COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 13/2014
Plazos procesales. Suspensión.
Villa General Belgrano, 26/11/2014
VISTO y CONSIDERANDO:
Que, con la finalidad de promover la armonización de la normativa
procedimental en orden a la suspensión de plazos procesales que
habitualmente disponen para el mes de enero varias jurisdicciones
adheridas, resulta conveniente adoptar una decisión en el mismo sentido;
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18.8.77)
RESUELVE:
Artículo 1° — Suspéndanse en
todas las actuaciones ante los Organismos del Convenio Multilateral del
18.8.77, los plazos procesales durante el mes de enero de 2015 y en los
días de asuetos administrativos nacionales, incluidos los parciales,
que el Poder Ejecutivo Nacional establezca para el mes de diciembre de
2014. Todo ello sin perjuicio de la validez de los actos que se
realicen.
Art. 2° — Publíquese por un (1)
día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos
adheridos y archívese. — Roberto A. Gil. — Mario A. Salinardi.