COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 12/2014
Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias. Declaración Jurada. Vencimiento.
Bs. As., 29/10/2014
VISTO:
Las facultades conferidas a esta Comisión Arbitral para dictar normas
de procedimiento, recaudación, control, vencimientos y atribución de
fondos referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre
Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas
abiertas en las entidades financieras.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución General (CA) 9/2013 se establecieron las fechas de
vencimiento para la presentación y pago de las obligaciones a cargo de
las entidades financieras para el año 2014;
Que por error se fijó un vencimiento el día 6 de noviembre de 2014 para
la declaración jurada de la tercer decena del período octubre/2014,
fecha en que se festeja el día del bancario;
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18.08.77)
RESUELVE
Artículo 1° — Modificar el
vencimiento de la declaración jurada correspondiente a la tercer decena
del período octubre de 2014, referida al Régimen de Recaudación y
Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), el cual operará el
día 05/11/2014.
Art. 2° — Publíquese por un (1)
día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las
jurisdicciones adheridas y archívese. — Roberto A. Gil. — Mario A.
Salinardi.