MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1675/2014
Bs. As., 22/9/2014
VISTO el Expediente Nº 133.525/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y Anexo I de fojas 3 luce un acuerdo celebrado por la
ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS
por la parte sindical, y la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD
DEL ESTADO por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004) en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1020/08 “E”.
Que el acuerdo establece incrementos en los básicos salariales.
Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades
para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos
y ratificaron su contenido.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y las entidades sindicales signatarias, emergente
de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que posteriormente corresponde remitir las actuaciones a la Dirección
Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a su
competencia, determine si resulta pertinente elaborar el Proyecto Base
Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el
artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1974) y sus modificaciones.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SEÑORA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS,
por la parte sindical, y la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD
DEL ESTADO, por la parte empresaria, que luce a fojas 2 y Anexo I de
fojas 3 del Expediente Nº 133.525/14.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo obrante a fojas 2 y Anexo I de fojas 3 del
Expediente Nº 133.525/14.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Que posteriormente
corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo para que en orden a su competencia, determine
si resulta pertinente elaborar el Proyecto Base Promedio y Tope
Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1974) y sus modificaciones. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente legajo junto al Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa Nº 1020/08 “E”.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 133.525/14
Buenos Aires, 23 de Septiembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1675/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 y 3 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1393/14. — VALERIA
ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 30 días del mes de Mayo de
2014, se reúnen en representación de la ADMINISTRACION GENERAL DE
PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, el Señor Interventor Capitán de Ultramar
D. Sergio F. BORRELLI, el Señor Gerente Administrativo Cdor. Edgardo A.
LEONE y el Señor Gerente de Recursos Humanos Cdor. D. Osvaldo L.
MARESCA, por una parte, y en representación de la entidad gremial
ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS Y
PUERTOS NACIONALES, los señores Alberto S. SALOM, Gabriel A. PRECI y
Mateo E. ARFUSO.
Declarado abierto el acto y concedida la palabra, las partes acuerdan lo siguiente:
PRIMERO: En el marco del proceso de Negociación Colectiva de esta
Administración General de Puertos y con el objeto de instrumentar el
incremento salarial que surge de las pautas y metodología dispuestas
para la Administración Pública Nacional, se aumentan las retribuciones
al personal comprendido en el escalafón correspondiente a la entidad
gremial ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES
ARGENTINOS Y PUERTOS NACIONALES (C.C.T. Nº 1020/08 “E”) con el
siguiente alcance:
a) DIECISEIS CON QUINCE CENTESIMOS POR CIENTO (16,15%) a partir del 1°
de junio de 2014 aplicable sobre las remuneraciones mensuales,
normales, regulares y permanentes aprobadas vigentes al 31/05/2014.
b) DOCE POR CIENTO (12%) a partir del 1° de agosto de 2014 aplicable
sobre las remuneraciones mensuales, normales, regulares y permanentes
aprobadas vigentes al 31/05/2014.
Se detalla en el ANEXO adjunto al presente, los montos correspondientes a cada nivel.
SEGUNDO: Los comparecientes solicitan la oportuna homologación del
presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social, previa intervención de la Comisión Técnica Asesora de Política
Salarial del Sector Público.
En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha indicados.
ANEXO I
ESCALA SALARIAL