MINISTERIO DE SALUD
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
Ciudad de Buenos Aires, 9/10/2014
Circular Nº 0006/2014
VADEMECUM NACIONAL DE MEDICAMENTOS
Procedimiento para el cambio de
condición de comercializado a no comercializado de un producto
inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales (REM)
Atento la Disposición ANMAT Nº 5039/14 y con el fin de mantener
actualizado el VADEMECUM NACIONAL DE MEDICAMENTOS (VNM) toda vez que un
producto que revista la condición de comercializado deje de
comercializarse por cualquier motivo el titular del registro deberá
presentar la información que a continuación se detalla ante la
Dirección de Gestión de Información Técnica.
VADEMECUM NACIONAL DE MEDICAMENTOS
Declaración Jurada
Cambio de condición de comercializado a no comercializado
1. Nombre del Laboratorio Titular del Registro;
2. Motivos:(deberá indicar el motivo por el cual dejará de comercializarse el producto);
3. Fecha a partir de la cual No se encontrará comercializado el
producto (si difiere la fecha cuando existan varias formas
farmacéuticas y/o concentración discriminar por cada una de ellas);
4. Datos Identificatorios Característicos del Producto: (Deberá repetir por cada forma farmacéutica y/o concentración).
Certificado N°:
Nombre Comercial:
Nombre Genérico (IFA):
Concentración:
Forma Farmacéutica:
Presentaciones que pasarán a la condición de no comercializadas:
Número del último lote elaborado y fecha de vencimiento:
Los datos consignados precedentemente y la documentación que acompañan revisten el carácter de declaración jurada.
Ciudad de Buenos Aires,
Firma y aclaración del Director Técnico | Firma y aclaración del Representante Legal/Apoderado |
Aclaración: cuando vuelva a la condición de comercializado deberá dar cumplimiento al Anexo de la Disposición ANMAT Nº 5039/14.
Comuníquese a: Coordinación de Gestión Administrativa (Departamento de
Despacho); Dirección de Gestión de Información Técnica; Dirección de
Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria; Cámara Industrial
de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), Cámara Argentina de
Especialidades Medicinales (CAEMe), Cámara Empresaria de Laboratorios
Farmacéuticos (COOPERALA), Cámara Argentina de Productores de
Medicamentos Genéricos y de Uso Hospitalario (CAPGEN), Cámara Argentina
de Medicamentos de Venta Libre (CAPEMVeL).
Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en
el Boletín Oficial. — Dr. CARLOS CHIALE, Administrador Nacional,
A.N.M.A.T.
e. 14/10/2014 N° 78061/14 v. 14/10/2014