MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1458/2014

Bs. As., 28/8/2014

VISTO el Expediente Nº 97.755/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 97.755/13, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES (PROVINCIA DE RIO NEGRO y NEUQUEN, EXCEPTO GENERAL CONESA) por el sector sindical y la empresa TECNOGAS PATAGONICA S.A. por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado acuerdo las partes pactan un incremento salarial a partir del 1° de septiembre de 2013, conforme las condiciones y términos allí pactados.

Que así también se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el texto suscripto.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo que luce a fojas 2/4 del Expediente Nº 97.755/13, celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES (PROVINCIA DE RIO NEGRO y NEUQUEN, EXCEPTO GENERAL CONESA) por el sector sindical y la empresa TECNOGAS PATAGONICA S.A. por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente Nº 97.755/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1302/12 “E”.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 97.755/13

Buenos Aires, 02 de Septiembre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1458/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1221/14. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO SALARIAL

En la ciudad de Plaza Huincul a los 17 días del mes de Setiembre de 2013 se reúnen en las instalaciones de Tecnogas Patagónica sita en calle Padre Rotther S/N de la provincia de Neuquén, por parte del Sindicato de Trabajadores de la industria del gas natural, derivados y afines de Neuquén y Río Negro, representado por Jorge Oscar Molina DNI 12.715.035 en carácter de Secretario General y Nancy Cristina Barros DNI 22.898.752 en carácter de Delegada del Personal y la Empresa Tecnogas Patagónica S.A., representada por los señores: Guillermo Cesar Pérez DNI 23.612.917 en carácter de presidente y Eduardo Gustavo Rodríguez DNI 12.769.004 en carácter de director titular de la mencionada sociedad, luego de analizar la aguda situación económica por la que atraviesa la empresa, producido un amplio intercambio de opiniones en relación con la situación salarial de los trabajadores, las partes arriban al presente acuerdo:

1) Dando continuidad a lo acordado en acta del día 19 de junio de 2013, las partes resuelven el tercer tramo del incremento salarial del año en curso fijando dicho incremento en el 8% a partir del día 1 de setiembre de 2013.

2) Se establece la fecha de continuidad de reuniones paritarias para la primera quincena del mes de abril del año 2014.

Sin más que tratar se da por finalizada la reunión y FIRMAN EN CONFORMIDAD LAS PARTES.

MODIFICACION CCT Nº 1302/12 “E” SEGUN ACTA ACUERDO DE INCREMENTO SALARIAL ENTRE SINDICATO Y EMPRESA TECNOGAS PATAGONICA S.A. DE FECHA 17/09/2013.

ANEXO I CATEGORIAS ESCALAFON GENERAL SUELDO BASICO.



ANEXO II DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 1302/12 “E”