MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 732/2014

Bs. As., 14/5/2014

VISTO el Expediente Nº 1.591.851/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546 y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.591.851/13, obra el acuerdo celebrado entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES por el sector sindical y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece la conformación de las remuneraciones para las categorías allí indicadas.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 61 de fecha 30 de enero de 2014, obrante a fojas 30/32 se declaró constituida la comisión negociadora.

Que el presente es concertado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 567/03 “E”, suscripto oportunamente por la empresa TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM SOCIEDAD ANONIMA.

Que con la documental obrante a foja 11/16 ha quedado acreditado que dicha empresa es la antecesora de la firma TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para alcanzar el presente conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA  DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.591.851/13, celebrado entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES por el sector sindical y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.591.851/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 567/03 “E”.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de  carácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.591.851/13

Buenos Aires, 19 de Mayo de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 732/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 614/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 12 días del mes de agosto de 2013, se reúnen, por una parte los Sres. Osvaldo ladarola, Claudio Marín y Alejandro Tagliacozzo, en representación de FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, y por la otra, los Sres. Marcelo Villegas, Mariano Muñoz, Roberto Traficante y Jorge Locatelli, en representación de TELECOM ARGENTINA S.A., quienes manifiestan:

Conforme el punto Segundo del acuerdo al que las partes arribaran con fecha 1 de julio de 2013, en el que se estableció la creación de las categorías 5’, 6’ y 7 para las escalas salariales del Convenio Colectivo de Trabajo 567/03 E, se adjuntan los cuadros correspondientes a los montos y fechas de vigencia de cada una de ellas.

Escala salarial julio a septiembre 2013

CategoríaBásicoAdicional EspecialActa 12/08/13Acuerdo 2013Compensación mensual por ViáticosCompensación Tarifa TelefónicaConformado total
5’5 8141 3108161.12396035710.380
6’6 3571 4358831 23796035711.229
76 8991 5619601 35296035712.089

Escala salarial octubre a diciembre 2013

CategoríaBásicoAdicional EspecialActa 12/08/13Acuerdo 2013Compensación mensual por ViáticosCompensación Tarifa TelefónicaConformado total
5’6 0691 31081686896035710.380
6’6 6321 43588396296035711.229
77 1951 5619601 05696035712.089

Escala salarial enero a marzo 2014

CategoríaBásicoAdicional EspecialActa 12/08/13Acuerdo 2013Compensación mensual por ViáticosCompensación Tarifa TelefónicaConformado total
5’6 4761 3104091 72296035711.234
6’7 0731 4354421 88696035712.153
77 6721 5614832.05096035713.083

Escala salarial abril a mayo 2014

CategoríaBásicoAdicional EspecialActa 12/08/13Acuerdo 2013Compensación mensual por ViáticosCompensación Tarifa TelefónicaConformado total
5’6 8011 3104091 39796035711.234
6’7 4251 4354421 53496035712.153
78 0511 5614831 67196035713.083

Escala salarial desde junio 2014

CategoríaBásicoAdicional EspecialActa 12/08/13Acuerdo 2013Compensación mensual por ViáticosCompensación Tarifa TelefónicaConformado total
5’7 1131 3104091 08596035711.234
6’7 7621 4354421.19796035712.153
78 4141 5614831 30896035713.083

Las Partes acuerdan solicitar a la Autoridad de Aplicación la correspondiente homologación del presente acuerdo.

No siendo para más, finaliza el acto firmando los comparecientes de conformidad, tres ejemplares del presente de un mismo tenor y a un solo efecto.