MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 986/2014
Bs. As., 1/7/2014
VISTO el Expediente Nº 1.108.930/05 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.620.870/14, agregado como foja 922
al principal, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA
DE TRABAJADORES VIALES (F.A.T.VIAL), por el sector sindical, y el
CONSEJO VIAL FEDERAL, por el sector empleador, conforme a lo
establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho texto convencional, los agentes negociadores pactan
un incremento salarial en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº
572/09, dentro de los términos y lineamientos estipulados.
Que las partes signatarias del presente coinciden con las firmantes del plexo convencional precitado.
Que los agentes negociadores ratificaron el contenido y firmas insertas
en el Acuerdo traído a estudio y acreditaron su personería y facultades
para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con el alcance
de representación de la entidad empleadora signataria y de la
asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que se encuentra cumplido el procedimiento negocial previsto en la Ley Nº 23.546.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que en atención al ámbito de aplicación personal del Acuerdo a
homologar, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde
calcular y fijar Base Promedio de Remuneraciones y Tope Indemnizatorio,
respecto de los Convenios Colectivos de Trabajo y Acuerdos salariales
aplicables a los trabajadores que se desempeñen en la actividad
regulada por la Ley Nº 20.320, en virtud de lo dispuesto por la
Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 53 de fecha 23 de Enero de
2008.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES (F.A.T.VIAL) y el CONSEJO
VIAL FEDERAL, que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.620.870/14,
agregado como foja 922 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley
de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el presente Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº
1.620.870/14, agregado como foja 922 al principal.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase
a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo Nº 572/09.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.108.930/05
Buenos Aires, 02 de Julio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 986/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente Nº
1.620.870/14, agregado como foja 922 al expediente de referencia,
quedando registrado bajo el número 875/14. — JORGE A. INSUA, Registro
de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.
ACTA DE LA COMISION PARITARIA NACIONAL
Ref. Expediente Nº 1.108.930/05
Federación Argentina de Trabajadores Viales
Consejo Vial Federal
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 8 días del mes de MAYO del
año 2014; siendo las 11 horas, se reúnen en la sede de F.A.T. VIAL,
sito en Av. de Mayo 1437 - 2° Piso D, de esta Ciudad, los integrantes
de la Comisión Paritaria nacional CAPITULO XXIV - ARTICULO 80° Y CC DEL
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 572/09. En representación de la parte
patronal (CVF), se encuentran presentes: Ing. Jorge RODRIGUEZ; Ing.
Carlos KUTNICH, Ing. Miguel BERTOLINO, asistidos por el Dr. Javier
D’ANGELO mientras que por la representación gremial (F.A.T. VIAL)
asisten los señores: Carlos Roberto BELTRAN; Carlos Ariel LANDRA;
Daniel Fernando PEDROZO, Nicolás TORRES y Sergio BERRONDO, asistidos
por el Dr. Roberto Mauro FERNANDEZ.
Abierto el acto, toma la palabra por la patronal el Ing. Rodríguez, y
manifiesta que en el día 23/04/14, se realizo la Asamblea anual del
C.V.F., donde entre los puntos del temario de la misma estaba, el
pedido de recomposición salarial del 30% (treinta por ciento),
solicitado oportunamente por FAT VIAL en fecha 05/03/2014.
Que luego de un extenso y amplio debate, el C.V.F. ofrece un incremento
salarial del 27% (veintisiete por ciento) en 2 (dos) tramos, el 15%
(quince por ciento) retroactivo al marzo de 2014, y el 12% (doce por
ciento) a partir del Septiembre de 2014. Toma la palabra por la parte
gremial el Sr. Carlos Beltrán, y manifiesta que si bien no se alcanza
el incremento de recomposición salarial pedido oportunamente, se
entiende la difícil situación económica-financiera por la que
atraviesan muchos de los Organismos Provinciales de Vialidad, se han
acercado bastante a lo pretendido por esta representación gremial, y se
acepta el ofrecimiento realizado por la patronal, quedando establecido
en consecuencia el Salario Básico Profesional de la Clase I del
Escalafón Vial, en la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO con
75/100 ($ 674,75) a partir de MARZO de 2014 (15%); y PESOS SETECIENTOS
CUARENTA Y CINCO con 16/100 ($ 745.16) a partir de SEPTIEMBRE de 2014
(12%) respectivamente. Finalmente, y para el supuesto que la pauta
salarial nacional supere el porcentaje de incremento salarial aquí
acordado, las partes acuerdan que se reunirán a renegociar la
diferencia salarial que pudiera existir. Sin más, se da por finalizado
el acto, siendo las 12 hs., firmando los presentes en prueba de
conformidad, elevando el presente acta a la autoridad de aplicación
para su homologación.