ASOCIACIONES PROFESIONALES DE TRABAJADORES
DECRETO N° 2504
Régimen de elecciones.
Reglamentación de la Ley N° 23.071
Bs. As. 18/8/84
VISTO, la Ley N° 23.071 que en su artículo 1°, con las modificaciones
que se introducen en los artículo 2°, 3° y 4° de la misma, aprueba
convirtiendo en Ley de la Nación, el régimen de elecciones para las
asociaciones profesionales de trabajadores que figura como Anexo I del
Decreto N° 1.696/84, y
CONSIDERANDO:
Que el régimen electoral aprobado con la citada Ley, es de excepción,
con la finalidad de plasmar una rápida y efectiva normalización
democrática de las organizaciones gremiales;
Que además dicho régimen, es el resultado de consultas y acuerdos con
los sectores representativos de los trabajadores, gestionados por el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el ámbito de la
convocatoria a la unidad nacional efectuada por el Poder Ejecutivo;
Que el marco normativo fijado por los concordantes y aceptado como
adecuado -materia incluso de la correspondiente sanción legislativa-,
resulta suficiente como ordenamiento legal en sí, conforme sus
cláusulas, para asegurar un normal proceso electoral democrático en las
asociaciones profesionales de trabajadores;
Que no obstante el citado marco, es conveniente precisar el alcance e
interpretación de ciertas pautas de dicho ordenamiento, para lograr una
más correcta aplicación del régimen electoral que despeje toda duda
sobre el mismo y evite dilaciones o distorciones que lo tornen ineficaz;
Que en tal sentido, la vía de la reglamentación para lo cual está
facultado el Poder Ejecutivo, debe servir para la ejecución de las
leyes de la Nación, sin alterar su espíritu, más aún cuando en este
caso se trata de una legislación producto de un previo consenso con los
sectores involucrados;
Por ello, conforme el artículo 86 inc. 2° de la Constitución Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 1º). El régimen de elecciones
sancionado mediante Ley 23.071, es de aplicación a las Asociaciones
Profesionales de Trabajadores con personería gremial y a las
simplemente inscriptas. Se consideran incluidas en las situaciones
previstas por el Art. 1º de dicha Ley, las entidades gremiales cuyos
procesos electorales se hubieren interrumpido o suspendido y deban
realizar nueva convocatoria, como también aquellas en las cuales se
hubiere designado por el Ministerio de Trabajo un Delegado Electoral
conforme lo previsto en el art. 11, 3° párrafo del Decreto 640/80, y
las seccionales sin normalizar de entidades que hubieren realizado
procesos de normalización de sus Cuerpos Directivos Centrales.
Art. 2º - (Ley 23.071, Anexo I, Arts. 3º y 4º, inc. a). Sin perjuicio
de los plazos progresivos para la normalización de las entidades de
primer y segundo grado establecidos en el régimen electoral aprobado,
aquellas entidades de segundo grado cuyos estatutos prevean el voto
secreto directo y obligatorio de sus afiliados para la elección de sus
cuerpos orgánicos, podrán convocar a elecciones para constituir dichos
cuerpos, simultáneamente con la convocatoria de sus entidades de primer
grado adheridas, observando la debida comunicación y coordinación de la
fechas de convocatoria, con la autoridad de contralor.
Art. 3º - (Ley 23.071, Anexo I, Arts. 1º y 3º). Las entidades de primer
grado de una determinada actividad, sin personería gremial y
preexistentes a la vigencia de la Ley 23.071, adheridas a una entidad
de segundo o tercer grado con personería gremial cuyos estatutos
consideren suplida esa falta de personería por la propia, se encuentran
comprendidos en la normalización prevista por el Art. 3º de dicha ley y
podrán cumplir con el procedimiento previsto por la misma, comunicando
tal circunstancia a la Dirección Nacional de Asociaciones Gremiales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que autorice la
convocatoria y coordine la fecha de elecciones. Para realizarlas, se
aplicarán las cláusulas previstas por el Anexo I, Ley 23.071.
Art. 4º - (Ley 23.071, Anexo I, Arts. 2º y 10). La decisión de convocar
a elecciones y la fecha del comicio, deberá ser consultada y coordinada
con la Dirección Nacional de Asociaciones Gremiales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social. La convocatoria, deberá contener los
recaudos que se señalan en el complemento de este Decreto reglamentario
y deberá incluir la opción del órgano que controlará el proceso
electoral. Tales actos se comunicarán a la Dirección Nacional de
Asociaciones Gremiales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
dentro de los cinco (5) días de efectuados, cualquiera haya sido la
autoridad de contralor elegida.
En caso de omisiones, la Dirección Nacional de Asociaciones Gremiales
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, instituirá a la entidad
gremial para que se subsanen las mismas dentro del plazo de diez (10)
días desde la convocatoria, debiendo publicarse la misma nuevamente,
con observación de los plazos y procedimientos previstos en el régimen
electoral.
Art. 5º - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 5º). En los casos en que el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social deba convocar a elecciones,
por no haberlo efectuado las entidades gremiales en los supuestos y
plazos previstos en los artículos 3º y 4º del Anexo I de la Ley 23.071,
designará un Delegado Electoral conforme la figura prevista en el párrafo
3º del Art. 11 del Decreto 640/80, quien convocará y pondrá en marcha el
proceso de normalización de acuerdo al régimen electoral aprobado por
la mencionada Ley.
Art. 6º - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 7º). En el acto de emitir el
voto, a los efectos de su correcta identificación, el sufragante deberá
presentar ante la mesa del comicio el Documento de Identidad que
coincida con el asentado en el padrón o en el carnet sindical o
certificado extendido por la Junta Electoral. En caso que el documento
que consta en el padrón para identificar al sufragante, difiera del
asentado en el carnet sindical o certificación de la Junta Electoral,
el votante deberá concurrir a la mesa con ambos documentos.
Art. 7º - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 14). A los efectos de
oficialización de listas, presentación de patrocinantes de las mismas y
conformidad previstas en el artículo que se reglamenta, se utilizarán
los tipos de formularios que serán provistos por la autoridad de
contralor al veedor electoral, para ser entregados a las agrupaciones y
sectores y que se han confeccionado por el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, de acuerdo al detalle que se señala en el complemento
B de este decreto reglamentario.
Art. 8º - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 15 - 1° párrafo). Los estatutos
que requieran mayores exigencias a quienes deben conformar él o los
cuerpos deliberativos que designen la Junta Electoral, que las
previstas en el artículo 8º de la Ley 23.071 para los candidatos, deberán
considerarse modificados o ampliados por lo establecido en el citado
artículo 8º.
Art. 9º - (Ley 23.071, Anexo I, Arts. 14 y 22). El porcentaje de
afiliados patrocinantes necesario para la oficialización de listas, se
computará en relación al padrón provisorio que deberá estar
confeccionado y debidamente visado por el veedor y la Junta Electoral
quince (15) días antes del vencimiento del término para presentación de
listas.
A partir de dicha fecha, los padrones deberán ser exhibidos a fin de
facilitar las observaciones o impugnaciones pertinentes hasta su
reemplazo por los padrones definitivos.
Art. 10. - (Ley 23.071, Anexo I, Arts. 14, 15 y 22). La Junta
Electoral se ampliará con los representantes de las listas, una vez
oficializadas las mismas. Producida dicha integración, se aprobarán los
padrones definitivos. En el caso que debido al procedimiento de
presentación y oficialización de listas, no pudieran aprobarse los
padrones definitivos para su exhibición con la antelación de treinta
(30) días a la fecha del comicio, tal plazo se podrá considerar
reducido a quince días.
Art. 11. - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 18, 2º párrafo). El plazo de cinco
(5) días para presentar impugnaciones, se computará a partir del
pronunciamiento expreso de la Junta Electoral oficializando las listas,
debidamente notificado.
Art. 12. - (Ley 23.071, Anexo I, Art. 16). Todos los candidatos de
listas oficializadas podrán considerarse con licencia gremial hasta la
fecha del comicio, debiendo comunicar tal opción al veedor, Junta
Electoral y autoridad de contralor.
Art. 13. - (Ley 23.071, Anexo I, Plazos). Los plazos contemplados en
los artículos 3º y 4º (convocatoria), 10 (publicidad y designación de
veedores), 12 (comunicación horario de elecciones y ubicación de urnas,
14 (presentación de listas), 15 (oficialización de listas), 22
(exhibición padrones) y 28 (reforma estatutaria), se computarán por
días corridos, de acuerdo al cronograma explicativo que se agrega como Complemento C de este Decreto Reglamentario.
Art. 14. - (Ley 23.071,
Anexo I, Arts. 17, 18, 24 y 26 - Términos Procesales). Los términos
procesales previstos en los artículos 17 (plazo
para resolver impugnaciones contra actos del comicio o destinados a
prepararlo), 18 (impugnaciones de listas y candidatos, plazos de
listas, descargo, resolución sobre procedencia y reemplazos); 24
(notificaciones de decisiones de Junta, apelación y decisión del
recurso); se computarán en días hábiles. Cuando los plazos se expresan
en horas (arts. 17, 18 y 24), se entenderá que el cómputo debe
efectuarse en el equivalente de días hábiles completos (conforme art.
24, Código Civil).
Art. 15. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ALFONSIN
Juan M. Casella.
MODELO DE CONVOCATORIA
Convócase a elecciones en la asociación
.........................................................................................
para cubrir los cargos de
..............................................................................................................
que se celebrarán el día
................................................................................................................
A los efectos previstos en el art. 2º de la ley 23.071, óptase por
..................................................
.................................................................................................................................................
La elección se hará por el voto directo, secreto y obligatorio de todos los afiliados empadronados.
El plazo para presentar las listas vencerá el día ................
debiendo observarse al respecto los requisitos del art. 14 de la ley
23.071.
Publíquese con una antelación de 60 días a la fecha del comicio y
notifíquese a la autoridad por la que se optó para el contralor.
Si corresponde, (asamblea - nombre del órgano deliberativo de la
entidad) para el día ........ a la hora
.................................................. en el lugar
.................................................. , a fin de tratar el
siguiente tema del orden del día: designación de Junta Electoral:
LISTA DE PATROCINANTES
....................................................................................................
....................................................................................................
................................................................ LISTA ..........................
AGRUPAMIENTO ..........................................................................
......................................................................................................
Los abajo firmantes, cuyos datos se consignan a continuación en su
carácter de PATROCINANTES, expresan por la presente su conformidad con
el procedimiento establecido por .... del ... para esta elección, en
cuanto modifica las disposiciones contenidas en el ESTATUTO SOCIAL
..................
PATROCINANTES
Apell. y Nombre
|
Clase y N° Doc.
|
Sección
|
Afiliado N°
|
Firma
|
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|
Firma apoderado agrupamiento:
...................
Firma apoderado general:
....................................................
Aclaración firma: ........................................
Aclaración firma:
............................... Dcto.: .......................
Domicilio:
..................................................
Domicilio:
...........................................................................
LISTA DE CANDIDATOS
....................................................................................................
....................................................................................................
....................................................................................................
................................................... LISTA ......................................
AGRUPAMIENTO .........................................................................
....................................................................................................
Los abajo firmantes en su carácter de Apoderado del Agrupamiento y de
apoderado general que se citan, pasan a expresar su conformidad con el
procedimiento establecido en el
artículo
del
para esta elección, en cuanto modifica las disposiciones contenidas en
el ESTATUTO de
la
y presentan la lista de candidatos que a continuación se detalla:
COMISION DIRECTIVA (Candidatos Titulares)
Apell. y Nombre
|
Clase y N° Doc.
|
Prof. y Dto.
|
Sección
|
Afiliado N°
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
COMISION DIRECTIVA (Candidatos Suplentes)
Apell. y Nombre
|
Clase y N° Doc.
|
Prof. y Dto.
|
Sección
|
Afiliado N°
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Firma apoderado agrupamiento:
...................
Firma
apoderado general: ....................................................
Aclaración firma:
....................Dcto..............
Aclaración firma: ............................... Dcto.:
.......................
Domicilio:
..................................................
Domicilio:
...........................................................................
LISTA DE CANDIDATOS
....................................................................................................
....................................................................................................
....................................................................................................
................................................... LISTA
......................................
AGRUPAMIENTO
.........................................................................
....................................................................................................
Los abajo firmantes, en su carácter de apoderado del agrupamiento y de
apoderado general que se citan, pasan a expresar su conformidad con el
procedimiento establecido por el
artículo
del
para esta elección, en cuanto modifica las
disposiciones contenidas en el ESTATUTO SOCIAL de
la
, y presentan la
lista de candidatos que a continuación se detalla:
DELEGADOS AL CONGRESO (Candidatos Titulares)
Apell. y Nombre
|
Clase y N° Doc.
|
Prof. y Dto.
|
Sección
|
Afiliado N°
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
DELEGADOS AL CONGRESO (Candidatos Suplentes)
Apell. y Nombre
|
Clase y N° Doc.
|
Prof. y Dto.
|
Sección
|
Afiliado N°
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Firma apoderado agrupamiento:
...................
Firma apoderado general:
....................................................
Aclaración firma:
....................Dcto..............
Aclaración firma: ............................... Dcto.:
.......................
Domicilio:
..................................................
Domicilio:
...........................................................................
CONFORMIDAD DE CANDIDATO
....................................................................................................
....................................................................................................
....................................................................................................
Lista
...................................................................
Agrupamiento
................................................................
Sección
........................................................................
Por la presente declaro que aceptaré el cargo de miembro de la Comisión
........................................................................................................................
en el caso de ser electo, prestando conformidad al procedimiento
establecido por el artículo .................................... del
...................................... para esta elección, en cuanto
modifica las disposiciones contenidas en el ESTATUTO SOCIAL de
..........................................................................
Firma
............................................................................................................................
ESCRIBASE BIEN CLARO
Apellido
.........................................................................
Nombre/s
.........................................................................................................
Socio de
........................................................................
Matrícula N° ................................... Profesión
...................................................
......................................................................................
Departamento
...................................................................................................
N° Caja
..........................................................................
Nacionalidad
.....................................................................................................
Fecha de nacimiento
....................................................... DNI/LE/LC N°
....................................................................................................
Dto. Militar .......................................C.I. N°
................................................ Expedida por
.........................................................................
Domicilio: Calle
.............................................................................................
N°
.......................................................................................
Localidad
..................................................................................................................................................................................................
DIAGRAMA DE CONVOCATORIA A ELECCIONES DE UNA ENTIDAD GREMIAL DE TRABAJADORES "CONFORME LA LEY N° 23.071"
24 DE JULIO DE 1984 FECHA DE VIGENCIA DE LA LEY 23.071