PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1004/2014
Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2014.
Bs. As., 18/11/2014
VISTO el Expediente N° 1-47-3843/14-1, del registro de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA,
de la jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD y el PRESUPUESTO GENERAL DE
LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2014, aprobado por la Ley
N° 26.895, distribuido mediante la Decisión Administrativa N° 1 de
fecha 3 de enero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar la distribución de los créditos de la
Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 904 - ADMINISTRACION
NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, a los efectos
de adecuar los niveles crediticios de esa Entidad a sus necesidades.
Que la modificación propuesta implica una ampliación en los gastos
corrientes y de capital de la citada Entidad, financiado con un
incremento de los recursos propios y el uso de aplicaciones financieras.
Que la modificación propuesta responde a lo establecido por el artículo 9° de la Ley N° 26.895.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la medida propiciada se encuentra amparada por las disposiciones
del artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, el
artículo 9° de la Ley N° 26.895 - de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el ejercicio 2014 y el artículo 37 de la
Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional, sustituido por el artículo 1° de la Ley N°
26.124.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el
ejercicio 2014, en lo correspondiente a la Jurisdicción 80 - MINISTERIO
DE SALUD, Entidad 904 - ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, de acuerdo al detalle obrante en las
planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del
mismo.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. — Juan L. Manzur.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)