ELEVANSE A EMBAJADAS DIVERSAS REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Decreto-Ley N°1.114/1956

Bs. As., 23/1/56

VISTO: Lo informado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y,

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 2.439-M.113, del 24 de febrero de 1955, el Poder Ejecutivo de la Nación, resolvió elevar a embajada la categoría de la Representación diplomática permanente de la República en el Estado de Israel, título de reciprocidad;

Que el proyecto de ley correspondiente, que fuera elevado a consideración del Poder Legislativo Nacional, no alcanzó a tomar la necesaria sanción legal;

El Presidente Provisional de la Nación Argentina, en ejercicio del Poder Legislativo, Decreta con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Ratifícase desde la fecha de su dictado el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 2.439-M. 113, del 24 de febrero de 1955, por el que se dispone elevar a la categoría de Embajada la Representación diplomática permanente de la República en el Estado de Israel, a título de reciprocidad.

Art. 2° - Dése cuenta oportunamente al Honorable Congreso de la Nación.

Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional a la Dirección General del Registro Nacional y archívese. 

ARAMBURU. - Isaac Rojas. - Luis A. Podestá Costa. - Julio A. Krause. - Teodoro Hartung. - Arturo Ossorio Arana.