INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 1050/2014
Bs. As., 7/5/2014
VISTO lo dispuesto por el artículo 3° inciso a) y artículo 24 inciso n)
de la Ley 17.741 (t.o. Decreto 1248/01), el Decreto Nº 1536/02, el
Expediente Nº 137/10/INCAA, el Expediente Nº 6505/11/INCAA, el
Expediente Nº 8514/12/INCAA, el Expediente Nº 9950/2013/INCAA, la
Resolución Nº 2736/09/INCAA, la Resolución Nº 2261/2011/INCAA, la
Resolución 3299/2012/INCAA y la Resolución 3689/2013/INCAA, y
CONSIDERANDO:
Que dentro de las medidas de fomento previstas por el artículo 3°
inciso a) de la Ley Nº 17.741 (t.o. Decreto 1248/01), se encuentra la
de propiciar el fomento al desarrollo de la cinematografía argentina en
sus aspectos culturales, técnicos, artísticos, industriales y
comerciales, siendo conducente promover la producción de películas
nacionales de Cortometrajes.
Que en los concursos para la producción al que alude la presente
Resolución, se inscribe en el marco para la promoción de nuevos
realizadores en el ámbito de la producción de películas nacionales de
Cortometrajes.
Que se considera necesaria la modificación del artículo 9° de los
llamados a concursos surgidos conforme Resolución Nº 2736/2009/INCAA y
Resolución Nº 2261/2011 y, de los artículos 10º de los llamados a
concursos surgidos conforme Resolución Nº 3299/2012 y Resolución Nº
3689/2013, respectivamente.
Que la modificación en los artículos señalados supone la necesidad de
adecuar la suma facultativa al momento en que sea solicitada,
equiparándola hasta el 10% del monto otorgado como premio del último
llamado a Concurso “HISTORIAS BREVES” al momento de la solicitud.
Que atento a ello, corresponde aplicar la modificación indicada a los
concursos habitualmente denominados como “Historias Breves”.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del
artículo 3° inciso e) de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y su
modificatoria.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Modifícase el artículo NOVENO de los llamados a concursos
surgidos conforme Resolución Nº 2736/2009/INCAA y Resolución Nº
2261/2011 y, de los artículos DECIMOS de los llamados a concursos
surgidos conforme Resolución Nº 3299/2012 y Resolución Nº 3689/2013,
respectivamente, que quedarán redactados de la siguiente manera:
“Además de los aportes indicados precedentemente, el INSTITUTO NACIONAL
DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES podrá facilitar al realizador de cada
proyecto ganador que haya terminado el cortometraje en tiempo y forma
la suma de hasta el 10% del monto otorgado como premio del último
llamado a Concurso ‘HISTORIAS BREVES’ al momento de la solicitud, que
se aplicarán en los casos de concurrencia a festivales internacionales
reconocidos al que fuere invitado a participar: a gastos necesarios
para la obtención de una (1) copia digital subtitulada y/o gastos de
impresiones y/o un pasaje en clase económica al destino de
concurrencia. La suma indicada es facultativa en cuanto a su entrega y
monto total para dicha finalidad, y en caso de otorgarse será por única
vez.
ARTICULO 2° — Déjese constancia que la presente medida es de aplicación
a favor de la Resolución Nº 2736/2009/INCAA, Resolución Nº
2261/2011/INCAA, Resolución Nº 3299/2012/INCAA y Resolución Nº
3689/2013/INCAA, como así también, de las que surgieren en un futuro.
ARTICULO 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y oportunamente archívese. — LUCRECIA CARDOSO,
Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 13/05/2014 Nº 30530/14 v. 13/05/2014