MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 909/2014
Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Proyectos, Evaluación de Normas y Cooperación Legislativa.
Bs. As., 11/6/2014
VISTO el Expediente Nº 9091/2013 del registro del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2098 de
fecha 3 de diciembre de 2008, 965 de fecha 22 de junio de 2012 y 2264
de fecha 22 de noviembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 965/12 se designó transitoriamente al
Licenciado Don Juan Estanislao LÓPEZ CHORNE por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles como Director Nacional de Proyectos,
Evaluación de Normas y Cooperación Legislativa dependiente de la
SUBSECRETARIA DE ARTICULACION LEGISLATIVA de la SECRETARIA DE
COOPERACION CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PUBLICOS Y
LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que por conducto del Decreto Nº 2264/12 se dio por autorizado a partir
del 25 de julio de 2012 el pago de la Función Ejecutiva Nivel I del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº
2098/08, correspondiente al citado cargo, al Licenciado Don Juan
Estanislao LÓPEZ CHORNE.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso
de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual
el MINISTERIO DE SEGURIDAD solicita la prórroga de la designación
transitoria aludida.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, en su artículo 6°,
establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones,
contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación
de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán
ser acompañados por la documentación detallada en la Circular Nº 4 de
fecha 15 de marzo de 2002 del Secretario Legal y Técnico de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que el agente involucrado en el presente decreto se encuentra
exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº
601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02 por haber dado cumplimiento
oportunamente.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a
tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
prorrogada, a partir del 19 de marzo de 2013 —fecha de su vencimiento—
y hasta el 2 de junio de 2013 inclusive, la designación transitoria
efectuada en los términos del Decreto Nº 965/12 del Licenciado Don Juan
Estanislao LÓPEZ CHORNE (D.N.I. Nº 24.458.050), en UN (1) cargo Nivel A
- Grado 0, como Director Nacional de Proyectos, Evaluación de Normas y
Cooperación Legislativa dependiente de la SUBSECRETARIA DE ARTICULACION
LEGISLATIVA de la SECRETARIA DE COOPERACION CON LOS PODERES JUDICIALES,
MINISTERIOS PUBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD,
autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto Nº
2098/08 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos de acceso al Nivel A, establecidos en el artículo 14 del
Convenio citado precedentemente.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — María C.
Rodríguez.