UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS

Resolución Nº 699/2014

Lanús, 18/3/2014

VISTO, el artículo 41 inc. a) del Estatuto de la Universidad Nacional de Lanús, el Reglamento Electoral aprobado por la Resolución del Consejo Superior Nº 003/12; y,

CONSIDERANDO:

Que, ante el próximo vencimiento de los mandatos de las autoridades de los Claustros Docente, No Docente, Estudiantes y Graduados, como así también de los miembros de los Consejos Departamentales, resulta necesario instrumentar el proceso electoral pertinente con la finalidad de su renovación;

Que, el proceso electoral aludido se debe realizar de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII - Régimen Electoral Artículo 61 del Estatuto y lo dispuesto por el Reglamento Electoral de esta Universidad;

Que, de acuerdo con las normas citadas, corresponde a la Sra. Rectora efectuar la convocatoria correspondiente y determinar la sede donde habrán de desarrollarse los comicios, en concordancia con lo que al respecto determinan los artículos 4 a 7 del Reglamento Electoral;

Que, asimismo, por Resolución del Consejo Superior Nº 024/14 de fecha 7 de marzo de 2014, se han designado a los Sres. Dr. Edgardo Jorge Guevara, Director de Asuntos Jurídicos, Dr. Francisco José Pestanha, Secretario General de Asuntos Jurídicos e Institucionales y al Ctdor. Jorge Raúl Cartocio, Auditor Interno como integrantes de la Junta Electoral;

Que es atributo del Sr. Vicerrector en ausencia de la Sra. Rectora normar sobre el particular, conforme a lo establecido en el Artículo Nº 41 y Artículo 42 del Estatuto de la Universidad Nacional de Lanús;

Por ello;

EL VICERRECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Convocar a elecciones generales para los Claustros de: Docentes, No Docentes, Estudiantes y Graduados de la Universidad Nacional de Lanús, que se desarrollarán exclusivamente en su sede de 29 de Septiembre Nº 3901, de Remedios de Escalada, Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires, acuerdo con el siguiente cronograma para los respectivos Claustros:


Comicios mayo 2014Horario
Claustro de EstudiantesDías 05, 06 y 07De 9.00 a 21.00 horas
Claustro de GraduadosDías 05, 06 y 07De 9.00 a 21.00 horas
Claustro de DocentesDías 05, 06 y 07De 9.00 a 21.00 horas
Claustro de No DocentesDías 05, 06 y 07De 9.00 a 21.00 horas

ARTICULO 2° — Los electores pertenecientes al Claustro de Estudiantes habrán de elegir:

Cuatro (4) representantes titulares y cuatro (4) representantes suplentes a razón de un por cada Departamento Académico para el Consejo Superior;

Dos (2) representantes titulares y (2) un representantes suplentes para el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.

ARTICULO 3° — Los electores pertenecientes al Claustro de Graduados habrán de elegir:

Un (1) representante titular y un (1) representante suplente, para el Consejo Superior.

Un (1) representante titular y un (1) representante suplente, para el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.

ARTICULO 4° — Los electores pertenecientes al Claustro de Docentes habrán de elegir:

Ocho (8) representantes titulares y cinco (5) representantes suplentes para el Consejo Superior.

Cinco (5) representantes titulares y tres (3) representantes suplentes para el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.

ARTICULO 5° — Los electores pertenecientes al Claustro de No Docentes habrán de elegir:

Un (1) representante titular y un (1) representante suplente para el Consejo Superior.

Un (1) representante titular y un (1) representante suplente para el Consejo Departamental por cada Departamento académico.

ARTICULO 6° — El cierre de los padrones provisorios se producirá el 20 de marzo de 2014 y se exhibirá a partir del día 25 de marzo de 2014. Los padrones definitivos se exhibirán a partir del 09 de abril del 2014.

ARTICULO 7° — El cierre para la presentación de listas de candidatos se producirá el 15 de abril de 2014 a las 20:00 horas, en el lugar designado para el funcionamiento de la Junta Electoral.

ARTICULO 8° — La Junta Electoral funcionará en las oficinas de la Dirección de Asuntos Jurídicos, en la sede de Remedios de Escalada (Edificio Rectorado “José Hernández”) sito en la calle Pablo Nogués S/N, Lanús, Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO  9° — La Junta Electoral estará integrada por el Dr. Edgardo Jorge Guevara (D.N.I. Nº 7.594.714), Director de Asuntos Jurídicos, el Dr. Francisco José Pestanha (D.N.I. Nº 16.920.144), Secretario General de Asuntos Jurídicos e Institucionales y el Cdor. Jorge Raúl Cartocio (D.N.I. Nº 4.709.970), Auditor Interno, designados por la Resolución del Consejo Superior Nº 024/14 de fecha 07 de marzo de 2014.

ARTICULO 10. — Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. — Dr. NERIO NEIROTTI, Vicerrector, Universidad Nacional de Lanús.

e. 27/03/2014 N° 18417/14 v. 27/03/2014