MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición 391/2014
Bs. As., 11/9/2014
VISTO el Expediente Nº 1.632.764/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 150/152 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo
celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA
ARGENTINA (ALEARA), por el sector gremial, y la empresa TECNO ACCION
SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante el presente las partes establecen las pautas económicas en
beneficio del personal de la empresa que presta servicios en la
provincia de Salta en la explotación de juegos de lotería, para el
período Junio de 2014 a Mayo de 2015, de conformidad con las
condiciones y términos allí convenidos.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo
homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a
la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo
245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
738/12.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA),
por el sector gremial, y la empresa TECNO ACCION SOCIEDAD ANONIMA, por
el sector empleador, que luce a fojas 150/152 del Expediente Nº
1.632.764/14, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a fojas 150/152 del Expediente Nº
1.632.764/14.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a
la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.632.764/14
Buenos Aires, 15 de Septiembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 391/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 150/152 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1324/14. — VALERIA
ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de junio de 2014,
entre la firma “TECNO ACCION S.A.”, representada en este acto por el
Sr. Benavente Aldea, Diego Rodrigo, en su carácter de apoderado, con
domicilio en Rivadavia Nº 620 piso 7° de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, asistido por el Dr. Diego Lorenzo en su carácter de asesor
legal, en adelante “LA EMPRESA”, por una parte, y por la otra, el
“SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTOS,
ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA” (ALEARA),
con domicilio en la calle Adolfo Alsina 946, el Sr. Guillermo Ariel
FASSIONE —Secretario Gremial—, asistido por el Dra. Luciana Ambrosio en
su carácter de asesora legal, en lo sucesivo “EL GREMIO”, ambas
conjuntamente denominadas LAS PARTES,
Y CONSIDERANDO:
I - Que LAS PARTES se reúnen a fin de darle tratamiento al pedido
realizado por EL GREMIO de establecer pautas económicas en beneficio
del personal representado que presta servicios en la provincia de Salta
en la explotación de juegos lotéricos, para el período Junio de 2014 a
mayo 2015.
II - Por todo ello y luego de un intercambio de idea y deliberaciones
mantenidas en varias reuniones que precedieron a la presente, LAS
PARTES manifiestan y convienen lo siguiente:
Primera.
Incrementar un 30% (treinta por ciento) las remuneraciones brutas
vigentes al mes de mayo de 2014 para las categorías que se detallan en
el ANEXO I que se agrega a la presente, bajo las siguientes pautas y
condiciones de vigencia:
1.- Un 20% (veinte por ciento) con vigencia a partir del mes de junio de 2014;
2.- El 10% (diez por ciento) restante, con vigencia a partir del mes de noviembre de 2014.
Ambas partes dejan constancia que los porcentajes de incremento se
definen sobre las remuneraciones brutas vigentes al mes de mayo 2014
con exclusión de cualquier otro rubro o concepto.
Se adjunta como parte integrante de la presente el “ANEXO I” con el
detalle de las escalas salariales con vigencia junio 2014 y noviembre
2014.
Segunda. Ambas partes solicitan la pronta homologación de este convenio, de conformidad a lo prescripto por la Ley 14.250.
Se adjuntan los Anexos mencionados en la presente acta.
En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de un solo tenor y a idéntico efecto en el lugar y fecha arriba indicados.
ANEXO I
Salarios Básicos Mayo 2014
Categoría | Mayo 2014 Sueldo Básico |
Jefe de Area | $ 10.063,90 |
Supervisor de Area | $ 7.690,72 |
Administrativo A | $ 6.601,14 |
Administrativo B | $ 5.295,57 |
Técnico A | $ 6.448,00 |
Técnico B | $ 5.516,21 |
Servicios Generales | $ 4.975,29 |
Nuevos Salarios Básicos vigentes desde 01/06/2014
Categoría | Junio 2014 Sueldo Básico |
Jefe de Area | $ 12.076,68 |
Supervisor de Area | $ 9.228,86 |
Administrativo A | $ 7.921,37 |
Administrativo B | $ 6.354,68 |
Técnico A | $ 7.737,60 |
Técnico B | $ 6.619,45 |
Servicios Generales | $ 5.970,35 |
Nuevos Salarios Básicos vigentes desde 01/11/2014
Categoría | Noviembre 2014 Sueldo Básico |
Jefe de Area | $ 13.083,07 |
Supervisor de Area | $ 9.997,94 |
Administrativo A | $ 8.581,48 |
Administrativo B | $ 6.884,24 |
Técnico A | $ 8.382,40 |
Técnico B | $ 7.171,07 |
Servicios Generales | $ 6.467,88 |