MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Resolución 725/2014
Bs. As., 8/10/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0236638/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Presupuesto y Plan de Acción para el Ejercicio 2014 formulado por la
UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETÁ, organismo autárquico
en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA, dependiente del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente citado, el informe favorable sobre la medida
propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 del 4 de
octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es
facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FlNANZAS PUBLICAS la aprobación
de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2014 de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETÁ,
organismo autárquico en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA,
dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS, de acuerdo con el detalle obrante en los Anexos I y II
adjuntos a la presente resolución, respectivamente.
ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de
operación y fíjanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de
operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
estimado en PESOS CERO ($ 0), de acuerdo al detalle obrante en las
planillas del Anexo II que forman parte integrante de la presente
resolución.
ARTICULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS
MIL ($ 3.200.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS
TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA ($
3.967.330) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase
el Resultado Económico estimado (DESAHORRO) en PESOS SETECIENTOS
SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA ($ 767.330), de acuerdo con el
detalle que figura en las Planillas del Anexo II adjunto a la presente
resolución.
ARTICULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de
capital y fíjanse en la suma de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000) los gastos
de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado
Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución,
estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2014 en
PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA ($ 837.330),
de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II adjunto
a la presente resolución.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 17/10/2014 N° 78721/14 v. 17/10/2014
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)