MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 1553/2014
Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Gestión Comercial Externa.
Bs. As., 8/9/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0283626/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 575 de fecha 26 de abril de 2010, se designó
transitoriamente al Ingeniero Mecánico Don Pedro Andrés BERGARA (M.I.
Nº 14.895.099), en el cargo Nivel A, Función Ejecutiva II, de Director
de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la
ex-SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL dependiente de la
ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
del ex-MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria del funcionario mencionado.
Que el profesional citado desempeñó el cargo referido en el primer
considerando desde el día 1 de noviembre de 2009 y hasta el día 30 de
julio de 2012, debido que a partir del día 31 de julio de 2012 fue
aceptada su renuncia mediante la Resolución Nº 97 de fecha 23 de agosto
de 2012 de la ex-SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo
1° del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
prorrogada la designación transitoria del Ingeniero Mecánico Don Pedro
Andrés BERGARA (M.I. Nº 14.895.099), en el cargo de Director de la
Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la ex-SECRETARIA DE
COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nivel
A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.),
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por
el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, a partir del
vencimiento establecido en el Artículo 1° del Decreto Nº 575 de fecha
26 de abril de 2010 y hasta el día 30 de julio de 2012.
Art. 2° — El gasto que demandó
el cumplimiento de la presente medida fue imputado con cargo a las
partidas específicas de los créditos presupuestarios del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel
Kicillof.