MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Resolución Nº 90/2014
Bs. As., 5/3/2014
VISTO el Expediente Nº S05:0007421/2014 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 416 del 21 de mayo de
2013 del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 416 del 21 de mayo de 2013 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, aprobó los valores de aranceles que el
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita del citado Ministerio, percibe como
contraprestación de los servicios realizados a terceros.
Que a fojas 3/13 de los presentes actuados la FUNDACION BARRERA
ZOOFITOSANITARIA PATAGONICA (FUNBAPA), solicitó readecuar los valores
para los códigos Nros. 000166 AA, 000166 AB, 000166 AC, 000166 AD,
000167 B; 000167 C, 000167 D y 000172 de la mencionada Resolución Nº
416/13.
Que el sistema cuarentenario patagónico es un pilar imprescindible para
los programas sanitarios implementados en la región y el sostenimiento
del estatus sanitario alcanzado.
Que resulta necesario readecuar el valor del arancel a la realidad
económica actual, a fin de lograr la continuidad de las tareas de
control y desinsectación, llevadas a cabo por el sistema cuarentenario
patagónico con el objetivo de mantener y superar los logros alcanzados.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud
de lo dispuesto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto
Nº 438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyense los valores de los aranceles del Anexo II de
la Resolución Nº 416 del 21 de mayo de 2013 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, para los códigos que se detallan en el
Anexo de la presente resolución.
ARTICULO 2° — Encomiéndase al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA que, conforme a las previsiones de la
Resolución Nº 13 del 13 de enero de 2012 del citado Servicio Nacional,
adopte los recaudos necesarios a fin de ejecutar, con ajuste a la
normativa vigente en la materia, el Convenio de Cooperación y
Asistencia Técnica por el cual se desarrollan las acciones comprendidas
en los alcances de la mencionada resolución.
ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS H. CASAMIQUELA,
Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
e. 11/03/2014 Nº 13716/14 v. 11/03/2014