MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución 761/2014


Bs. As., 14/10/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0214375/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO (YMAD), actuante en el área de la SECRETARIA DE MINERIA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 de YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO (YMAD), actuante en el área de la SECRETARIA DE MINERIA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II de la presente resolución, respectivamente.

ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS NOVECIENTOS ONCE MILLONES CIENTO CUARENTA MIL ($ 911.140.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO ($ 380.850.235) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACION) estimado en PESOS QUINIENTOS TREINTA MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 530.289.765), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTIUN MILLONES CIENTO CUARENTA MIL ($ 921.140.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO ($ 670.850.235) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 250.289.765), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 45.425.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL ($ 249.962.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2014 en PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 45.752.765), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)

e. 20/10/2014 Nº 79608/14 v. 20/10/2014