MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto N° 11.326/1946

Apruébase el Convenio para el establecimiento del servicio internacional de balsas automóviles entre nuestro país y la República del Paraguay firmado el 12 de marzo ppdo.

Buenos Aires, 24 de Abril de 1946.

Visto el Convenio para el establecimiento del servicio internacional de balsas automóviles entre la República Argentina y la República del Paraguay, firmado en Buenos Aires el 12 de Marzo de 1946;

Siendo necesario para los intereses superiores de la Nación que las disposiciones previstas en el mismo entren cuanto antes en vigor,

El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros-

Decreta:

Artículo 1° - Apruébase el Convenio para el establecimiento del servicio internacional de balsas automóviles entre la República Argentina y la República del Paraguay, firmado en Buenos Aires el 12 de Marzo de 1946, y formúlese el correspondente instrumento de ratificación.

Art. 2° - Comuníquese a quienes corresponde, publíquese en el Boletín Oficial, dése al Registro Nacional y archívese.

FARREL. - Juan I. Cooke. - J. Pistarini. - Amaro Avalos. - P. M. Marotta. - Felipe Urdapilleta. - Humberto Sosa Molina. - A. Pantín . - J. M. Astigueta.