MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 740/2014


Bs. As., 20/5/2014

VISTO el Expediente Nº 1.521.299/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley Nº 23.546, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.521.299/12 obra el acuerdo celebrado, en marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75, entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical y la EMPRESA SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO, EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP) por la parte empresaria, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el referido acuerdo, las partes pactan sustancialmente, la conformación de la Estructura Orgánica de los distintos niveles y categorías del Convenio Colectivo de Trabajo precitado, del Departamento Coordinación de Programas Especiales del Area Metropolitana, conforme los detalles allí impuestos.

Que corresponde aclarar que el Anexo I obrante a foja 6 de las presentes actuaciones, no se encuentra comprendido en la homologación que por el presente acto se dispone, atento a que la individualización allí prevista resulta ser ajena al ámbito colectivo.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 928 del 15 de octubre de 2013 se declaró constituida la Comisión Negociadora, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23.546 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con los alcances y limitaciones que se precisan en el considerando tercero de la presente medida.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical y la EMPRESA SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO, EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP) por la parte empresaria, obrante a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.521.299/12, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.521.299/12.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.521.299/12

Buenos Aires, 21 de Mayo de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 740/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/5 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 647/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Resistencia, capital de la provincia del Chaco, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil doce, entre el directorio de SERVICIO ENERGETICO DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL en adelante denominada “LA EMPRESA”, representada en este acto por su presidente el Sr. Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos, Ingeniero OMAR VICENTE JUDIS y los Sres. Vocales Dr. MARCOS ANTONIO VERBEEK e Ing. MIGUEL ARMANDO MALARIN, y la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (FATLYF) representada en este acto por los Sres. RUBEN DARIO BETTINOTTI y JUAN CARLOS MENENDEZ en su carácter de Secretario Gremial e integrante del Departamento de Acción Gremial respectivamente, en adelante denominada “LA FEDERACION”, manifiestan que se reúnen con el objeto de convenir metodología de organización básica de estructuras tendiente a dar respuesta al requerimiento del AREA DE PROGRAMAS ESPECIALES DEL AREA METROPOLITANA. A tal fin LAS PARTES acuerdan suscribir el presente que se regirá por las normativas vigentes aplicables:

PRIMERA: LA EMPRESA, en el marco del derecho que le compete para definir y determinar las políticas de Dirección y Organización, promocionará a los trabajadores, brindando a los mismos una capacitación específica, con el objeto de adquirir los conocimientos a fin de realizar las tareas propias de la actividad a desarrollar.

SEGUNDA: Las personas, cuyos datos figuran en la planilla anexa, pasarán a conformar la Estructura Orgánica en los distintos niveles y categorías del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75, del Departamento COORDINACION DE PROGRAMAS ESPECIALES DEL AREA METROPOLITANA.

TERCERA: Los agentes del Departamento que al momento de la firma del presente, revisten la Categoría 1 (uno); pasarán a revestir la Categoría 5 (cinco) por el período de 1 (un) año. En este período deberán cursar y aprobar satisfactoriamente cursos de capacitación referentes a la Seguridad e Higiene en el Trabajo y de Electricidad para Empresa de distribución de energía eléctrica.

A futuro, las partes intervinientes en el presente Acta Acuerdo, analizarán y dispondrán las re categorizaciones y/o ascensos a las siguientes Categorías previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75 siempre que existan las vacantes normadas en el Art. 15 del CCT 36/75, teniendo en cuenta las necesidades y disponibilidad; evaluando las condiciones, perfeccionamiento y desempeño laboral satisfactorio de los agentes.

CUARTA: Las partes establecen que los trabajadores que a la firma de la presente revisten en la categoría Inicial (Ingresante) y que se desempeñan en el Departamento de Coordinación de Programas Especiales del Area Metropolitana y que hayan cumplimentado los dos (2) años de actividad pasarán a revestir en la categoría 1 del CCT Nº 36/75.

No siendo para más, previa lectura y ratificación; se suscriben cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y efecto.

ORGANIGRAMA DEPARTAMENTOS - GERENCIA GENERAL