MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución 592/2014
Bs. As., 4/9/2014
VISTO el Expediente Nº S02:0151555/2013 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por
ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO,
actuante en el área del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en
el Titulo II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado en el Visto, el informe favorable
sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO
dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007, determinan que es facultad del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2014 de ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS
SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el área del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II que
integran la presente resolución, respectivamente.
ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES ($
18.000.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS
CIENTO VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS
TREINTA ($ 128.865.530) los gastos de operación, y como consecuencia de
ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado
en la suma de PESOS CIENTO DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO
MIL QUINIENTOS TREINTA ($ 110.865.530) de acuerdo al detalle que figura
en las Planillas del Anexo II que integra la presente resolución.
ARTICULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO NUEVE MILLONES
TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL ($ 109.374.000) los ingresos
corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MILLONES
OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($ 128.865.530) los
gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (DESAHORRO) estimado en la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES
CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA ($ 19.491.530), de
acuerdo con el detalle que figura en las Planillas del Anexo II que
integra la presente resolución.
ARTICULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS
NOVENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL ($
4.599.537.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS
CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES SESENTA MIL ($
4.579.060.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de
la presente resolución, estimase el Resultado Financiero (SUPERAVIT)
para el Ejercicio 2014 en la suma de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO
MIL CUATROCIENTOS SETENTA ($ 985.470), de acuerdo con el detalle
obrante en las Planillas del Anexo II que integra la presente
resolución.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
______
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
e. 12/09/2014 Nº 67651 v. 12/09/2014