MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 804/2014
Dase por designado el Director Nacional de Proyectos, Evaluación de Normas y Cooperación Legislativa.
Bs. As., 29/5/2014
VISTO el Expediente Nº 9.094/2014 del Registro del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de
marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y 328 de fecha 7 de marzo de 2012 y la Resolución
Conjunta de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 244 y de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nº 210 de fecha
25 de julio de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2014.
Que por el Artículo 7° de la citada ley se dispuso el congelamiento de
los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de la
misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y
de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Artículo 10 de la referida ley se dispuso que las facultades
otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas
por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político
de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por
el Inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por el Decreto Nº 328/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que por el Artículo 1° de la Resolución Conjunta citada en el Visto se
incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo de Director
Nacional de Proyectos, Evaluación de Normas y Cooperación Legislativa
dependiente de la SUBSECRETARIA DE ARTICULACION LEGISLATIVA de la
SECRETARIA DE COOPERACION CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS
PUBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD se encuentra vacante el
cargo antes indicado, resultando indispensable proceder a su cobertura
transitoria de manera inmediata, a fin de cumplir en tiempo y forma las
exigencias del servicio.
Que por el Decreto Nº 2.098/08, se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SI.N.E.P.).
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la
presente medida.
Que el Doctor Don Gustavo Lucio TORRES (D.N.I. Nº 20.745.931) reúne los
conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del
cargo, no obstante corresponde aprobar su designación con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A,
establecidos en el Artículo 14 del Convenio citado precedentemente.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02, en su Artículo 6°, establece que los
proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no
impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el
ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados
por la documentación detallada en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo
de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el referido Artículo 6°
del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Doctor Don Gustavo Lucio TORRES ha efectuado una real y efectiva
prestación de servicios desde el 1° de marzo de 2014 y continúa, siendo
procedente designarlo con efectos a esa fecha.
Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
SEGURIDAD.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los
Artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y a tenor de lo dispuesto por el
Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designado a partir del 1° de marzo de 2014, con carácter transitorio y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
de la fecha de la presente medida, en UN (1) cargo Nivel A - Grado 0,
como Director Nacional de Proyectos, Evaluación de Normas y Cooperación
Legislativa dependiente de la SUBSECRETARIA DE ARTICULACION LEGISLATIVA
de la SECRETARIA DE COOPERACION CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS
PUBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, al Doctor Don
Gustavo Lucio TORRES (D.N.I. Nº 20.745.931), autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel l del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto Nº 2.098/08, con
carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley Nº
26.895 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos de acceso al Nivel A, establecidos en el Artículo 14 del
Convenio citado precedentemente.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SI.N.E.P.), homologado por Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la
presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41
- MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — María C.
Rodríguez.