TRATADO

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

DECRETO-LEY N.º 27.875/44

Aprobando el Convenio sobre depósitos francos entre la República Argentina y el Paraguay, firmado en Buenos Aires el 15 de Diciembre de 1943.

Buenos Aires, 17 de Octubre de 1944.

27.875/44. - 257. - Visto el Convenio sobre depósitos francos entre la República Argentina y la República del Paraguay, firmado en Buenos Aires el 15 de Diciembre de 1943; y

Siendo conveniente para los intereses superiores de la Nación que entren en vigor cuanto antes las disposiciones previstas en el mismo,

El Presidente de la Nación Argentina -

en Acuerdo General de Ministros

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase el Convenio sobre depósitos francos entre la República Argentina y la República del Paraguay, firmado en Buenos Aires, el 15 de Diciembre de 1943, y formúlese el correspondiente instrumento de ratificación.

Art. 2° - Comuníquese a quienes corresponda, publíquese en el Boletín Oficial, dése al Registro Nacional y archívese.

FARRELL. - Orlando L. Peluffo. -
César Amehino. -
Juan Perón. - Diego I. Mason. -
Alberto Teisaire. -
Juan Pistarini. - R. Etcheverry Boneo.