COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 16/2014
Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Declaraciones Juradas. Pagos. Vencimientos. Sircreb.
Villa General Belgrano, 26/11/2014
VISTO:
Las facultades conferidas a esta Comisión Arbitral para dictar normas
de procedimiento, recaudación, control, vencimientos y atribución de
fondos referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre
Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas
abiertas en las entidades financieras; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer las fechas de vencimiento para la
presentación y pago de las obligaciones a cargo de las entidades
financieras.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18.08.77)
RESUELVE:
Artículo 1° — Establecer para
el período fiscal 2015 las fechas de vencimiento para la presentación y
pago de las declaraciones juradas decenales referidas al Régimen de
Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicable sobre los importes que
sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras, que
se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente
resolución.
Art. 2° — Publíquese por un (1)
día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las
jurisdicciones adheridas y archívese. — Roberto A. Gil. — Mario A.
Salinardi.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución General N° 4/2015 de la Comisión Arbitral
(Convenio Multilateral del 18.08.77) B.O. 12/11/2015 se adelanta el
vencimiento de la declaración jurada correspondiente al tramo 2 (que
incluye la recaudación del día 11 al 20/11/2015) del mes de noviembre
de 2015 al día 26/11/2015)
ANEXO RESOLUCION GENERAL