MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 1007/2013
Registro N° 1349/2013
Bs. As., 15/11/2013
VISTO el Expediente N° 1.565.249/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición D.N.R.T. N° 627/13 (cuya copia fiel luce
agregada a fojas 52/55 de autos, esta Autoridad Administrativa declaró
homologado el Acuerdo, obrante a fojas 40/43 del Expediente de
referencia, celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°
415/05, entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE
SERVICIO Y G.N.C., GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS
(S.O.E.S.G. y P.E.), la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES
DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS DE AUTOS Y
GOMERIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA DE EXPENDEDORES DE GAS
COMPRIMIDO U OTROS COMBUSTIBLES —CEGENECE—.
Que se observa que en el Artículo 1 de dicha Disposición se ha
deslizado involuntariamente un error material al consignar la
denominación de la representación empleadora allí impuesta (“ASOCIACION
ESTACIONES DE SERVICIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA”), debiéndose por lo
tanto proceder a la correspondiente rectificación del citado artículo.
Que sin perjuicio de la denominación consignada en el Acuerdo
homologado respecto a la entidad empleadora, la misma surge de la
Resolución I.G.J. N° 000534 (cuya copia luce agregada a fojas 38 de las
presentes actuaciones).
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
738/12.
Por ello;
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Rectificar la denominación de la representación
empleadora consignada en el Artículo 1 de la Disposición DNRT N°
627/13, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 1°.-
Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y
EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO Y G.N.C., GARAGES, PLAYAS DE
ESTACIONAMIENTO, Y LAVADEROS, la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE
ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS
DE AUTOS Y GOMERIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y la CAMARA DE
EXPENDEDORES DE GAS NATURAL COMPRIMIDO U OTROS COMBUSTIBLES —CEGENECE—”.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección
General de Registros, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
cúmplase con el Artículo 4 de la Disposición D.N.R.T. N° 627/13,
remitiendo las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del
Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de
Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales
oportunamente homologadas y de conformidad a lo establecido en el
Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito de esta Resolución, las partes deberán proceder de
acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o.
2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.565.249/13
Buenos Aires, 18 de Noviembre de 2013.
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 1007/13 se ha
tomado razón de la rectificación del artículo 1° de la DISPOSICION DNRT
N° 627/13, quedando registrado el presente acto administrativo bajo el
número 1349/13. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos,
Departamento Coordinación - D.N.R.T.