JUSTICIA DEL TRABAJO

LEY N° 15.261

Transferencias de cargos de representantes del ministerio público ante la Justicia del Trabajo de la Capital de la República y créanse Procuradurías Fiscales Federales.

Sancionada: diciembre 9 de 1959

Promulgada: diciembre 17 de 1959

POR CUANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

ARTICULO 1° - Cuatro de los quince cargos de representantes que forman parte del ministerio público ante la Justicia del Trabajo de la Capital de la República, se transfieren al ministerio público ante los juzgados federales de la misma jurisdicción, creándose con ellos otras tantas procuradurías fiscales federales.

ARTICULO 2° - El Poder Ejecutivo determinará cuáles serán los cargos que cambiarán de fuero y distribuirá la competencia de las actuales procuradurías fiscales federales, de las que por esta ley se establecen y de las que pudieran crearse en el futuro.

ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a nueve días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y nueve.

J. M. GUIDO      F. F. MONJARDIN
Alejandro N. Barraza      Guillermo González

Registrada bajo el N° 15.261