MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución 781/2014


Bs. As., 20/10/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0003009/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA - ARSAT actuante en la órbita de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones y el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la mencionada ley, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2014 de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA - ARSAT actuante en la órbita de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES ($ 478.000.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES ($ 458.812.473) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACION) estimado en PESOS DIECINUEVE MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTISIETE ($ 19.187.527), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 498.462.692) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES OCHENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y OCHO ($ 474.081.138) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO ($ 24.381.554), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($ 4.895.312.288) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA ($ 4.918.135.930) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2014 en PESOS UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS DOCE ($ 1.557.912), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)


e. 24/10/2014 Nº 81534/14 v. 24/10/2014