COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 16/2014

Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Declaraciones Juradas. Pagos. Vencimientos. Sircreb.

Villa General Belgrano, 26/11/2014

VISTO:

Las facultades conferidas a esta Comisión Arbitral para dictar normas de procedimiento, recaudación, control, vencimientos y atribución de fondos referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras; y

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las obligaciones a cargo de las entidades financieras.

Por ello,

LA COMISION ARBITRAL

(Convenio Multilateral del 18.08.77)

RESUELVE:

Artículo 1° — Establecer para el período fiscal 2015 las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Roberto A. Gil. — Mario A. Salinardi.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución General N° 4/2015 de la Comisión Arbitral (Convenio Multilateral del 18.08.77) B.O. 12/11/2015 se adelanta el vencimiento de la declaración jurada correspondiente al tramo 2 (que incluye la recaudación del día 11 al 20/11/2015) del mes de noviembre de 2015 al día 26/11/2015)

ANEXO RESOLUCION GENERAL