ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Decisión Administrativa 149/2014
Decisión Administrativa N° 477/1998. Incorpóranse cargos.
Bs. As., 14/3/2014
VISTO el Decreto N° 648 de fecha 26 de mayo de 2004 y modificatorios,
el Decreto N° 234 de fecha 19 de diciembre de 2011 y la Decisión
Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 9° del Decreto N° 648/04 y modificatorios, se
aprobó la estructura organizativa de la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS
POLITICOS INSTITUCIONALES de la UNIDAD PRESIDENTE de la PRESIDENCIA DE
LA NACION.
Que a través del Decreto N° 234/11, se designó a los titulares de la
DIRECCION GENERAL DE ANALISIS POLITICO y de la DIRECCION GENERAL DE
ASISTENCIA TECNICA, ambas dependientes de la COORDINACION GENERAL DE
ASUNTOS POLITICOS INSTITUCIONALES de la UNIDAD PRESIDENTE de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, estableciéndose que los mencionados cargos
tendrán rango y jerarquía de SUBSECRETARIO.
Que en atención a la diversidad de tareas asignadas a dichas
Direcciones Generales y teniendo en cuenta la complejidad que conlleva
el cumplimiento de sus funciones, resulta necesario dotar de un
Gabinete a la citadas Unidades, incorporando los cargos a la nómina de
funcionarios a que se refieren los artículos 1°, 2° y 3°, como así
también al inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión
Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.
Que han tomado la intervención que les compete la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SUBSECRETARIA DE GESTION Y
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Incorpórase, con
carácter de excepción, a partir de la fecha del dictado de la presente
medida, al DIRECTOR GENERAL DE ANALISIS POLITICO y al DIRECTOR GENERAL
DE ASISTENCIA TECNICA, ambos dependientes de la COORDINACION GENERAL DE
ASUNTOS POLITICOS INSTITUCIONALES de la UNIDAD PRESIDENTE de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, en los artículos 1°, 2° y 3°, como así
también en el inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la
Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los
créditos asignados a la JURISDICCION 20 - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.