MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 11/2014
Registro N° 96/2014
Bs. As., 9/1/2014
VISTO el Expediente N° 1.543.282/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/3 vuelta del Expediente N° 1.596.513/13 agregado como
foja 59 al Expediente N° 1.543.282/12, obra el acuerdo celebrado entre
el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector
sindical y la empresa FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. por la parte
empleadora, ratificado a fojas 61/62 del Expediente principal, en el
marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en relación a la prórroga prevista en la cláusula 2° del presente
acuerdo, debe estarse a lo señalado oportunamente en el considerando
quinto de la Resolución SECRETARIA DE TRABAJO N° 381 de fecha 12 de
abril de 2013.
Que el mentado acuerdo ha sido celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 264/95.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la
actividad de la empresa firmante y la representatividad de la entidad
sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 3/3
vuelta del Expediente N° 1.596.513/13 agregado como foja 59 al
Expediente N° 1.543.282/12, celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE
LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la empresa FEDERACION
PATRONAL SEGUROS S.A. por la parte empleadora, ratificado a fojas 61/62
del Expediente N° 1.543.282/12, de conformidad con la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004), con el alcance y
limitaciones previstos en el considerando segundo de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo obrante a fojas 3/3 vuelta del Expediente N°
1.596.513/13 agregado como foja 59 al Expediente N° 1.543.282/12,
conjuntamente con el acta de ratificación de fojas 61/62 del Expediente
N° 1.543.282/12.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 264/95.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lo
dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.543.282/12
Buenos Aires, 13 de Enero de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 11/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/3 vuelta del expediente
1.596.513/13 agregado como fojas 59 al expediente de referencia, y acta
de fojas 61/62, quedando registrado bajo el número 96/14. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Buenos Aires, a los 1 días del mes de noviembre de
2013, comparecen por una parte los Sres. Raúl Amancio Martínez, DNI N°
5.049.760, en su carácter de Secretario General, Jorge Alberto Sola,
DNI N° 17.310.288, en su carácter de Secretario Gremial y de Relaciones
Laborales, el Sr. Orlando Fariña DNI 12.403.751 en su carácter de
Secretario General de la Seccional Buenos Aires y la Sra. Gabriela Nora
Perez, DNI 16.764.569 en su carácter de Secretaria de Prensa, Cultura,
Actas y Difusión, todos ellos en representación del Sindicato del
Seguro de la República Argentina, con domicilio constituido en la calle
Carlos Pellegrini 575 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el
patrocinio letrado de la Dra. Aleli Prevignano, por una parte, en
adelante El Sindicato y por la otra el Sr. Edgardo Jorge Del Pecho DNI
11.839.766, en su carácter de Gerente General y el Dr. Juan Bautista
Soumoulou DNI 14.770.561, en su carácter de Jefe de Personal de
FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA, con domicilio constituido Av. 51 N° 770
La Plata, Provincia de Buenos Aires, con el patrocinio letrado del Dr.
Segundo Pinto y la Dra. Andrea Armoni y ambas en conjunto “Las Partes”,
manifiestan de común acuerdo:
PRIMERA: Que con fecha 26/12/2012, mediante expediente 1.543.282/12
homologado mediante Resolución 381/13, las partes acordaron que a
partir del 01/01/2013 el adicional voluntario y variable que se abonaba
a los trabajadores en base a las comisiones producidas por las ventas
directas de seguros, y que era abonado como parte integrante de una
gratificación semestral, fuera liquidado en forma mensual en los
recibos de haberes de los trabajadores, liquidándose bajo el concepto
Adicional Comisiones, adicional que transitoriamente hasta el
31/12/2013 sería liquidado con carácter no remunerativo.
SEGUNDA: Que las partes han acordado en forma excepcional extender el
carácter no remunerativo de dicho adicional hasta el 31/12/2014.
TERCERA: Las partes se comprometen a presentar el presente acuerdo por ante la autoridad de aplicación para su homologación.
En prueba de buena fe, y de conformidad, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
EXPEDIENTE N° 1.543.282/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las 11:00 horas del día 6 de
diciembre de 2013, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, comparecen ante mí, Lic. Juliana CALIFA, Secretaria de
Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 1, en
representación del SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la
Dra. Alelí PREVIGNANO, apoderada, el Sr. Orlando FARIÑA, y el Delegado
de Personal, el Sr. José Luis BONADEO (M.I. N° 23.873.449), por una
parte, y por la otra, en representación de la FEDERACION PATRONAL
SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA, el Sr. Edgardo Jorge DEL PECHO y el Sr. Juan
Bautista SOUMOULOU, todos en calidad de miembros paritarios.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, AMBAS
REPRESENTACIONES en conjunto y de común acuerdo manifiestan que:
ratifican y solicitan la homologación del acuerdo suscripto en fecha
01/11/2013 en el marco del CCT N° 264/95, el cual luce a fs. 3 del
Expediente N° 1.596.513/13 (agregado a fs. 59 del principal).
El DELEGADO DE PERSONAL ratifica en todos sus términos el mencionado
acuerdo, dando cumplimiento con los recaudos previstos en el art. 17 de
la Ley 14.250 (t.o. 2004).
En este estado la funcionaria actuante hace saber a las partes que
remitirá las presentes actuaciones a la Asesoría Técnico Legal para su
conocimiento y consideración en virtud de la homologación peticionada.
No siendo para más, a las 11:20 horas; se da por finalizado el acto
firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y
ratificación ante mí que CERTIFICO.