MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución 38.791/2014
Expediente N° 50.546
5/12/2014
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustituir el Artículo 5° de la Resolución SSN N° 37.871 de fecha 23 de Octubre de 2013 por el siguiente texto:
“Artículo 5°.- Endosos: Para el caso en que se efectúe un endoso que
modifique las Condiciones Contractuales oportunamente declaradas y
presentadas ante esta SSN, la entidad aseguradora debe cargar los
endosos de los contratos mediante el aplicativo SISUPRE, siguiendo lo
estipulado en el ANEXO III.
La entidad debe presentar el Comprobante generado por el aplicativo
SISUPRE ante la Mesa General de Entradas, junto con una nota suscripta
por un representante de la aseguradora, con firma registrada en el
Registro Unico de Firmas de este Organismo, acompañando copia del
endoso debidamente suscripta por las partes —reasegurado y
reaseguradores—.
Los endosos deben informarse, conforme lo indicado anteriormente, dentro de los DIEZ (10) días posteriores a su celebración.”
ARTICULO 2° — Sustituir el ANEXO III de la Resolución SSN N° 37.871 de
fecha 23 de Octubre de 2013 por el ANEXO I de la presente Resolución.
ARTICULO 3° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín
Oficial. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la
Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar
en Avda. Julio A. Roca 721 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ANEXO I
Endosos:
La información sobre endosos a los Contratos Automáticos de Reaseguro
deberá suministrarse mediante el aplicativo SISUPRE ingresando a la
opción “Endosos” del menú “Carga Online”.
Para acceder a este sistema, las Aseguradoras deberán ingresar al sitio
https://seguro.ssn.gob.ar/ eligiendo la opción “REASEGUROS SISUPRE”,
para lo cual cada entidad deberá, previamente, contar con un usuario
autorizado para dicho sistema. En caso de no poseerlo, deberá
solicitarlo siguiendo el procedimiento detallado en el Anexo VI de la
presente Resolución.
Aclaración: para el caso en que se realice un endoso sobre un contrato
que por su inicio de vigencia, aun no hubiera sido declarado mediante
el aplicativo SISUPRE, la entidad deberá cargar, en el trimestre
correspondiente, las condiciones definitivas del contrato considerando
el efecto del endoso.
Para informar un endoso en el mencionado aplicativo, la entidad aseguradora deberá:
- Completar el CORE correspondiente al contrato respecto del cual desea
ingresar el endoso, el que debe corresponder a un contrato ya informado
en el aplicativo y presionar el botón “Validar”. Se completarán
automáticamente los campos “Año” y “Trimestre”.
- Completar en el campo “Descripción” las condiciones del contrato que
se modifican mediante el endoso y la fecha en que éste toma efecto,
puntualizar los campos que se verían afectados y consignar su nuevo
contenido.
- Adjuntar todos los archivos en formato “.pdf” que se correspondan a
los endosos firmados por cada uno de los reaseguradores participantes.
Una vez confirmado el endoso, el sistema generará un comprobante que
deberá presentarse en la Mesa General de Entradas de la SSN, junto con
una Nota de Presentación. Dicha documentación deberá estar suscripta
por un representante de la aseguradora con firma registrada en el
Registro Unico de Firmas de este Organismo. Asimismo, deberá remitirse
copia de todos los endosos informados en el aplicativo, debidamente
suscriptos por las partes —reasegurado y reaseguradores—.
Para mayor información acerca del funcionamiento de este nuevo menú,
las Aseguradoras deberán consultar el aparatado “Endosos” del “Manual
del Usuario”, que se encuentra en la opción “Ayuda”, “Manuales” del
mismo aplicativo.
Dudas y consultas:
Las consultas vinculadas a la metodología de carga deberán efectuarse a
la Subgerencia de Reaseguros, al Tel. (0054) 011-4338-4000, Interno
1641, o por e-mail a: reaseg@ssn.gob.ar
Las consultas vinculadas a la utilización del aplicativo SISUPRE,
deberán realizarse a la Mesa de Ayuda de la Subgerencia de Informática,
por e-mail a mesadeayuda@ssn.gob.ar colocando en el Asunto la palabra
“SISUPRE-ENDOSOS” o telefónicamente al (0054) 011-4338-4000, interno
1090.
e. 11/12/2014 N° 96829/14 v. 11/12/2014