar).
Datos CDR a Compensar: Identificará los datos correspondientes a la
Cuenta Financiadora, Beneficiario, Cuenta Beneficiario e Identificador
Cuenta Beneficiario (se derivarán del Comprobante de Devengado de
Retenciones a compensar - CDR a Compensar).
4.4 Datos de Detalle Comprobante Origen
4.4.1 Detalle Comprobante Origen
Comprobante origen: Indicará el comprobante de Fondo Rotatorio que
origina la retención, por ejemplo, factura o documento equivalente. Al
iniciar la carga de un Comprobante de Modificaciones de Retenciones de
Fondos Rotatorios (CMRET_FR) se completa el detalle con los
Comprobantes Origen del Comprobante de Devengado de Retenciones de
Origen (CDR Origen) que tengan saldo impago.
Saldo Impago MCL: Se derivará del saldo impago de la Retención correspondientes al Comprobante Origen.
Importe Modificado MCL: Se derivará del valor del comprobante de
origen, pudiéndose cambiar por un importe menor o igual al saldo
impago. Este campo deberá estar habilitado para su ingreso toda vez que
el código de deducción Origen no tenga la marca de Admite Concepto
Impositivo, en cuyo caso el cambio se realizará a través de la solapa
“Detalle por Concepto Impositivo Deducción Origen”.
4.4.2 Detalle por Concepto Impositivo
Comprobante Origen: Indicará el comprobante de Fondo Rotatorio que
origina la Retención por ejemplo, factura o documento equivalente, y se
derivará del comprobante seleccionado.
C. Impositivo (Concepto Impositivo): Se derivará de los Conceptos
Impositivos asociados al Comprobante Origen, sólo de aquellos que
tengan saldo impago.
Descripción C. Impositivo (Descripción Concepto Impositivo): Se derivará del Concepto Impositivo.
Saldo Impago MCL: Se derivará del saldo impago de la Retención correspondientes al Comprobante Origen y Concepto Impositivo.
Importe Modificado MCL: Se derivará del valor del comprobante de
origen, pudiéndose cambiar por un importe menor o igual al saldo
impago. El Importe Modificado MCL deberá estar habilitado para su
ingreso siempre y cuando el Código de Deducción Origen tenga la marca
de Admite Concepto Impositivo.
4.5 Datos de Detalle Comprobante Destino
Esta solapa se habilitará si la Deducción Destino admite apertura por Concepto Impositivo.
C. Impositivo (Concepto Impositivo): Se ingresarán de una lista de
valores, los Conceptos Impositivos asociados al Código de Deducción
Destino.
Descripción C. Impositivo (Descripción Concepto Impositivo): Se derivará del Concepto Impositivo.
Imp. Modificado MCL (Importe Modificado MCL): Se iniciará con valor por
defecto igual a cero. El Importe Modificado MCL deberá estar habilitado
para su ingreso siempre y cuando el Código de Deducción Destino tenga
la marca de Admite Concepto Impositivo.
4.6 Datos de Detalle por Comprobante de Gestión y Fuente de Financiamiento
Comprobante Gestión: Se iniciará con valor por defecto igual al
Comprobante de Gestión Comprobante de Devengado de Retenciones de
Origen (CDR Origen).
FFin (Fuente de Financiamiento): Se iniciará con valor por defecto
igual a la Fuente de Financiamiento del Comprobante de Devengado de
Retenciones de Origen (CDR Origen).
Importe MCL CDR-Origen: Se derivará del importe de la Retención correspondiente al Comprobante Origen y Concepto Impositivo.
Importe Modificado MCL: Se iniciará con valor por defecto igual a cero.
El Importe Modificado MCL deberá estar habilitado para su ingreso
siempre y cuando el Código de Deducción Destino tenga la marca de
Admite Concepto Impositivo.