MINISTERIO DE SALUD
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 1435/2014
Bs. As., 12/9/2014
VISTO el Expediente Nº 14698/2014 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente del VISTO tramita el Convenio Marco de Cooperación
y Asistencia Técnica celebrado entre el CENTRO DE DESARROLLO Y
ASISTENCIA TECNOLOGICA y la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD,
cuyo objeto consiste en desarrollar en forma conjunta programas
tendientes a cubrir necesidades tecnológicas de las distintas áreas de
este Organismo que permitan alcanzar un sistema tecnológico de avanzada.
Que resulta conveniente, en el marco de las competencias propias de
esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, propiciar el desarrollo de
programas que mejoren los procesos que se llevan a cabo en la misma,
asegurando la máxima eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los
objetivos propuestos.
Que dichos programas comprenderán la formulación de proyectos de
innovación, desarrollo y modernización tecnológica, seguridad, sistemas
de calidad y gestión de los trámites que se realizan en las distintas
áreas de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
Que el CENTRO DE DESARROLLO Y ASISTENCIA TECNOLOGICA se encuentra
habilitado como Unidad de Vinculación Tecnológica (UVT), de acuerdo con
lo dispuesto por la Resolución Nº 059/09 de la AGENCIA NACIONAL DE
PROMOCION CIENTIFICA, TECNOLOGICA E INNOVACION, dependiente del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, en el marco
de lo establecido en la Ley Nº 23.877 y su Decreto Reglamentario Nº
508/92 y modificatorios, lo que garantiza la idoneidad técnica del
mencionado Centro para la gestión tecnológica.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los Decretos Nº 1615, del 23 de diciembre de 1996, Nº 1008 del 2 de
julio de 2012 y Nº 2710 del 28 de diciembre de 2012.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia
Técnica celebrado entre el CENTRO DE DESARROLLO Y ASISTENCIA
TECNOLOGICA y la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, cuyo objeto
consiste en desarrollar en forma conjunta programas tendientes a cubrir
necesidades tecnológicas de las distintas áreas de este Organismo que
permitan alcanzar un sistema tecnológico de avanzada y que como Anexo
se incorpora a la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — LILIANA
KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.
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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo
e. 19/09/2014 N° 69743/14 v. 19/09/2014