SECRETARIA DE ENERGIA Y COMBUSTIBLES

EMPRESAS DEL ESTADO

Decreto N° 8.842/1965

GAS DEL ESTADO. - Plan de acción y presupuesto.

Bs. As., 29/9/65.

VISTO el expediente N° 510.292/65 del registro de la Secretaría de Estado de Energía y Combustibles, por el cual se solicita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto de Explotación de la Empresa Gas del Estado, correspondiente al ejercicio 1965, y

CONSIDERANDO:

Que el Plan de Acción y Presupuesto de Explotación mencionados responden a las necesidades previstas por dicha Empresa, para dar cumplimiento a los programas que tendrá a su cargo durante el ejercicio citado;

Que en los mismos se halla comprendida la distribución de mayores caudales de fluido provenientes de distintas fuentes productoras del país, en especial del importante volumen de gas natural a transportarse por el Gasoducto Santa Cruz-Buenos Aires, lo que obliga a Gas del Estado a continuar las obras iniciadas oportunamente y a realizar otras nuevas, a fin de hacer extensivo al mayor número de usuarios el servicio público que presta, dentro de la máxima eficiencia;

Que se ha considerado, con carácter de subsidio a financiar por el Tesoro Nacional, la suma necesaria para cubrir el déficit que eventualmente resulte de la aplicación de tarifas especiales y de fomento;

Por todo ello, haciendo uso de la facultad que otorga al Poder Ejecutivo Nacional el artículo 4° de la Ley número 13.653  (t. o.) modificada por la Ley N° 15.023,

El Presidente de la Nación Argentina,

Decreta:

Artículo 1° - Apruébase el Plan de Acción de la Empresa Gas del Estado para el ejercicio 1965, que corre anexo como parte integrante del presente decreto.

Art. 2° - Fíjase el presupuesto de Gas del Estado para el ejercicio 1965 en un total de treinta y seis mil setecientos noventa y seis millones doscientos mil pesos moneda nacional (m$n. 36.796.200.000) y estímase los recursos ordinarios y extraordinarios en treinta y seis mil setecientos noventa y seis millones doscientos mil pesos moneda nacional (m$n. 36.796.200.000), en un todo de acuerdo con la discriminación de las planillas anexas que forman parte integrante de este decreto.

Art. 3° - Apruébase el plan analítico por la suma de diez mil doscientos cincuenta millones de pesos moneda nacional (m$n. 10.250.000.000) a realizar en el Ejercicio 1965 por la Empresa Gas del Estado con el carácter de Plan de Inversiones Patrimoniales, de acuerdo con el detalle de las planillas que corren como Anexo N° 11 y que forman parte del presente decreto.

Dichas erogaciones serán atendidas con recursos ordinarios y extraordinarios de la explotación de los servicios a cargo de la Empresa.

Art. 4° - A los ciento veinte (120) días de finalizar el ejercicio, la Empresa Gas del Estado deberá presentar a la Secretaría de Hacienda de la Nación (Dirección General de Finanzas) un estado de ejecución del Plan de Acción y Presupuesto que se aprueban por el presente decreto.

Art. 5° - Dése cuenta al H. Congreso de la Nación.

Art. 6° - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y firmado por los señores Secretarios de Estado de Energía y Combustibles y de Hacienda.

Art. 7° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y pase al Tribunal de Cuentas de la Nación para su conocimiento y demás efectos.

ILLIA. - Fernando Solá. - Antulio F. Pozzio. - Carlos A. García Tudero.