MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 924/2014
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente N° 1.615.490/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 65 del Expediente N° 1.615.490/14 obra el acuerdo celebrado
entre la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA y la UNION OBREROS Y
EMPLEADOS PLASTICOS, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes convienen prorrogar las
condiciones generales del Convenio Colectivo de Trabajo N° 419/05,
suscripto por idénticas partes, por el plazo de cinco años a partir de
la firma del acuerdo.
Que cabe destacar que las Leyes N° 18.338 y N° 18.107, citadas en los
artículos 30 y 31, respectivamente, del convenio colectivo referido, no
se encuentran vigentes y que las materias establecidas en los artículos
en cuestión están actualmente reguladas por la Ley N° 20.744 (t.o.
1976) y sus modificatorias y la Ley N° 24.714, respectivamente.
Que el ámbito de aplicación se corresponde con el alcance de
representación de la entidad empresaria signataria y de la asociación
sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y a fojas 66 ratifican en todos sus
términos el mentado acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones Laborales
del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto
administrativo de homologación, con los alcances que se precisan en el
considerando tercero de la presente medida.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la CAMARA
ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA y la UNION OBREROS Y EMPLEADOS
PLASTICOS, que luce a fojas 65 del Expediente 1.615.490/14 conforme a
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General
de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre
el acuerdo obrante a fojas 65 del Expediente 1.615.490/14.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo N° 419/05.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.615.490/14
Buenos Aires, 24 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 924/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 65 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 821/14. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Entre la Cámara Argentina de la Industria Plástica, con domicilio en la
calle Salguero 1939, Capital Federal, representada por los Sres.
Antonio Paolini, Mauricio R. Scatamacchia, Juan Diego Stellatelli
Rodolfo Johannes, Alejandro Strauss, Ariel R. Brusadin, Daniel
Nosovitzky y Oscar Sánchez por una parte y la Unión Obreros y Empleados
Plásticos, domiciliada en Pavón 4175, representada por los Sres.
Alberto O. Murúa, Alvaro S. Rodríguez, Sergio A. Bugallo, Carlos O.
Coma, y María L. Vázquez por la otra, se conviene lo siguiente:
PRIMERO: Ambas partes y los firmantes del presente acta, declaran que
son integrantes en representación de las entidades nombradas
precedentemente, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Trabajo N° 419/05, conforme a lo determinado en el expediente Nº
1.252.511/07, de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del
Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo, de fecha 17 de
diciembre de 2007.
SEGUNDO: En virtud de que las condiciones generales del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 419/05 han vencido el 18 de mayo ppdo., las
partes acuerdan prorrogar las mismas por el plazo de cinco años (5
años), a partir de la fecha del presente acta. Se deja constancia que
son objeto de la aludida prórroga los capítulos II a VII inclusive del
aludido convenio. Durante la vigencia de la prórroga, las partes cuando
lo consideren necesario procederán a actualizar los sueldos y salarios,
conforme a las necesidades del momento.
Las partes se comprometen a elevar el presente acuerdo al Ministerio de
Trabajo, Seguridad Social y Empleo a los fines de su homologación y
registro.
En prueba de conformidad, se firman 3 (tres) ejemplares de igual tenor
y a los mismos efectos en la ciudad de Buenos Aires, a los 11 días del
mes de Junio de 2014.
Expediente Nro. 1.615.490/14
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los doce días del mes de junio
del año dos mil catorce, siendo las 15:00 horas, comparecen en forma
espontánea ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL -
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo. Ante mí Roque Francisco
VILLEGAS, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones
Laborales N° 2 - Dirección de Negociación Colectiva, lo hacen por la
UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS (UOyEP), comparecen los señores:
Alberto MURUA (M.I. 12.678.253); Alvaro RODRIGUEZ (M.I. 10.088.043),
Carlos COMA (M.I. 11.375.889), Sra. María Luisa VAQUEZ (M.I.
06.426.771) y el doctor Pablo Enrique HERNANDEZ (M.I. 10.854.128), por
una parte y por la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA comparecen
los señores Antonio PAOLINI (M.I. 05.922.883), Mauricio SCATAMACCHIA
(M.I. 04.976.328) y Oscar Eduardo SANCHEZ (MI 4.525.494) todos en
calidad de miembros paritarios; acreditados en autos.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, éste procede a
conceder el uso de la palabra a ambas partes manifiestan: Que por este
acto vienen a agregar a estas actuaciones un acuerdo al que arribaron
en forma directa y privada el mismo consta de una (1) foja. Solicitando
se proceda a la homologación del mismo.
Siendo las 15:30 horas, se da por finalizado el acto firmando el
compareciente de conformidad, previa lectura y ratificación, ante mí,
funcionario que CERTIFICO.