UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS
Resolución Nº 699/2014
Lanús, 18/3/2014
VISTO, el artículo 41 inc. a) del Estatuto de la Universidad Nacional
de Lanús, el Reglamento Electoral aprobado por la Resolución del
Consejo Superior Nº 003/12; y,
CONSIDERANDO:
Que, ante el próximo vencimiento de los mandatos de las autoridades de
los Claustros Docente, No Docente, Estudiantes y Graduados, como así
también de los miembros de los Consejos Departamentales, resulta
necesario instrumentar el proceso electoral pertinente con la finalidad
de su renovación;
Que, el proceso electoral aludido se debe realizar de acuerdo con lo
dispuesto en el Capítulo VII - Régimen Electoral Artículo 61 del
Estatuto y lo dispuesto por el Reglamento Electoral de esta Universidad;
Que, de acuerdo con las normas citadas, corresponde a la Sra. Rectora
efectuar la convocatoria correspondiente y determinar la sede donde
habrán de desarrollarse los comicios, en concordancia con lo que al
respecto determinan los artículos 4 a 7 del Reglamento Electoral;
Que, asimismo, por Resolución del Consejo Superior Nº 024/14 de fecha 7
de marzo de 2014, se han designado a los Sres. Dr. Edgardo Jorge
Guevara, Director de Asuntos Jurídicos, Dr. Francisco José Pestanha,
Secretario General de Asuntos Jurídicos e Institucionales y al Ctdor.
Jorge Raúl Cartocio, Auditor Interno como integrantes de la Junta
Electoral;
Que es atributo del Sr. Vicerrector en ausencia de la Sra. Rectora
normar sobre el particular, conforme a lo establecido en el Artículo Nº
41 y Artículo 42 del Estatuto de la Universidad Nacional de Lanús;
Por ello;
EL VICERRECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Convocar a elecciones generales para los Claustros de:
Docentes, No Docentes, Estudiantes y Graduados de la Universidad
Nacional de Lanús, que se desarrollarán exclusivamente en su sede de 29
de Septiembre Nº 3901, de Remedios de Escalada, Partido de Lanús,
Provincia de Buenos Aires, acuerdo con el siguiente cronograma para los
respectivos Claustros:
| Comicios mayo 2014 | Horario |
Claustro de Estudiantes | Días 05, 06 y 07 | De 9.00 a 21.00 horas |
Claustro de Graduados | Días 05, 06 y 07 | De 9.00 a 21.00 horas |
Claustro de Docentes | Días 05, 06 y 07 | De 9.00 a 21.00 horas |
Claustro de No Docentes | Días 05, 06 y 07 | De 9.00 a 21.00 horas |
ARTICULO 2° — Los electores pertenecientes al Claustro de Estudiantes habrán de elegir:
Cuatro (4) representantes titulares y cuatro (4) representantes
suplentes a razón de un por cada Departamento Académico para el Consejo
Superior;
Dos (2) representantes titulares y (2) un representantes suplentes para
el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.
ARTICULO 3° — Los electores pertenecientes al Claustro de Graduados habrán de elegir:
Un (1) representante titular y un (1) representante suplente, para el Consejo Superior.
Un (1) representante titular y un (1) representante suplente, para el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.
ARTICULO 4° — Los electores pertenecientes al Claustro de Docentes habrán de elegir:
Ocho (8) representantes titulares y cinco (5) representantes suplentes para el Consejo Superior.
Cinco (5) representantes titulares y tres (3) representantes suplentes
para el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.
ARTICULO 5° — Los electores pertenecientes al Claustro de No Docentes habrán de elegir:
Un (1) representante titular y un (1) representante suplente para el Consejo Superior.
Un (1) representante titular y un (1) representante suplente para el Consejo Departamental por cada Departamento académico.
ARTICULO 6° — El cierre de los padrones provisorios se producirá el 20
de marzo de 2014 y se exhibirá a partir del día 25 de marzo de 2014.
Los padrones definitivos se exhibirán a partir del 09 de abril del 2014.
ARTICULO 7° — El cierre para la presentación de listas de candidatos se
producirá el 15 de abril de 2014 a las 20:00 horas, en el lugar
designado para el funcionamiento de la Junta Electoral.
ARTICULO 8° — La Junta Electoral funcionará en las oficinas de la
Dirección de Asuntos Jurídicos, en la sede de Remedios de Escalada
(Edificio Rectorado “José Hernández”) sito en la calle Pablo Nogués
S/N, Lanús, Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 9° — La Junta Electoral estará integrada por el Dr.
Edgardo Jorge Guevara (D.N.I. Nº 7.594.714), Director de Asuntos
Jurídicos, el Dr. Francisco José Pestanha (D.N.I. Nº 16.920.144),
Secretario General de Asuntos Jurídicos e Institucionales y el Cdor.
Jorge Raúl Cartocio (D.N.I. Nº 4.709.970), Auditor Interno, designados
por la Resolución del Consejo Superior Nº 024/14 de fecha 07 de marzo
de 2014.
ARTICULO 10. — Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese. — Dr. NERIO NEIROTTI, Vicerrector, Universidad
Nacional de Lanús.
e. 27/03/2014 N° 18417/14 v. 27/03/2014