(Anexo incorporado por art. 3° de la Resolución N° 536/2025
de la Superintendencia de Seguros de la Nación B.O. 6/10/2025. Ver
Disposiciones Transitorias de la misma norma. Vigencia: de aplicación
a los Estados Contables cerrados al 30 de septiembre de 2025 y
subsiguientes.)