ELEVANSE A EMBAJADAS DIVERSAS REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Decreto-Ley 1.113/1956

Bs. As., 23 de enero de 1956

VISTO:  Lo informado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 960 M. 19 de 25 de enero de 1955, el Poder Ejecutivo de la Nación resolvió elevar a Embajada la categoría de la representación diplomática permanente de la República de Turquía, a título de reciprocidad;

Que el proyecto de ley correspondiente, que fuera elevado a consideración del Poder Legislativo Nacional no alcanzó a tener la necesaria sanción legal;

El Presidente Provisional de la Nación Argentina, en Ejercicio del Poder Legislativo, Decreta con fuerza de

Ley:


Artículo 1° - Ratifícase desde la fecha de su dictado el decreto del Poder Ejecutivo Nacional 960 M. 19 del 25 de enero de 1955, por el que se dispone elevar a la categoría de Embajada la Representación diplomática permanente de la República en la República de Turquía, a título de reciprocidad.

Art. 2° - Dése cuenta oportunamente al Honorable Congreso de la Nación.

Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese.

ARAMBURU. - Isaac Rojas. - Luis A. podestá Costa. - Julio A. Krause. - Teodoro Hartung. - Arturo Ossorio Arana.