ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
PUERTO BUENOS AIRES
Resolución Nº 17/2014
Bs. As., 30/1/2014
VISTO el Expediente N° 5538/2013 del Registro de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que la plataforma de Comercio Electrónico denominada e-PuertoBUE es
considerada de vital importancia estratégica para esta ADMINISTRACION
GENERAL DE PUERTO SOCIEDAD DEL ESTADO.
Que la misma se encuentra operativa desde el 11 de Abril del año 2011
en forma satisfactoria entre los actores de la Comunidad Logística que
operan en el Puerto Buenos Aires.
Que se han realizado las modificaciones propuestas por la comunidad
logística con el fin de adaptarlas a la operativa diaria de los
operadores involucrados.
Que tales modificaciones se encuentran finalizadas, testeadas y operativas en su totalidad.
Que los procesos incorporados serán utilizados en forma inmediata para
la SOLICITUD DE ARRIBO DE BUQUES al puerto Buenos Aires denominado OB1
y en el proceso OB2 que informa los estados operativos y las diferentes
posiciones de atraque de la embarcación desde el ingreso al puerto
hasta su salida definitiva.
Que el servicio de mensajería documental que propone la plataforma
acelera considerablemente, los procesos de solicitudes de ingreso de
buques al Puerto Buenos Aires reduciendo considerablemente los tiempos
y costos de operación de los actores involucrados y que además de lo
mencionado se cuenta con información precisa, confiable y en tiempo
real.
Que la premisa principal del proyecto es eliminar, en forma paulatina,
la documentación en papel innecesaria y apuntar al puerto sin papeles
como un servicio más eficiente para la comunidad, contribuyendo al
medio ambiente y minimizando el impacto sobre el mismo gracias a la
reducción de residuos.
Que se tomarán todos los recaudos para realizar la capacitación
correspondiente a los usuarios involucrados de la Plataforma en
cuestión.
Que resulta imprescindible enmarcar a esta Administración dentro del
Plan Nacional de Gobierno Electrónico cuyos objetivos son promover el
empleo eficiente, coordinando los recursos de las tecnologías de la
información y las comunicaciones para la creación de nuevos y mejores
vínculos entre el Estado Nacional y los ciudadanos en cuanto a la
gestión de la información.
Que han tomado la intervención que les compete la GERENCIA DE
OPERACIONES, la ASESORIA JURIDICA, la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA y la
COMISION FISCALIZADORA DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
Que el suscripto en uso de las facultades conferidas por los Artículos
2° y 3° de la Ley N° 23.696, por el Estatuto Orgánico aprobado por el
Decreto N° 1.456 de fecha 4 de septiembre de 1987, el Decreto N° 19 de
fecha 3 de enero de 2003, y el Decreto N° 1.194 de fecha 17 de julio de
2012, está facultado para dictar la presente medida.
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébese el Procedimiento denominado “Solicitud de
Atraque de Buques” y el Manual de Usuario denominado “Manual del
Usuario e-PuertoBUE”, que como Anexo I forma parte de la presente
resolución, para ser aplicado en los procesos de generación y envío de
los diferentes mensajes dentro de la Plataforma e-PuertoBUE.
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 90/2017 de la Administración General de Puertos Sociedad del Estado B.O. 4/8/2017 se deroga el Procedimiento denominado “Solicitud de
Atraque de Buques”, aprobado en el presente artículo. Vigencia: a partir de
los SESENTA (60) días de su publicación en el Boletín Oficial.)
ARTICULO 2° — Por el Departamento de GIRO DE BUQUES dependiente de la
GERENCIA DE OPERACIONES instrúyase a todos los agentes marítimos a la
presentación de solicitudes de atraque de buques a través de la
plataforma e-PuertoBUE, desestimándose la presentación del formulario
en papel, excepto en aquellas situaciones donde se aplique el protocolo
de emergencia de la plataforma por falla tecnológica de la misma u
otras condiciones que así lo ameriten, situación que será determinada
únicamente por la Gerencia de Organización y Sistemas.
ARTICULO 3° — Por la Gerencia de Organización y Sistemas, capacítese a
todos los actores involucrados para la correcta utilización de la
Plataforma, y bríndese toda colaboración con el fin de cumplimentar lo
resuelto en el ARTICULO 2.
ARTICULO 4° — Que la presente Resolución siente precedente para la
informatización de los procesos administrativos que permitan acelerar
los trámites y la eliminación de la documentación en papel innecesaria
con el fin de contar con una VENTANILLA UNICA y el PORTAL DE SERVICIOS
DE INFORMACION Y TRAMITES para la Comunidad y los Ciudadanos que
requieren de los servicios de esta Administración.
ARTICULO 5° — Regístrese y por la SECRETARIA GENERAL de la
ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO notifíquese a
todas las Dependencias, al CENTRO DE NAVEGACION, a las TERMINALES
PORTUARIAS que operan EN EL PUERTO BUENOS AIRES y a la PREFECTURA NAVAL
ARGENTINA. Publíquese por el término de un (1) día en el Boletín
Oficial. Cumplido, archívese. — Cap. Ult. SERGIO F. BORRELLI,
Interventor, Administración General de Puertos SE, Puerto Buenos Aires.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en www.puertobuenosaires.gov.ar
e. 05/02/2014 Nº 5845/14 v. 05/02/2014