MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 831/2014
Declárase de Interés Nacional la participación argentina en la “Expo Milano 2015”.
Bs. As., 2/6/2014
VISTO el Expediente Nº 40.505/2013 del Registro del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, el Decreto Nº 901
de fecha 7 de junio de 2012, y el Decreto Nº 280 de fecha 23 de febrero
de 1995 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que a través del expediente citado en el Visto, se tramitó la
invitación que el Gobierno de la REPUBLICA ITALIANA formuló a la
REPUBLICA ARGENTINA a participar en la “EXPO MILANO 2015”, a celebrarse
entre el 1° de mayo y el 31 de octubre de 2015 en la Ciudad de Milán,
REPUBLICA ITALIANA, con el lema “Alimentar el planeta, Energía para la
vida”, y se concretó la firma del Contrato de Participación en la
citada Exposición.
Que la mencionada Exposición es regulada por la Oficina Internacional
de Exposiciones (BIE), Organización Internacional con sede en la Ciudad
de París, REPUBLICA FRANCESA, creada por la Convención relativa a las
Exposiciones Internacionales de 1928, con el fin de supervisar el
calendario, realizar la selección de las sedes y llevar adelante la
organización de exposiciones mundiales e internacionales.
Que la REPUBLICA ARGENTINA adhirió a dicha Convención el 7 de diciembre de 1982.
Que, de acuerdo a lo dispuesto por los incisos 3, 16 y 21 del Artículo
18 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº
438/92) y sus modificaciones, compete al MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO entender, desde el punto de vista de la política
exterior, en la participación en reuniones, congresos y conferencias de
carácter internacional y en las misiones especiales ante los organismos
internacionales; en la promoción y difusión de la imagen de la
República en el exterior; y en la promoción, organización y
participación en exposiciones, ferias, concursos y muestras en el
exterior.
Que el Decreto Nº 901/12 establece como uno de los objetivos de la
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE INVERSIONES Y PROMOCION COMERCIAL,
dependiente de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el de elaborar
argumentos para la promoción de sectores y áreas geográficas
estratégicas que permitan promover a la República como un destino
atractivo a la inversión extranjera.
Que la “EXPO MILANO 2015” resulta un acontecimiento de interés mundial
que tiene por objeto poner de relieve la situación que se origina en el
desafío alimentario y su sustentabilidad, el hambre en el mundo, la
salud alimentaria, el derecho al alimento y la producción agrícola
sustentable.
Que resulta ser una oportunidad propicia para intercambiar experiencias
y compartir visiones para la solución de esos importantes desafíos
globales como así también para proponer medidas que permitan
desarrollar tecnologías de alimentación del futuro y conocer la
estrecha relación entre la nutrición, la salud, el desarrollo
sustentable y las tradiciones culturales de los pueblos.
Que la participación en ese tipo de encuentros brinda una importante
oportunidad para difundir la oferta exportable argentina, las
posibilidades de inversión que posibiliten el relacionamiento
económico-comercial bilateral y multilateral y la diversificación del
comercio contribuyendo a comunicar la imagen de la REPUBLICA ARGENTINA
y de sus productos en el mundo.
Que la fructífera trayectoria de la REPUBLICA ARGENTINA en la
participación de eventos de esa naturaleza se remonta al año 1855,
siendo el país latinoamericano con mayor frecuencia de participación en
los mismos.
Que la alta prioridad que la temática referida representa y la
oportunidad que brinda para nuestro país torna conveniente contar con
una activa presencia en la citada exposición universal y amerita
declarar de Interés Nacional la participación argentina en el evento.
Que, por sus competencias asignadas, resulta apropiado que la
participación argentina en la “EXPO MILANO 2015” esté a cargo del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, en cuyo ámbito se creará
una Comisión Asesora Interjurisdiccional encargada del análisis,
organización y ejecución de dicha participación.
Que, la FUNDACION EXPORTAR es una entidad sin fines de lucro presidida
de manera Honoraria por la Señora Presidenta de la Nación y por los
Señores Ministros de Relaciones Exteriores y Culto y de Economía y
Finanzas Públicas conforme el Artículo 6° de su Estatuto Social, que
tiene por objeto fundacional el desarrollo de acciones específicas en
las actividades de promoción de exportaciones que complementen al
sector privado, en particular a la pequeña y mediana empresa, así como
a los organismos oficiales del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con
el Artículo 3° de dicho Estatuto.
Que, en el marco de su objeto social y de conformidad con el Artículo
4° de su Estatuto Social, “A los efectos de implementar los fines
enunciados en el artículo anterior, la Fundación podrá llevar a cabo
las siguientes actividades: 1) Ferias, Exposiciones y misiones
comerciales en el Exterior.”; siendo que desde su creación en el año
1993 la FUNDACION EXPORTAR ha realizado exitosamente innumerables
actividades de esta naturaleza en el exterior en articulación con el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y las Embajadas y
Consulados argentinos en el mundo.
Que las actividades a realizar para el funcionamiento de la “EXPO
MILANO 2015” implican el desplazamiento de técnicos, ingenieros,
arquitectos, diseñadores, artistas, académicos y periodistas que no son
alcanzados por la normativa vigente en materia de viajes al exterior y
las correspondientes asignaciones de órdenes de pasajes y pago de
viáticos.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su
competencia.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SUBSECRETARIA
DE DESARROLLO DE INVERSIONES Y PROMOCION COMERCIAL, la SECRETARIA DE
COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL, la SECRETARIA DE RELACIONES
EXTERIORES y la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el
ámbito de sus respectivas competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Declárase de Interés Nacional la participación
argentina en la “EXPO MILANO 2015”, que se llevará a cabo en la Ciudad
de Milán, REPUBLICA ITALIANA, entre los días 1° de mayo y 31 de octubre
de 2015.
Art. 2° — Asígnase la responsabilidad de coordinar la
organización de la participación argentina en el referido evento al
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 3° — Créase en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO una Comisión Asesora Interjurisdiccional que se
constituirá en un plazo máximo de TREINTA (30) días a partir de la
fecha del presente decreto, a fin de coordinar las acciones necesarias
para la participación argentina en la “EXPO MILANO 2015”, y que cesará
en su funcionamiento al momento de finalización de la Exposición.
Art. 4° — La Comisión creada por el artículo anterior estará
presidida por el titular de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE
INVERSIONES Y PROMOCION COMERCIAL, dependiente de la SECRETARIA DE
RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, e integrada por representantes de las siguientes
áreas de gobierno:
• MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
• MINISTERIO DE TURISMO
• MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
• MINISTERIO DE CULTURA
• SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
• SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Cada una de estas áreas deberá designar, dentro de los TREINTA (30)
días de la fecha del presente decreto, a un funcionario titular con
rango no inferior a Director Nacional como así también a un funcionario
suplente, para participar de dicha Comisión.
La participación en la mencionada Comisión será con carácter ad-honorem.
La Comisión Asesora Interjurisdiccional, podrá requerir, de las áreas
involucradas, el pertinente apoyo de recursos materiales y humanos.
Art. 5° — Convócase a formar parte de la citada Comisión a la
FUNDACION EXPORTAR, con el fin de asistir, colaborar y desarrollar
acciones correspondientes a potenciar la participación argentina en la
“EXPO MILANO 2015”.
Art. 6° — La Comisión Asesora Interjurisdiccional tendrá a su
cargo el análisis de la participación a desarrollar por nuestro país,
formulando propuestas para lograr la mejor manera de representar a la
REPUBLICA ARGENTINA en el tema específico de la “EXPO MILANO 2015”,
“Alimentar el planeta, Energía para la vida” y sobre las distintas
etapas a cumplir para que esta representación resulte exitosa.
Art. 7° — Facúltase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO a definir los aspectos vinculados a la participación argentina en
la “EXPO MILANO 2015” a ser implementados con la FUNDACION EXPORTAR, en
particular aquellos aspectos vinculados al diseño, construcción,
operación y desarme del Pabellón Argentino. A estos efectos, el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO celebrará convenios
específicos con la FUNDACION EXPORTAR.
Art. 8° — Autorízase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO a extender órdenes de pasajes y a pagar viáticos, aplicando el
Nivel Jerárquico III del Decreto Nº 280/95 y sus modificatorios, para
los técnicos, ingenieros, arquitectos, diseñadores, artistas,
académicos y periodistas cuyos desplazamientos resulten imprescindibles
para la participación argentina en la “EXPO MILANO 2015”.
Art. 9° — El gasto que demande el cumplimiento del presente
decreto será atendido con cargo a las partidas presupuestarias de la
Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M.
Capitanich. — Héctor M. Timerman.