MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1994/2014
Bs. As., 22/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.629.641/14 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/4 del Expediente citado en el Visto obra el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA ARGENTINA
por la parte gremial, y la empresa HOOK UP ANIMATION SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA por el sector empleador, en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo N° 235/75, conforme a lo establecido en
la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del referido instrumento las partes convienen un
incremento salarial en los términos y lineamientos allí estipulados.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo se corresponde con la actividad
principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de
la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que se encuentra cumplido el procedimiento negocial previsto en la Ley N° 23.546.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el
promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio
establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA ARGENTINA por la parte
gremial, y la empresa HOOK UP ANIMATION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA por el sector empleador, que luce a fojas 2/4 del Expediente
N° 1.629.641/14, de conformidad a la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la
Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente
de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente N° 1.629.641/14.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245
de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente conjuntamente con el legajo del
Convenio Colectivo de Trabajo N° 235/75.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lo
dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5° de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.629.641/14
Buenos Aires, 23 de octubre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1994/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/4 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1575/14. — JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO SICAAPMA - HOOK UP ANIMATION S.R.L. - CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO N° 235/75.
Entre el Sindicato de la Industria Cinematográfica Argentina Animación,
Publicidad y Medios Audiovisuales (en adelante SICAAPMA) Personería
Gremial N° 207, con domicilio en calle Juncal N° 2029 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Guido
Valerga DNI 20.775.767 en su carácter de Secretario General y, por los
empleados de la empresa, la Sra. Patricia Lucarelli DNI 30.448.075,
ambos con el Patrocinio Letrado del Dr. Pablo S. Brex DNI 24.780.599 y
por otra parte lo hace el Sr. José María Ferrucci DNI 18.028.378,
representando a la empresa Hook Up Animation S.R.L., (en adelante la
Empresa), con domicilio en Galván N° 3465 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en el marco de la Convención Colectiva de Trabajo N°
235/75 y sus cláusulas modificatorias, convienen lo siguiente:
Cláusula Primera: El presente Convenio rige para la dotación del
personal dependiente de la Empresa del ámbito personal de aplicación
del CCT N° 235/75 o en el que en el futuro lo reemplace.
Cláusula Segunda: Se conviene una actualización salarial sobre las
escalas vigentes, el que se instrumentará de la siguiente manera:
Cláusula Tercera: Estas sumas se incrementan por antigüedad y los
beneficios de los arts. 72, 73, 74, 75 y 76 conforme lo previsto en el
convenio colectivo N° 235/75 y se aplican a todos los institutos en él
previstos.
Cláusula Cuarta: En el marco de las relaciones laborales enmarcadas en
el compromiso mutuo y el común interés en el progreso continuo de la
actividad productiva y de la protección de los trabajadores, las partes
convienen establecer una mesa de diálogo que funcionará a partir del
mes de Agosto del corriente año para el análisis conjunto de la
evolución de la actividad, la economía del país y los precios de los
bienes y servicios, y la capacidad de compra de los trabajadores.
Cláusula Quinta: El presente acuerdo tendrá vigencia desde el 01 de Abril de 2014 hasta el 31 de Marzo de 2015.
En la ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 29 días del Mes de Abril
del 2014, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo
efecto siendo uno para Hook Up Animation S.R.L., otro para el SICAAPMA
y el tercero para su presentación ante la Dirección Nacional de
Negociación Colectiva del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social de la Nación a los fines de su ratificación y su posterior
homologación.