MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 982/2014
Bs. As., 26/6/2014
VISTO el Expediente Nº 556.963/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la
ASOCIACION DE SUPERVISORES, TECNICOS, ADMINISTRATIVOS Y VIGILANCIA DE
LA INDUSTRIA DE LA CARNE (A.S.T.A.V.I.C. SANTA FE), por el sector
gremial, y la empresa JBS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y la CAMARA DE
FRIGORIFICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, por el sector empleador,
obrante a fojas 36 del Expediente Nº 556.963/13, conforme lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el precitado acuerdo las partes convienen los salarios básicos
con vigencia desde el 1° de diciembre de 2013, para el personal
comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 548/08.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la
aptitud representativa del sector empresario signatario y de la
organización sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta
Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado
Acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la
ASOCIACION DE SUPERVISORES, TECNICOS, ADMINISTRATIVOS Y VIGILANCIA DE
LA INDUSTRIA DE LA CARNE (A.S.T.A.V.I.C. SANTA FE), por el sector
gremial, y la empresa JBS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y la CAMARA DE
FRIGORIFICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, por el sector empleador,
obrante a fojas 36 del Expediente Nº 556.963/13, conforme a lo
dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la
Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente
de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo obrante a fojas 36 del Expediente Nº 556.963/13.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245
de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Cumplido
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 548/08.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 556.963/13
Buenos Aires, 30 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 982/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 36 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 871/14. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Exp. Nº 556.963/2013
ACTA ACUERDO SALARIAL
RAMA EXPORTACION CCT 548/08
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 17 días del mes
de Diciembre de 2013 se reúnen La ASOCIACION DE SUPERVISORES, TECNICOS,
ADMINISTRATIVOS Y VIGILANCIA DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE
(A.S.T.A.V.I.C.), con domicilio legal en calle C. Colón Nº 3115 de esta
ciudad de Rosario representado en este acto por los Sres. Juan Carlos
Bertral y Francisco Polinori, en su condición de representantes
paritarios titulares de la entidad sindical, en representación de la
empresa J.B.S. ARGENTlNA S.A. lo hacen el Sr. David Piniero y el Dr.
Rafael Armas, también como paritario titular. Por la CAMARA DE
FRIGORIFICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (CAFRISA) en la condición de
paritario titular lo hace el Dr. Sebastián Bendayan, a los fines de
negociar los nuevos valores básicos para las categorías vigentes del
CCT 548/08.
Luego de un intercambio de opiniones las partes manifiestan haber arribado al siguiente acuerdo.
Primero: A partir del 1° de Diciembre de 2013 los valores básicos de
las categorías encuadradas en el CCT 548/08 serán las que se detallan
en el Anexo “A”, columna II que forma parte del presente.
Segundo: A partir del mes de Abril de 2014 las partes se reunirán para
negociar la posibilidad o no de establecer los nuevos valores
salariales que regirán a partir del 1° de Abril de 2014.
Tercero: Ambas partes solicitan a este Ministerio la ratificación de la
misma y posterior homologación como cláusulas modificatorias de las
vigentes en el CCT 548/08.
ANEXO A
CATEGORIAS CCT 548/08 | BASICOS CONVENCIONALES AL 31/10/2013 EXP. 555.764/2013 | BASICOS CONVENCIONALES 01/12/2013 Exp. 556.963/2013 |
CATEG. 13 - DIVISIONALES | $ 15.247.- | $ 16.467.- |
CATEG. 12 - JEFES | $ 13.945.- | $ 15.061.- |
CATEG. 11 - SUPERVISOR | $ 7.810.- | $ 8.435.- |
CATEG. 10 – EMPLEADOS A | $ 6.853.- | $ 7.401.- |
CATEG. 9 - EMPLEADOS B | $ 5.534.- | $ 5.977.- |
CATEG. 8 - ESP. Y TEC. EN SERV. | $ 6.779.- | $ 7.321.- |
CATEG. 7 - VIGILADORES | $ 5.036.- | $ 5.640.- |
Cuarto: En prueba de conformidad las partes firman cuatro ejemplares de
un mismo tenor y a un mismo efecto en la fecha indicada al inicio de la
presente acta.