MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución 592/2014


Bs. As., 4/9/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0151555/2013 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el área del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Titulo II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado en el Visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 de ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el área del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II que integran la presente resolución, respectivamente.

ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES ($ 18.000.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($ 128.865.530) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en la suma de PESOS CIENTO DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($ 110.865.530) de acuerdo al detalle que figura en las Planillas del Anexo II que integra la presente resolución.

ARTICULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL ($ 109.374.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA ($ 128.865.530) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA ($ 19.491.530), de acuerdo con el detalle que figura en las Planillas del Anexo II que integra la presente resolución.

ARTICULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL ($ 4.599.537.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES SESENTA MIL ($ 4.579.060.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estimase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2014 en la suma de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA ($ 985.470), de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas del Anexo II que integra la presente resolución.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)

e. 12/09/2014 Nº 67651 v. 12/09/2014