MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 274/2014

Bs. As., 12/6/2014

VISTO el Expediente Nº 106.048/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA Seccional Sur, por la parte gremial y la empresa TRANSCOMAHUE SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho Acuerdo ha sido ratificado a foja 26 por la entidad central con personería gremial de la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA.

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece un incremento salarial dentro de los términos y lineamientos estipulados.

Que el presente resultará de aplicación para el personal comprendido en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 982/08 “E”, cuyas partes signatarias coinciden con los actores intervinientes en autos.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 738/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONALDE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA Seccional Sur y la empresa TRANSCOMAHUE SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 106.048/13, ratificado por la entidad central de dicha asociación gremial, conjuntamente con el Acta Complementaria obrante a foja 26 del Expediente Nº 106.048/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo y Acta Complementaria obrantes a fojas 2/3 y 26 del Expediente Nº 106.048/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 982/08 “E”.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y Acta Complementaria homologados y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 106.048/13

Buenos Aires, 13 de Junio de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 274/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 y 26 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 786/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.

Asociación de Profesionales Universitarios del Agua y la Energía Eléctrica (APUAYE) y TRANSCOMAHUE S.A.

En el marco de la negociaciones salariales y paritarias, APUAYE, atento a la solicitud de LA EMPRESA, en forma responsable entiende el contexto financiero y económico en que se encuentra inmersa TRANSCOMHAUE S.A. y en consecuencia, ambas partes aceptan que el presente acuerdo responde a la reanudación de las negociaciones acordada en el artículo cuarto del acuerdo del 12 de agosto del corriente signado entre las partes, y es a cuenta de la recomposición salarial del período anual en curso y que las mismas reanudarán las negociaciones en la segunda quincena de enero del año 2014 para definir el porcentaje total a implementar correspondiente al período anual 2013.

ACTA ACUERDO OCTUBRE 2013

En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, a los 16 días del mes de octubre del año 2013, entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE), representada por el CPN Edgardo Echegaray y el Lic. Gerardo Enrique Steingold en carácter de Presidente y Secretario de la Comisión Directiva Seccional Sur de APUAYE respectivamente y el Ing. Guillermo Mckidd en carácter de delegado del personal profesional universitario que labora en la empresa, y los Ingenieros Miguel A. Scarso y Ana Graciela Ridl en calidad de Presidente y Vice-Presidente de TRANSCOMAHUE S.A.; se reúnen para convenir los términos y condiciones del presente acta acuerdo.

PRIMERO: LAS PARTES acuerdan un incremento salarial para cada categoría del 18% sobre el “Sueldo Básico Mensual” e “Incentivo Personal” referidos en el Art. 17 de CCT 982/08 E, con todos sus efectos legales y convencionales, con vigencia a partir del 01 de Septiembre de 2013 calculado sobre la escala salarial del mes de Abril de 2013.

Sueldo Básico Mensual vigente a ABRIL de 2013 para cada nivel:

CategoríaSueldo Básico
I$ 2.969,34
II$ 3.706,23
III$ 5.225,99
IV$ 6.175,84
V$ 7.362,85

Sueldo Básico Mensual vigente a SEPTIEMBRE de 2013 para cada nivel:

CategoríaSueldo Básico
I$ 3.503,82
II$ 4.373,35
III$ 6.166,67
IV$ 7.287,49
V$ 8.688,16

SEGUNDO: El retroactivo correspondiente septiembre del presente año, será abonado en dos cuotas iguales y consecutivas con las remuneraciones del mes de octubre y noviembre de 2013.

TERCERO: El incremento salarial del presente acuerdo es a cuenta de la recomposición salarial total, a definir entre las partes, correspondiente al período anual 2013.

CUARTO: LAS PARTES acuerdan reanudar las negociaciones salariales referidas en el artículo TERCERO en la segunda quincena del mes de enero del año 2014.

QUINTO: Cualquiera de las partes signatarias podrá pedir la homologación del presente acta ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación.

En prueba de conformidad, leído y ratificado por LAS PARTES el presente acuerdo en todos sus términos se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

EXPEDIENTE Nº 106.048/13

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los nueve días del mes de mayo de 2014, siendo las 15:00 horas, comparece espontáneamente al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO y por ante la Señora Secretaria de Conciliación del DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 1, Licenciada Silvia Suárez, la Licenciada Irene LOPEZ, en su calidad de Apoderada por la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, se concede la palabra a la compareciente, que expresa: Que viene por este acto a cumplir con lo ordenado en dictamen de fs. 14/16, y procede a ratificar en todos y cada uno de sus términos el Acta Acuerdo de fs. 2/3, solicitando se proceda a su homologación. Asimismo, procede a agregar copia de poder de la suscripta con facultades suficientes para negociar colectivamente.

No siendo para más, se da por finalizado el acto, firmando de conformidad por ante mí que para constancia CERTIFICO.